Las startups o empresas emergentes son esenciales para garantizar el avance tecnológico y el crecimiento económico de un país. Así, la búsqueda de la innovación y la promoción de las nuevas tecnologías, así como el fomento general del espírito emprendedor, ha llevado a la introducción de una serie de ventajas para este tipo de empresas que se deben tener en cuenta a la hora de lanzar o iniciar una actividad empresarial.
En concreto, las startups o empresas emergentes cuentan con una serie de ventajas que han quedado reflejadas en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, también conocida como "Ley de startups". Para poder disfrutar de dichas ventajas, el proyecto o startup debe cumplir los requisitos que se comentarán a continuación:
Las startups son proyectos empresariales o negocios de reciente creación en los que se ofrece un producto o servicio de carácter innovador, ya sea por utilizar una tecnología nueva, por ser la primera vez que se comercializa en un determinado mercado, etc.
Ahora bien, las startups deben cumplir con una serie de requisitos concretos para poder disfrutar de todas las ventajas de la legislación actual. En concreto, estos requisitos son los siguientes:
Además de los requisitos anteriores, la startup debe acreditar su "carácter innovador", entendido como el desarrollo de productos o prestación de servicios nuevos o mejorados. La certificación de que la startup cumple con este requisito de carácter innovador se deberá solicitar ante la denominada Empresa Nacional de Innovación (ENISA). Esta empresa pública analizará la startup teniendo en cuenta como mínimo los siguientes criterios:
La empresa ENISA analizará los requisitos anteriores y determinará el carácter innovador o no de una startup en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de la solicitud. Una vez aprobada su condición de startup, facilitará un certificado que acredite el cumplimiento de estos requisitos. Este certificado se podrá inscribir en el registro mercantil correspondiente para facilitar que se conozca, de forma general, el carácter innovador de la startup.
El negocio se considerará como startup siempre que siga cumpliendo cada uno de los requisitos anteriores. En cuanto la empresa deje de cumplir cualquiera de los requisitos anteriores se deberá comunicar esta situación a la Administración. En todo caso, la Administración tributaria podrá comprobar el cumplimiento y mantenimiento en el tiempo de dichos requisitos a los efectos de verificar si sigue siendo una startup.
Una vez acreditada la condición de startup de una determinada empresa o negocio, los emprendedores disponen de las siguientes ventajas o beneficio en el caso de que desarrollen su actividad en España:
Las startups tributarán en España al tipo reducido del quince por ciento (15%) del Impuesto sobre Sociedades desde el primer año en el que obtenga un beneficio y los tres años siguientes, siempre que mantengan su condición de startup.
Por otro lado, podrán solicitar a la Administración tributaria del Estado el aplazamiento o aumento del tiempo disponible para el pago de los impuestos en los dos primeros años en los que la startup tenga un beneficio. Este aplazamiento podrá ser de hasta seis meses a contar del día en que terminaba el plazo voluntario de pago del impuesto.
Por último, cabe destacar que los ciudadanos extranjeros que se muden a España para iniciar o establecer su startup tributarán solo por un quince por ciento (15%) de los ingresos obtenidos en España durante un periodo total de diez años desde la fecha en la que se muden a España, en lugar del veinticuatro por ciento (24%) correspondiente al Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (IRPF).
El emprendedor extranjero podrá disfrutar de esta ventaja siempre que no hubiera residido en España los cinco años anteriores al lanzamiento de su startup.
Con el fin de facilitar la financiación de este tipo de empresas, todas aquellas personas que hayan adquirido acciones o participaciones en una startup de nueva o reciente creación podrán deducirse fiscalmente el 50 por ciento las cantidades pagadas por estas acciones o participaciones en su declaración del Impuesto sobre la Renta (IRPF). El valor máximo de la deducción será de 100.000 euros anuales, es decir, si se adquieren acciones o participaciones por un valor superior solo se podrán deducir fiscalmente hasta un máximo de cien mil euros (100.000 euros). El resto de la inversión no será deducible. En todo caso, el inversor no puede ser propietario de más del 40 por ciento del capital social de la entidad para disfrutar de esta deducción (p. ej. si el inversor es propietario de más de un 45% de las acciones no podrá aplicarse esta deducción).
Por último, las acciones o participaciones de la startup deberán haberse adquirido bien en el momento de constitución de la startup, o bien tras una ampliación de capital efectuada en los cinco años siguientes a su constitución. Asimismo, el socio o accionista deberá mantener la propiedad sobre las acciones o participaciones durante un plazo superior a tres años e inferior a doce años. En el caso de que este último requisito no se cumpla, el inversor deberá devolver el beneficio fiscal obtenido con esta deducción en la declaración de la renta del año posterior al que tenga lugar la venta de las acciones o participaciones.
Una de las formas habituales de remuneración de los trabajadores de una startup consiste en la entrega, de forma gratuita o a un precio inferior al de mercado, de acciones o participaciones de la propia startup. Pues bien, estos trabajadores no estarán obligados a tributar por esta retribución, siempre que la oferta se realice en las mismas condiciones para todos los trabajadores de la startup. De forma concreta, el trabajador quedará exento de tributar por las acciones o participaciones recibidas hasta cincuenta mil euros (50.000 euros).
Por último, los trabajadores autónomos que tengan más del 40 por ciento de las participaciones o acciones de una startup y que, de forma simultánea, trabajen por cuenta ajena para otro empleador, les resultará de aplicación una bonificación del cien por cien de la cuota de autónomo (es decir, de la cantidad que debe pagar el trabajador autónomo a la Seguridad Social) durante los tres primeros años.
El plazo para la inscripción de las startups y de todos sus decisiones será de cinco días hábiles (en lugar de los quince días que dispone de forma general el registro mercantil) desde la fecha de presentación (p. ej. si la startup realiza el nombramiento de un administrador, este nombramiento se inscribirá en el plazo máximo de cinco días hábiles).
Asimismo, la constitución de este tipo de sociedades será más rápida. Así, el registrador procederá a la calificación e inscripción dentro del plazo de las seis horas hábiles siguientes a la recepción telemática de la escritura de constitución siempre que se utilicen unos estatutos genéricos que serán facilitados por el notario.
Por último, los pactos de socios de las startups serán inscribibles y gozarán de publicidad registral siempre que respeten la legalidad vigente.
La Administración pública promoverá el establecimiento de fondos de co-inversión para atraer capital privado a la financiación de startup. De esta forma, se crearán fondos de inversión público-privados para facilitar que las startup puedan acceder a los fondos o cantidades de dinero necesarias para llevar a cabo su actividad.
Por otro lado, cuando se deseen solicitar subvenciones o ayudas condicionadas a la prestación de garantías (p. ej. una fianza o depósito de dinero), la startup podrá solicitar que se reduzca la garantía exigida a cambio de disminuir en la misma proporción el importe de la ayuda o subvención solicitada (p. ej. si para solicitar una subvención de 20.000 euros se exige aportar una fianza de 1.000 euros, la startup puede solicita solo 10.000 euros de subvención y reducir de forma proporcional la fianza exigida a 500 euros).
Una de las principales novedades de la Ley de startups es la mayor facilidad que disponen los socios fundadores de una startup de obtener una autorización de residencia que les permita permanecer legalmente en España y trabajar en el desarrollo de su negocio. También detaca la introducción de una nueva autorización de residencia para los denominados nómadas digitales o teletrabajadores.
Así, cabe destacar el aumento de la duración de la autorización inicial de residencia para inversores y emprendedores, extendiéndose de dos a tres años. Asimismo, si el extranjero que desea iniciar su startup se encuentre fuera de España, la solicitud de autorización y visado se realizará simultáneamente a través de una única instancia que iniciará la tramitación de autorización y visado de forma consecutiva (anteriormente, era necesario solicitar primero la autorización ante la Unidad de Grandes Empresas y, posteriormente, pedir un visado ante el consulado correspondiente, lo cual ampliaba notablemente el plazo de tramitación).
Para la solicitud de esta autorización será obligatorio contar con el informe de ENISA en el que se declare que la empresa cumple con los requisitos para ser considerada como una startup.
Asimismo, se tendrán en cuenta:
La startup no podrá acogerse a alguno de los beneficios anteriores cuando ocurra alguno de los siguientes supuestos:
Las startups presentan un papel clave en el fomento de desarrollo de nuevas tecnologías y de sectores estratégicos. Es por ello que se ha introducido una serie de ventajas de todo tipo para fomentar su creación.
Entre las ventajas que disfrutan destacan la mayor facilidad para la obtención de autorizaciones de residencia en España para sus socios o empleados clave, las ventajas fiscales para estas empresas y para sus socios, la mayor agilidad de la administración para la tramitación de cualquier tipo de autorización.
Ahora bien, para poder disfrutar de estas ventajas, las startups deberán cumplir con una serie de requisitos concretos entre los que destaca que la startup tenga menos de cinco años de antigüedad, disponer de un producto o servicio innovador o no haber repartido beneficios entre sus socios.