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Última revisión: 27/09/2024
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Rellenar el modeloEl contrato de soporte y mantenimiento de software es un acuerdo que permite contratar a un desarrollador para realizar labores de mantenimiento y soporte necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de uno o varios programas o software del cliente, a cambio del pago de un precio.
Esta actividad de mantenimiento la puede realizar por el propio desarrollador que licencia el uso del software (o que realiza su cesión o incluso su desarrollo), o bien mediante un programador o desarrollador que no haya participado en la creación del software. En principio, el desarrollador no podrá llevar a cabo cambio o modificación alguna del software sin la autorización del titular o licenciante del software. En todo caso, las partes pueden acordar un mantenimiento de carácter evolutivo, es decir, la realización de una actividad de mantenimiento que incluya también la elaboración de actualizaciones o mejoras en el software.
Dependiendo de los bienes, inmuebles o instalaciones objeto de mantenimiento, podemos encontrar los siguientes contratos:
La principal diferencia entre ambos contratos es el objeto del mantenimiento. La firma de un contrato de servicios de mantenimiento de sistemas informáticos se centra en el mantenimiento de dispositivos informáticos físicos, como pueden ser ordenadores o portátiles, servidores, etc., mientras que el contrato de mantenimiento o soporte de software implica el compromiso general de un profesional o desarrollador de software de facilitar el mantenimiento y soporte de uno o varios programas o software, es decir, de bienes informáticos de carácter inmaterial.
No, no es obligatoria. Las partes pueden negociar un contrato de servicios de mantenimiento de forma oral, es decir, acordar verbalmente las condiciones en las que se debe prestar el servicio de mantenimiento.
Ahora bien, la firma del contrato de servicios de mantenimiento por escrito permite fijar las condiciones generales del evento y facilita la prueba de su contenido en el caso de que cualquiera de las partes tenga que reclamar en vía judicial el cumplimiento del contrato.
El desarrollador no debe cumplir con requisitos especiales para la firma de un contrato de mantenimiento de soporte y mantenimiento de software. En todo caso, el desarrollador debe tener en cuenta lo siguiente antes de comprometerse a realizar su actividad:
El contrato de mantenimiento de soporte y mantenimiento de software se puede formalizar tanto entre personas jurídicas o empresas como entre personas físicas o individuales, así como entre particulares y profesionales.
En el caso de que el cliente o desarrollador sea una persona jurídica, este contrato debe ser firmado por un administrador de la empresa o una persona apoderada para representar a la empresa.
Las personas físicas pueden firmar este contrato personalmente, siempre que sean mayores de 18 años o mayores de 16 años emancipados (es decir, menores que no viven junto a sus padres) y tengan capacidad plena para la firma de documentos jurídicos. En los casos de menores de edad, o de personas incapacitadas judicialmente o declaradas como pródigos, este contrato deberá ser firmado por las personas que ejerzan la patria potestad o por sus representantes legales (p. ej. por un tutor o curador).
Las partes pueden establecer un plazo de duración del servicio de mantenimiento determinado (p. ej. un año), o bien pueden acordar que la duración del contrato sea indefinida, es decir, que no tiene una fecha concreta de finalización.
Una vez preparado, tanto el desarrollador como el cliente deben firmar este contrato de mantenimiento de soporte y mantenimiento de software, ya sea personalmente o a través de su representante (p. ej. la persona apoderada para actuar en nombre del desarrollador).
Las partes deben firmar en la parte señalada al final de contrato, así como en el margen izquierdo de cada una de sus páginas. Por último, la firma del contrato la pueden realizar a mano o con un certificado digital.
Asimismo, las partes deben firmar este contrato en dos ejemplares, ya que cada una de ellas debe conservar una copia.
Las partes pueden adjuntar libremente los documentos que deseen para clarificar el contenido del contrato o facilitar su interpretación, así como para demostrar la capacidad para la firma del contrato de un representante o apoderado del cliente o desarrollador. Así, las partes pueden adjuntar, entre otros, los siguientes documentos:
No, no es necesario. La firma de un contrato ante notario público otorga una mayor garantía sobre su contenido y sobre su aplicación, pero, en este caso, es meramente opcional.
En general, la firma de estos documentos no se realiza ante notario, ya que supone un importante coste (las partes tienen que pagar los honorarios del notario), e implica una dilación en el tiempo necesario para llevar a cabo la firma del contrato.
Las partes pueden decidir libremente en el contrato los plazos y la forma en la que el cliente realizará el pago del precio en favor del desarrollador. De esta forma, las partes deben remitirse a lo establecido en el contrato para determinar los plazos de pago.
El contrato de mantenimiento de soporte y mantenimiento de software debe incluir, como mínimo, los siguientes puntos:
¿Cuál es la legislación aplicable a un contrato de soporte y mantenimiento de software?
De forma general, este contrato se rige por los artículos 1.088, 1.542 al 1.545 y 1.583 del Código Civil, así como, en su caso, en el Código de Comercio.
De forma específica para aquellos casos en los que se contrate con un consumidor, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Por último, este contrato debe cumplir lo dispuesto en el Título VIII del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
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