Cuando decidimos dar el gran paso de iniciar un negocio o una actividad económica por cuenta propia, una de las primeras dudas que surgen a la hora de preparar nuestro plan de negocio es determinar la forma jurídica más adecuada para organizar nuestro negocio. En principio, las opciones que tenemos para iniciar cualquier actividad económica son las siguientes:
1. Comenzar nuestra actividad como un trabajador autónomo, es decir, simplemente realizando nuestra alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos (RETA).
2. Constituir una sociedad mercantil a través de la cual encauzar nuestra actividad.
En esta guía se analizarán las consecuencias de utilizar una u otra forma a la hora de organizar tu negocio, así como las principales ventajas y desventajas de cada una de estas opciones. Todo ello con el fin de señalar cuál es la mejor para iniciar nuestra actividad según las características del negocio que se desea iniciar:
De forma general, cualquier negocio o actividad económica puede realizarse de las siguientes maneras:
Esta es sin duda la forma más sencilla para iniciar tu actividad profesional o negocio. En concreto, los pasos que debes seguir para comenzar tu actividad profesional son los siguientes:
Este es el primer paso para iniciar tu actividad como un profesional autónomo. Tan pronto como solicites tu alta como autónomo, deberás comenzar a pagar la cuota de la Seguridad Social correspondiente (la conocida como cuota de autónomos). En el primer año, puedes disfrutar de una cuota reducida de ochenta euros (80€) al mes. Posteriormente, esta cuota se irá incrementando y su valor total dependerá de tu volumen de ingresos. En concreto, para el año 2024 la cuota de autónomos oscilará entre los 230,15 euros y los de 542,13 euros, según el rendimiento neto de la actividad del trabajador autónomo.
La comunicación del inicio de la actividad como autónomo se debe comunicar a la Agencia Tributaria mediante la presentación del modelo 036 y 037. En este modelo se debe señalar, entre otros, lo siguiente:
No es necesario realizar ningún otro tipo de trámite adicional para iniciar tu actividad como trabajador autónomo, salvo que, en tu caso concreto, sea necesaria la obtención de algún permiso para desarrollar tu actividad. Por ejemplo, si quieres iniciar la actividad de un restaurante, deberás disponer de los permisos locales necesarios para realizar su apertura.
Los trabajadores autónomos extranjeros deben solicitar correspondiente autorización de residencia y trabajo antes de darse de alta como trabajador autónomo en España.
La otra forma organizar un negocio en España es mediante la creación o constitución de una sociedad o empresa. La creación de una empresa conlleva una mayor complejidad que el inicio de la actividad profesional como trabajador autónomo. En nuestra guía ¿Cómo crear una sociedad limitada? se detallan los requisitos necesarios para crear una sociedad limitada, que es el tipo o forma de sociedad más adecuado para pequeños negocios o startups. En concreto, los principales requisitos que se deben cumplir son los siguientes:
Cómo se puede observar siguiendo lo anterior, la constitución de una sociedad empresa conlleva mayores trámites a la hora de iniciar la actividad, así como su gestión diaria es más complicada.
A continuación, vamos a entrar a analizar las ventajas y desventajas que tiene iniciar un negocio o una actividad económica como empleado o trabajador autónomo:
Las principales ventajas que tiene iniciar cualquier actividad económica como un trabajador autónomo son las siguientes:
Las principales desventajas de realizar tu actividad como trabajador autónomo son siguientes:
La principal desventaja de los trabajadores autónomos es que asumen el 100 por 100 el riesgo de la actividad económica que realizan. Así, cualquier acreedor puede solicitar el cobro de sus créditos mediante la venta del patrimonio del trabajador autónomo o con las cantidades de dinero que tenga en cuentas bancarias a su nombre. Por ejemplo, si el trabajador solicita un préstamo para la adquisición de un vehículo de negocio y, posteriormente, no puede realizar el pago de la devolución del préstamo, el acreedor puede solicitar el cobro del préstamo con el dinero del trabajador situado en su cuenta bancaria personal o, incluso, solicitar la venta de bienes de su propiedad del trabajador para resarcir el pago.
Desde un punto de vista fiscal, el trabajador autónomo puede quedar obligado a realizar el pago de una mayor cantidad de impuestos. En concreto, el tipo o porcentaje del impuesto de IRPF depende del volumen de ingresos del trabajador. Cuanto mayor sea su nivel de ingresos, mayor será el tipo o porcentaje de impuestos que deberá abonar. Por ello, existe un punto en el que, si la facturación es alta, el porcentaje de impuestos a pagar es mayor que el porcentaje que la que corresponde al impuesto de sociedades. Llegados a ese punto, lo más recomendable sería continuar la actividad mediante la creación de una sociedad.
A modo de ejemplo, si los beneficios, es decir, toda la cantidad facturada menos los gastos relacionados con la actividad, ascienden a 50.000 euros anuales, el tipo aplicable en de IRPF según la escala para el ejercicio 2023 ascendería al 37% (el tipo final concreto depende de la comunidad autónoma de residencia). Sin embargo, en el caso del impuesto de sociedades el tipo aplicable general es del 23% para empresas con una cifra de negocio inferior al millón de euros en el ejercicio anterior. Esta diferencia entre el tipo del IRPF respecto al Impuesto de Sociedades se incrementa cuanto mayor es el volumen de facturación del trabajador autónomo.
Como ya hemos indicado anteriormente, el principal motivo o factor que determina el paso de realizar la actividad como trabajador autónomo a constituir una sociedad es la posibilidad de obtener una ventaja o ahorro fiscal, así como facilitar la colaboración entre varios socios a la hora de iniciar un negocio. En todo caso, a continuación, se detallan las principales ventajas y desventajas de crear una sociedad:
Las principales ventajas de iniciar un negocio mediante la creación de una sociedad limitada son las siguientes:
En contraposición con los trabajadores autónomos, aquí existe una limitación del riesgo derivado del desarrollo de la actividad. Esto se debe a que los acreedores del negocio únicamente pueden exigir el pago de su deuda con el activo o bienes de la sociedad, es decir, no pueden exigir el pago de las cantidades debidas o adeudadas con el patrimonio de cada uno de los socios, como si ocurre en el caso de los trabajadores autónomos. Por ello, esta es la mejor opción en aquellos negocios en los que sea necesario realizar una aportación importante de capital para iniciar la actividad, que vayan a asumir importantes deudas o que requieran una importante cantidad de financiación.
La creación de una sociedad permite establecer el porcentaje que le corresponde a cada socio según la aportación económica que haya hecho o el trabajo que cada socio se comprometa a realizar en favor del negocio. Siguiendo este porcentaje, los socios pueden facilmente repartir los beneficios (conocido como dividendos) de acuerdo a su porcentaje de propiedad en la empresa.
Por otro lado, si los socios se obligan a aportar cantidades de dinero para ayudar al desarrollo del negocio (p. ej. cada socio se compromete a invertir 10.000 euros para crear un software que ayudará a facilitar la gestión de su negocio), es más sencillo canalizar estas aportaciones o inversiones a través de una sociedad, ya que cada parte realizará la aportación según el porcentaje de propiedad que le corresponda.
Cabe señalarse que, además en el caso de ruptura entre los socios o de finalización del negocio, es mucho más sencillo repartir todos los bienes o las cantidades económicas del negocio mediante la liquidación de la sociedad.
La creación de una sociedad facilita la entrada de potenciales socios inversores en el negocio. Los inversores pueden adquirir un porcentaje de la sociedad a cambio de realizar una aportación económica para ayudar a la financiación del negocio. De esta manera, los inversores se convierten en propietarios de parte del negocio a cambio de realizar una inversión, cosa que no es posible en los casos de negocios gestionados por trabajadores autónomos. Asimismo, la constitución de una sociedad facilita la firma de acuerdos de financiación como puede ser un contrato de préstamo participativo.
Por último, los inversores manifiestan una mayor confianza en invertir en empresas que en un negocio formado por trabajadores autónomos.
Como ya hemos mencionado anteriormente, las sociedades están obligadas a pagar el denominado impuesto de sociedades modelo 200, el cual tiene un tipo o porcentaje fijo del 23% para empresas con un importe neto de la cifra de negocios en el año 2022 inferior a un millón de euros. Es por ello que, dependiendo del volumen de facturación de la empresa puede ser más conveniente tributar bajo este impuesto en lugar del IRPF.
La principal desventaja de iniciar nuestra actividad con una sociedad es la mayor complejidad y coste que supone tanto su creación, como su gestión diaria en comparación con los trabajadores autónomos. Así, para iniciar la actividad es necesario, en primer lugar, constituir la sociedad acudiendo a un notario público, realizar la aportación del capital social que, como mínimo, asciende a 3.000 euros en el caso de las sociedades limitadas; realizar la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil; la presentación de impuestos correspondientes de forma trimestral, así como de preparación de todos los documentos contables que componen las cuentas anuales de la sociedad. Esta desventaja hace que la creación de una sociedad no sea la mejor opción en el momento de iniciar nuestra actividad en el caso de negocios pequeños o con poco volumen de facturación.
Por otro lado, todos los beneficios de la actividad corresponden a la sociedad. La sociedad es, en sí mismo, un ente con personalidad propia (la sociedad es la titular o propietaria de los bienes de la empresa), por lo que los socios no pueden disponer directamente de estos beneficios, sino que tendrá que hacer el correspondiente reparto de dividendos. Sin embargo, los trabajadores autónomos pueden disponer directamente de los beneficios obtenidos en el desarrollo de su actividad (p. ej. el trabajador puede comprar directamente un automóvil para uso particular con los beneficios derivados de su actividad).
Por último, la gestión y preparación de la documentación contable de una sociedad es más compleja que las cuentas de un trabajador autónomo. Por eso, suele ser necesaria la contratación de un gestor o contable para la llevanza de las cuentas anuales, con el coste que ello supone.
Una de las decisiones esenciales antes de iniciar cualquier negocio es decidir la forma jurídica en la que deseas organizar tu negocio. En principio, existen dos opciones: Iniciar nuestra actividad realizando el alta como trabajador autónomo, o constituir una sociedad mercantil, en concreto, una sociedad limitada.
En principio, la forma más sencilla para iniciar tu negocio es simplemente darte de alta como trabajador autónomo. Únicamente es interesante iniciar nuestra actividad con la creación de una sociedad si el negocio se desea iniciar por varios socios que se comprometen a colaborar, si el proyecto o negocio requiere una importante inversión económica inicial, o si se espera obtener un importante volumen de facturación.