En esta guía veremos qué es un contrato, qué hacer tras redactarlo, quiénes y cómo deben firmarlo, qué formalidades deben cumplir, es decir, si necesitan o no de algún servicio notarial y/o de inscripción ante Registros Públicos, y cuáles son sus implicancias tributarias.
En la legislación peruana, un contrato es un acuerdo al cual llegan 2 o más personas sean naturales o jurídicas (empresas u organizaciones), que tiene por finalidad crear, modificar o extinguir obligaciones, es decir, aquellas cosas que una de las partes debe cumplir con dar, hacer o no hacer para que la otra parte cumpla a su vez con la contraprestación que hayan acordado.
Ejemplo: En un contrato de arrendamiento o alquiler residencial, un propietario de un departamento (el arrendador) le permite a otra persona (el arrendatario) hacer uso de su departamento para que viva en él, a cambio de un pago mensual.
Esto implica que las personas u organizaciones involucradas tienen la capacidad de establecer los términos y condiciones de sus relaciones comerciales, siempre y cuando no contravengan la ley ni los principios del orden público. Es importante destacar que para que un contrato sea válido en el Perú, debe cumplir con ciertos requisitos como:
En nuestro Código Civil existe el principio de Libertad de Forma, es decir, que cuando no se establezca en la norma una formalidad para que el contrato sea válido las partes pueden elegir la forma que deseen para celebrarlo (Ejemplo: Contrato verbal). Sin perjuicio de ello, en la práctica se sugiere que los contratos se elaboren y firmen por escrito para así brindar seguridad jurídica a las partes.
Importante: La seguridad jurídica en el contexto peruano se refiere a la garantía y protección de los derechos y principios legales de los ciudadanos, así como a la previsibilidad y estabilidad del sistema jurídico en el país. En otras palabras, implica que las personas y entidades puedan confiar en que los acuerdos que se celebran se cumplen, y que en caso de incumplimiento existen mecanismos para exigir el cumplimiento o reparar los daños que el incumplimiento de dichas obligaciones ocasione.
A continuación, se describen las acciones a tomar en cuenta una vez que se haya terminado de elaborar un contrato.
Una vez que las partes han establecido los términos o condiciones en los que se basará su relación, deberán revisar cuidadosamente todos los elementos del contrato para verificar que las cláusulas se hayan establecido conforme a lo que han acordado.
Para suscribir el contrato, es importante tomar en cuenta quién debe firmar el contrato y la modalidad en la que se realizará la firma, considerando las siguientes precisiones:
Deberá ser firmado por las personas o partes que se obligan a cumplir con lo acordado en el contrato. Es decir, todas y cada una de las personas u organizaciones, sea de forma directa o a través de un representante autorizado. En ese sentido, existen 2 tipos de personas:
Las personas jurídicas son entidades o empresas, por ello, la firma siempre es a través de uno o más representantes, quienes son personas naturales. El representante que firma el contrato debe contar con la facultad de firmar ese tipo de documentos, es decir, debe tener el permiso y la capacidad para hacerlo.
Las personas naturales usualmente pueden firmar directamente un contrato en su propio nombre; sin embargo, existen ciertas limitaciones a la capacidad que veremos a continuación:
La representación puede ser voluntaria, es decir, el interesado designa a un representante para actuar en su nombre, o legal, es decir, la Ley señala quien o quienes deben ser los representantes en un caso determinado.
Para verificar si un representante cuenta con las facultades para firmar un documento en nombre de otra persona o a nombre de una empresa, se puede requerir que presente una Vigencia de Poder actualizada sea del Registro de Personas Naturales o del Registro de Personas Jurídicas, que puede obtenerse a través de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).
La firma puede ser manuscrita, electrónica o digital.
Firma Manuscrita: Esta es la firma tradicional hecha a mano por una persona.
Firma Digital: Es una firma electrónica que utiliza un certificado digital, es decir, un software o programa informático para garantizar la autenticidad del firmante. En Perú, la firma digital tiene validez legal y se utiliza en transacciones electrónicas seguras. Las empresas que pueden brindar este servicio se encuentran en el Registro Oficial de Prestadores de Servicios de Certificación Digital que puede consultarse en la página web del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).
Firma Electrónica Simple: Aunque no es tan segura como la firma digital, la firma electrónica simple es utilizada en documentos electrónicos menos formales que no requiere un certificado digital. Por ejemplo, puede ser una foto o imagen escaneada de una firma manuscrita.
Conforme a la guía: "¿Cuándo y cómo legalizar o elevar a Escritura Pública ante Notario un documento?" , dependiendo de la naturaleza y/o cuantía del contrato, podría ser adecuado legalizar las firmas de las personas que suscribieron el contrato o inclusive elevar a Escritura Pública el mismo.
Legalización de firmas | Escritura Pública |
Es un procedimiento notarial que permite:
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Además de que ofrece los beneficios de la legalización de firmas, es necesaria para:
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Los contratos que son susceptibles de registro, debido a que así la Ley lo exige o porque requieren de esta formalidad para poder tener prioridad frente a los derechos de otros, son los siguientes:
Dependiendo del tipo de contrato que se haya firmado, podría estar sujeto a algunas obligaciones tributarias que a continuación se detallan:
Costo de venta - Costo computable = Ganancia
Ganancia x 5% = IR - Segunda categoría
Es importante destacar que un contrato no es simplemente un acuerdo, sino un instrumento legal que establece obligaciones concretas entre las partes involucradas, ya sean personas naturales o jurídicas. Para que un contrato sea válido en Perú, debe cumplir con criterios específicos, como el consentimiento libre y voluntario, un objeto lícito y determinado, y una causa lícita.
Asimismo, se debe verificar que la persona que firma el contrato cuenta con la capacidad y con las facultades para hacerlo, pues de ello dependerá que el contrato sea válido y que pueda exigirse el cumplimiento de las obligaciones que contiene. Además, se deben identificar las obligaciones tributarias aplicables para poder cumplirlas y evitar sanciones.
Finalmente, se sugiere documentar los contratos por escrito y cuando corresponda legalizar las firmas ante Notario Público y/o elevar a Escritura Pública e inscribir ante Registros Públicos, no solo como una recomendación práctica, sino como un medio para garantizar la seguridad jurídica de todas las partes implicadas.