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Última revisión: 22/08/2024
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Completar el modeloUn contrato de arrendamiento de bien mueble (objeto que puede ser transportado de un lugar a otro) es un acuerdo legal entre dos partes, el arrendador (propietario del bien mueble) y el arrendatario (quien desea utilizar el bien mueble), en el cual el arrendador se compromete a ceder el uso y goce del bien mueble al arrendatario a cambio de un pago acordado, denominado renta.
Ejemplo: El dueño de una tabla de surf (bien mueble), quien solo la utiliza en verano, puede alquilar su tabla el resto del año a una escuela de surf a cambio de una renta mensual a través de un Contrato de Arrendamiento de Bien Mueble.
Cuando el arrendador de un bien cede el uso de este sin una retribución o pago a cambio, se debe utilizar un Contrato de Comodato.
Podemos diferenciar los contratos de arrendamiento de la siguiente forma:
Aunque no es obligatorio celebrar un Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles para que este sea válido, es necesario e importante para asegurar que el arrendador es el titular del bien y que el arrendatario no pueda afirmar que ha tenido posesión del bien mueble sin otorgar pago alguno (a través de un proceso judicial de prescripción adquisitiva de dominio).
Nota: En el Perú existe una figura denominada prescripción adquisitiva de dominio mediante la cual si alguien posee un bien mueble por 2 o 4 años (según sea el caso) sin hacer ningún tipo de pago al propietario y sin estar bajo su subordinación (por ejemplo, en calidad de guardián), puede solicitar ser nombrado propietario del bien mueble.
La garantía es el dinero que otorga el arrendatario al arrendador al inicio del contrato, esto es opcional pero muy común. Usualmente es equivalente a un porcentaje del valor del bien mueble, el cual puede ser mayor o menor dependiendo del riesgo de daño que pueda sufrir el bien mueble.
Ejemplo: se arrienda un vehículo para uso familiar, una garantía razonable puede ser el 5% del valor del vehículo. Mientras que, si se arrienda un vehículo para hacer servicio de taxi, una garantía razonable quizás pueda ser incluso el 15% del valor del vehículo, debido a que el riesgo de que tenga un accidente es mucho mayor.
No está permitido establecer un plazo de duración mayor a 10 años.
Tanto personas jurídicas como naturales pueden celebrar un Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles.
En el caso de personas jurídicas, debe firmar el contrato un apoderado que tenga los poderes para firmar contratos.
En el caso de personas naturales, cualquier mayor de edad, es decir, un adulto de 18 o más años cuya capacidad de firmar contratos no haya sido restringida.
Cuando el firmante es mayor de 75 años usualmente requiere acompañar a los contratos que firma un Certificado Médico Psiquiátrico, este no es un requisito legal pero sí una práctica común para evitar que surja una controversia sobre si el adulto mayor puede comprender o no el documento que ha firmado.
En el Perú, los Contratos de Arrendamiento pueden tener una duración determinada, es decir, con fecha de fin establecida, la cual no puede exceder de 10 años; o, duración indeterminada, es decir, sin fecha de fin establecida, y su periodicidad se entiende según lo que se establezca para el pago de la renta.
Los contratos de duración determinada pueden pactarse en períodos forzosos y períodos voluntarios, los cuales se describen a continuación:
Una vez terminado el contrato, deberá ser firmado tanto por el arrendador como por el arrendatario y ambos tendrán una copia firmada de este. Asimismo, si alguna de las partes lo considera pertinente para mayor seguridad sobre la identidad de los firmantes podrán legalizarse las firmas del contrato.
Por otro lado, en el caso del arrendamiento de bienes inscribibles como lo son los vehículos, aeronaves o buques, es obligatorio que estos sean inscritos en las partidas de estos, las cuales se encuentran en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), por lo que deberán a través de una Notaría autorizada elevar el contrato a Escritura Pública para su posterior inscripción.
Cuando una de las partes es una persona jurídica, puede acompañar al Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles un Certificado de Vigencia de Poder obtenido de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) donde conste que el firmante tiene facultades para firmar contratos en nombre de la empresa o entidad que represente.
Asimismo, pueden adjuntarse al Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles cualquier documento sobre el estado o la característica del bien que se otorgará en arrendamiento, guía de mantenimiento o manual de uso del bien, o incluso un Acta de Entrega del bien donde conste el estado en el que el bien es entregado.
No, no es necesario legalizar las firmas notarialmente para que un Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles sea válido. Sin embargo, de considerarlo pertinente, las partes pueden legalizar notarialmente las firmas de este contrato, si bien no es indispensable ni requisito de validez, puede ser adecuado si se busca garantizar la identidad de los firmantes debido a la dimensión o cuantía de la contratación.
En el caso del arrendamiento de bienes inscribibles como lo son los vehículos, aeronaves o buques, es obligatorio que estos sean inscritos en las partidas de estos, las cuales se encuentran en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).
Los costos involucrados son los costos notariales (cuando se decida elevar a Escritura Pública el contrato) los cuales dependerán de la Notaría que hayan elegido para la escrituración y los costos registrales (cuando se opte por la inscripción registral del contrato).
El contrato de arrendamiento establece las condiciones y términos bajo los cuales se realizará el arrendamiento, y generalmente incluye la siguiente información:
Las normas aplicables son el Código Civil, en específico los artículos 1666 al 1712, y el Código Procesal Civil.
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Una guía para ayudarte: ¿Qué hacer después de elaborar un contrato?
Contrato de arrendamiento de bienes muebles - modelo
País: Perú