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Última revisión: 21/08/2024
Formatos disponibles: Word y PDF
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Completar el modeloEl Contrato de Trabajo del Hogar es un documento que tiene por finalidad regular la relación laboral de las personas que realizan trabajo doméstico con sus empleadores, es decir, establecer las reglas bajo las cuales se realizarán los servicios tales como la limpieza, cocina, ayudante de cocina, lavado, planchado, asistencia, mantenimiento, cuidado de niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas enfermas, personas con discapacidad u otras personas dependientes del hogar, cuidado de mascotas domésticas, cuidado del hogar, entre otras.
Este contrato es siempre un contrato de trabajo y cuenta con elementos especiales, pues las labores domésticas se hacen siempre bajo la subordinación de la persona que ha contratado al trabajador.
El trabajador puede decidir trabajar a tiempo completo, tiempo parcial o por horas. Asimismo, las partes convienen si el trabajador tendrá o no residencia en el hogar del empleador, durante la prestación de sus servicios.
Si se requieren servicios domésticos (limpieza o cocina) para inmuebles distintos a los residenciales, es decir, para inmuebles comerciales, una empresa o un proyecto específico, puede celebrarse un Contrato de Trabajo Indeterminado, Contrato de Trabajo Sujeto a Modalidad o incluso un Contrato de Locación de Servicios (cuando no se requiera subordinación).
Un Contrato de Trabajo del Hogar es un contrato de naturaleza laboral, es decir, la persona trabajadora debe seguir las instrucciones del empleador, debe cumplir con un horario previamente establecido, se le pueden imponer sanciones cuando incumpla alguna de sus obligaciones y recibe a cambio una remuneración por sus servicios de trabajo en la vivienda del empleador (limpieza, cocina, etc.).
Mientras que, el Contrato de Locación de Servicios es un contrato de naturaleza civil, es decir, el locador se obliga, sin estar subordinado, a prestar sus servicios de manera personal al comitente por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución. Este es un contrato donde el locador tiene autonomía en la ejecución de sus servicios, es decir, tiene independencia y libertad, no está sujeto a fiscalización por parte del comitente debiendo cumplir únicamente con entregar el producto o servicio establecido en el contrato.
Cuando se ha contratado a un trabajador para que realice las tareas domésticas si es obligatorio contar con el documento escrito.
El monto de la remuneración del trabajador será establecido por las partes; sin embargo, no podrá ser inferior a la remuneración mínima vital (RMV) por jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales, en el año 2024 la misma asciende a S/ 1,025.00 al mes. Cuando las labores se realicen por horas o fracción de estas, se deberá establecer una remuneración proporcional que tenga como base la RMV. Es decir, se deberá seguir la siguiente fórmula mínima:
RMV / (48 * 4) = Valor mínimo por hora (VMH)
En ese sentido, de acuerdo con el valor de la remuneración mínima vital del 2024, el valor mínimo por hora sería el siguiente:
S/ 1,025.00 / (48 * 4) = S/ 5.34 por hora
En la fórmula mostrada, la remuneración mínima vital es dividida entre el número 48 que representa la cantidad de horas máxima permitida de trabajo a la semana, multiplicado por cuatro que representa la cantidad de semanas que tiene un mes. Por ello, la remuneración establecida en la frecuencia de pago que decidan las partes deberá como mínimo respetar el valor mínimo por hora de trabajo, siendo de libertad de las partes establecer una remuneración mayor al mismo pero nunca menor.
Las horas extraordinarias, son aquellas horas laboradas que no forman parte del horario habitual de trabajo, es decir, horas extra trabajadas. Estas, se pagan con un recargo del 25% por las dos primeras horas extra y 35% a partir de la tercera hora. Podrá compensarse con descansos, previo acuerdo por escrito del trabajador.
Desde las 10:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. se considera horario nocturno, y se paga con una sobretasa de 35% del valor de la hora de trabajo.
Importante: el empleador deberá otorgar una boleta de pago a el trabajador donde se detalle el pago de la remuneración y las retenciones.
El trabajador tiene derecho a gratificación por Fiestas Patrias y por Navidad, siendo cada una equivalente al monto total de una remuneración mensual, las cuales deben ser abonadas en la primera quincena de los meses de julio y diciembre respectivamente.
Asimismo, tienen derecho a la compensación por tiempo de servicios (CTS) un beneficio social que tiene por finalidad proteger a la persona trabajadora en caso de despido, la cual se paga dentro de los primeros 15 días de forma semestral en los meses de mayo y noviembre. Se cuentan los días hábiles para el pago de este beneficio, si el último día es inhábil, se realiza el pago el primer día hábil.
En ese sentido, para el cálculo de la CTS se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Remuneración + (Remuneración / 6) = Remuneración Computable (RC)
CTS = RC * (Cantidad de meses trabajados en los últimos 6 meses del período) / 12
Además, el empleador deberá realizar las retenciones y pagos de sistema de pensiones (AFP u ONP) y seguro social de salud (SIS).
Solo pueden firmar un Contrato de Trabajo del Hogar personas naturales, es decir, no puede firmarlo una persona como representante de una empresa o entidad.
En ese sentido, puede firmar un Contrato de Trabajo del Hogar cualquier mayor de edad, es decir, un adulto de 18 o más años cuya capacidad de firmar documentos no haya sido restringida.
Cuando el firmante es mayor de 75 años usualmente requiere acompañar a los contratos que firma un Certificado Médico Psiquiátrico, este no es un requisito legal pero sí una práctica común para evitar que surja una controversia sobre si el adulto mayor puede comprender o no el documento que ha firmado.
No existe un límite de duración de un Contrato de Trabajo del Hogar, su duración puede ser fijada por voluntad de las partes sea una duración indeterminada (sin fecha de fin) o determinada (con fecha de fin).
Una vez terminado el contrato, deberá ser firmado tanto por el empleador como por el trabajador, en 3 juegos originales firmados del mismo, un juego para cada firmante y un juego para registro.
El empleador deberá registrar este contrato ante el Ministerio de Trabajo, en el plazo de 3 días hábiles desde la firma.
No es necesario legalizar la firma de las partes de un Contrato de Trabajo del Hogar para que este documento sea válido.
Sí, es necesario que el empleador registre este contrato ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el plazo de 3 días hábiles desde la firma.
Asimismo se deben registrar ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las siguientes situaciones:
Los costos involucrados son los costos asociados al registro ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (Ej.: Costos de movilidad hacia el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo cuando la plataforma web y el correo de soporte técnico del Ministerio no estén habilitados).
Un Contrato de Trabajo del Hogar debe contener la siguiente información.
Las normas aplicables son la Ley N° 31047 y su Reglamento, el Decreto Supremo N° 009-2021-TR.
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Contrato de Trabajo del Hogar - modelo, ejemplo
País: Perú