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Última revisión: 14/10/2024
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Rellenar el modeloLos estatutos recogen las principales normas de funcionamiento de una sociedad limitada profesional, que deben cumplir todos sus socios y sus administradores. Entre otras, estas normas regulan la mayoría necesaria para la aprobación de acuerdos en la junta general, así como la organización del órgano de administración, las principales funciones de los socios, o la posibilidad de permitir o no la entrada en el capital social de nuevos socios.
Estos estatutos se pueden aprobar siempre que la sociedad cumpla con los siguientes requisitos:
La preparación de los estatutos sociales es esencial para garantizar el correcto funcionamiento de una sociedad limitada profesional.
Las sociedades limitadas profesionales cuentan con una estructura y características similares a la sociedad limitada, aunque existen una serie de especificidades en las sociedades limitadas profesionales orientadas hacia la protección de los intereses de los socios profesionales, entre las que destacan:
De esta forma, se trata de evitar que la labor profesional de los socios y que su trabajo se pueda ver limitado por la actuación de los socios no profesionales o de terceros, asegurando así la correcta realización del objeto social.
Los socios pueden firmar los siguientes tipos de estatutos sociales según el tipo de sociedad mercantil que desean crear o modificar sus estatutos previos:
El pacto de socios permite regular las bases organizativas de una empresa o sociedad, en especial, las relaciones entre los socios, al igual que los estatutos sociales. Ahora bien, los estatutos se aplican de forma preferente sobre los socios frente al pacto de socios. Asimismo, los estatutos tienen plenos efectos frente a terceros, es decir, se puede exigir su cumplimiento a todos los socios y a terceras personas que operen o realicen cualquier actividad en relación con la sociedad.
Sin embargo, es más habitual la firma de un pacto de socios frente a los estatutos de la sociedad dada la mayor dificultad o complejidad que requiere la modificación de los estatutos.
Por otro lado, los estatutos se pueden modificar en cualquier momento por la mayoría de los socios, lo cual podría suponer un importante perjuicio para los socios minoritarios. Esto no puede ocurrir en el pacto de socios, ya que su modificación requiere el acuerdo de todos los socios firmantes.
Sí, los socios deben preparar los estatutos por escrito para que sean válidos, ya que se deben elevar a público ante notario e inscribir en el Registro Mercantil. La firma de los estatutos por escrito es necesaria para la constitución o creación de la sociedad.
Todos los socios deben firmar estos estatutos de forma obligatoria en su parte final. Los estatutos de la sociedad pueden ser firmados tanto por socios que son personas jurídicas o empresas, como personas físicas o individuales.
En el caso de que cualquiera de los socios sea una persona jurídica, estos estatutos deben ser firmados por un administrador de la empresa socia, o una persona apoderada para representar a la empresa socia.
No pueden firmar estos estatutos los socios de cualquier otro tipo de sociedad mercantil distinta a la sociedad limitada profesional. Así, no pueden firmar estos estatutos los socios de una sociedad limitada, de una sociedad anónima o los miembros de una cooperativa, entre otros.
Tampoco pueden firmar estos estatutos los miembros o fundadores de entidades sin ánimo de lucro, como pueden ser los asociados de una asociación, el promotor de una fundación o los asociados de un club deportivo.
Los socios firman estos estatutos por un periodo de tiempo indefinido, es decir, sin acordar una fecha de terminación concreta, sino que los estatutos finalizarán cuando así lo decidan los socios en el futuro.
En general, los socios deben realizar la firma de los estatutos en el momento de creación de la sociedad. Los estatutos son uno de los documentos necesarios para la constitución de una sociedad limitada profesional.
Ahora bien, los socios también pueden aprobar unos nuevos estatutos para una sociedad ya constituida. Así, los socios pueden reemplazar sus estatutos si así lo aprueban en la junta general de la sociedad, o pueden aprobar únicamente la reforma, o cambio de uno o varios de sus artículos.
Todos los socios debe firmar estos estatutos. Pueden realizar su firma personalmente o a través de su representante (p. ej. la persona apoderada para actuar en nombre del socio).
La firma se debe realizar en la parte señalada al final de los estatutos, así como en el margen izquierdo de cada una de sus páginas.
A continuación, los pasos a seguir dependen de si la sociedad ya se encuentra constituida o no:
Por último, una vez que los estatutos se encuentran recogidos en escritura pública, los socios deberán solicitar su inscripción en el Registro Mercantil de la provincia en la que tiene la sociedad su domicilio social.
Los socios pueden adjuntar libremente los documentos que deseen para clarificar el contenido de los estatutos o facilitar su interpretación, así como para demostrar la capacidad para la firma del contrato de un representante o apoderado de cualquiera de los socios. Así, los socios pueden adjuntar, entre otros, los siguientes documentos:
Sí, los estatutos sociales se deben firmar ante un notario público. Este es un requisito esencial para que los estatutos sean válidos, y para permitir que, posteriormente, los socios puedan inscribir estos estatutos en el Registro Mercantil.
Sí, una vez que los socios han firmado los estatutos sociales ante un notario público, el siguiente paso es solicitar su inscripción en el Registro Mercantil de la provincia en la que tiene su domicilio social la sociedad. La inscripción se puede realizar adjuntando estos estatutos a la escritura de constitución de la sociedad, o, si se aprueban una vez que la sociedad se ha constituido, adjuntándolos al acta de la junta general en la que se recoge la aprobación de los estatutos.
Los estatutos sociales deben regular los siguientes aspectos:
El estatuto de una sociedad limitada profesional se rige por lo previsto en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, así como de forma supletoria por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que regula las sociedades mercantiles, entre las que se encuentra la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
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Guías para ayudarte
Estatutos de una sociedad profesional - Modelo, Formato
País: España