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Última revisión: 09/09/2024
Formatos disponibles: Word y PDF
Tamaño: 5 a 7 páginas
Completar el modeloEl contrato de auspicio publicitario es un documento mediante el cual un auspiciador (ya sea una persona o una entidad) contrata al auspiciado para que éste último colabore realizando o participando en su publicidad a través de medios de difusión públicos (radio, TV, redes sociales, etc.) a cambio de una contraprestación ya sea en dinero, en especie o ambas (es decir, parte en dinero y parte en especie).
Ejemplo: Una forma de pago en especie, es que el auspiciado reciba a cambio de productos del auspiciador.
El Contrato de Auspicio Publicitario tiene por objeto la presentación, difusión, exhibición y/o promoción de los productos o servicios del auspiciador en los medios de comunicación públicos del auspiciado. El auspiciado debe promover la marca, nombre e imagen o actividad del auspiciador.
Ejemplo: Una empresa puede estar interesada en auspiciar alguna emisora de radio, a cambio de que mencionen sus productos en alguna de sus secuencias.
No es obligatorio tener un contrato de auspicio publicitario por escrito, pero es importante para tener certeza sobre lo que se ha acordado como contraprestación y/o como servicio de auspicio.
Ejemplo: Una empresa de bebidas energéticas le ofrece a un deportista cubrir sus pasajes aéreos si utiliza una camiseta con su logo. Podría parecer un ofrecimiento sencillo; sin embargo, si no se define ni se tiene prueba de ¿cuál es el destino de los pasajes? ¿dónde el deportista debe utilizar la camiseta? ¿cuál debe ser el tamaño del logo?, es un contrato oral incompleto y difícil de cumplir porque ambas partes pueden entender cosas diferentes.
Al hacer un contrato escrito, usualmente se añaden más detalles y se tiene una evidencia sólida de lo que se ha acordado.
Al realizar la publicidad, el auspiciado NO debe:
Ejemplo: Si se realiza una publicidad en redes sociales, se debe agregar una etiqueta de "Ad".
Ejemplo: Esta semana la línea de juguetería de la marca "Caracol" tendrá un descuento del 50%, stock disponible: 100 unidades.
Antes de elaborar el contrato, las partes deben haber acordado cómo se llevará a cabo el auspicio, la forma de pago y lo que involucrará el auspicio.
Las personas o entidades que serán auspiciador y auspiciado deben firmar el contrato.
Cuando una de las partes es una persona jurídica, puede acompañar al Contrato de Auspicio Publicitario un Certificado de Vigencia de Poder obtenido de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) donde conste que el firmante tiene facultades para firmar contratos en nombre de la empresa o entidad que represente.
La duración de un Contrato de Auspicio Publicitario no tiene un límite establecido en la Ley, las partes pueden decidir la duración voluntariamente.
Una vez terminado el contrato, deberá ser firmado tanto por el auspiciador como por el auspiciado y ambos tendrán una copia firmada de este. Asimismo, si alguna de las partes lo considera pertinente para mayor seguridad sobre la identidad de los firmantes podrán legalizarse las firmas del contrato.
Cuando una de las partes es una persona jurídica, puede acompañar al Contrato de Auspicio Publicitario un Certificado de Vigencia de Poder obtenido de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) donde conste que el firmante tiene facultades para firmar contratos en nombre de la empresa o entidad que represente.
Asimismo, se pueden adjuntar documentos de soporte sobre los productos y/o servicios que formarán parte del auspicio.
No, no es necesario legalizar las firmas notarialmente para que un Contrato de Auspicio Publicitario sea válido. Sin embargo, de considerarlo pertinente, las partes pueden legalizar notarialmente las firmas de este contrato, si bien no es indispensable ni requisito de validez, puede ser adecuado si se busca garantizar la identidad de los firmantes debido a la dimensión o cuantía de la contratación.
Los costos involucrados son los costos notariales (cuando se decida legalizar las firmas del contrato) los cuales dependerán de la Notaría que hayan elegido para la legalización.
Para elaborar adecuadamente un Contrato de Auspicio Publicitario, se debe contar con la siguiente información:
Las normas aplicables son el Código Civil, el Código de Protección al Consumidor y el Decreto Legislativo N° 1044.
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
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Guías para ayudarte
Contrato de auspicio publicitario - modelo, ejemplo
País: Perú