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Última revisión: 20/09/2024
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Rellenar el modeloEl acta de decisiones del socio o accionista único permite detallar los acuerdos o decisiones adoptadas por el socio o accionista único de una sociedad limitada unipersonal o una sociedad anónima unipersonal.
Asimismo, esta acta de decisiones del socio o accionista único permite recoger los diferentes acuerdos adoptados por el socio o accionista único: ordinarios y extraordinarios. Sin embargo, solo se aplica a las sociedades limitadas o anónimas que tienen un único socio o accionista.
El acta de decisiones del socio o accionista único se clasifica según el carácter de las decisiones adoptadas:
Por otro lado, según el contenido del acta, podemos encontrar las siguientes actas:
La diferencia entre ambas actas se basa en los distintos órganos cuyas decisiones se desean transcribir o recoger en el acta. El acta del consejo de administración recoge los acuerdos adoptados por el consejo de administración de una sociedad mercantil, es decir, por su órgano de administración, mientras que esta acta del socio o accionista único recoge únicamente los acuerdos adoptados por el socio o accionista único.
Sí, esta acta de decisiones del socio o accionista único debe redactarse por escrito para que sea válida. La sociedad está obligada a llevar un libro de actas al día en el que consten las actas con los acuerdos adoptados por el socio o accionista único.
El acta de decisiones del socio o accionista único debe incluir los siguientes puntos:
Esta acta puede incluir, entre otros, los siguientes acuerdos que pueden ser adoptados por la socio o accionista único:
Esta acta debe ser firmada por el propio socio o accionista único de la sociedad que adopta las decisiones recogidas en el acta.
No puede hacer uso de esta acta los socios o accionistas de sociedades limitadas o sociedades anónimas que tienen más de un único socio o accionista, de una sociedad limitada profesional, o los miembros de una cooperativa, entre otros.
Tampoco pueden hacer uso de esta acta el órgano de administración de una entidad sin ánimo de lucro, como pueden ser una asociación, de una fundación o los asociados de un club deportivo.
Una vez redactada y transcrita, el socio o accionista único debe firmar esta acta en la parte señalada al efecto.
Si el socio o accionista único es una persona física, el documento puede ser redactado y firmado por este personalmente o por medio de representante; en cambio, si el socio o accionista único es una persona jurídica, esta acta debe ser firmada por su representante.
A continuación, los pasos a seguir dependen de los acuerdos concretos recogidos en el acta:
En ambos casos, el administrador o secretario del consejo de administrador debe transcribir el acta al Libro Oficial de Actas de la sociedad.
El socio o accionista único puede adjuntar libremente los documentos que desee para clarificar el contenido del acta o facilitar su interpretación, así como para demostrar la capacidad para la firma de esta acta por un representante o apoderado del socio o accionista único, como puede ser una copia del contrato cuya firma el socio único ha aprobado.
Si el acta de decisiones del socio o accionista único recoge un acuerdo que debe inscribirse en el Registro Mercantil (p. ej. la modificación de los estatutos de la sociedad, el acuerdo de cambio de nombre, la liquidación de la sociedad, etc.), el administrador o secretario del consejo de administración debe preparar un certificado de esta acta y elevarlo a público ante un notario. Posteriormente, deberá presentar este certificado del acta en el Registro Mercantil.
En contraposición a lo anterior, no es necesario elevar a público las actas que recojan acuerdos que no deban inscribirse en el Registro Mercantil.
La elevación a público del certificado del acta se realizará por el administrador o el secretario del consejo de administrador.
Únicamente es necesario inscribir en el Registro Mercantil los acuerdos que afecten a los estatutos de la sociedad o a su estructura, o que así estén señalados en la Ley.
La inscripción se realizará por el administrador o el secretario del consejo de administración.
El acta de decisiones del socio o accionista único se rige por lo previsto en el Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (particularmente, en su artículo 15, sobre "Decisiones del socio único" y su título V, sobre "La junta general") y en el Reglamento del Registro Mercantil aprobado por el Real Decreto 1784/1996 (particularmente, en sus artículos 97 a 99 y 108).
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Acta de decisiones del socio o accionista único
País: España