Una asociación o club deportivo comprende una agrupación de personas (ya sean físicas o jurídicas) que se organizan para desarrollar una actividad deportiva sin ánimo de lucro (es decir, no se busca obtener un beneficio del desarrollo de la actividad deportiva) y de carácter no profesional (es decir, no tiene por objeto participar en ligas o competiciones profesionales u oficiales, sino que participan en competiciones amateur).
Este documento permite recoger por escrito todos los acuerdos adoptados por la asamblea general del club, así como el resultado de las votaciones de sus miembros, facilitando la futura inscripción de estos acuerdos en el registro de entidades deportivas correspondiente. La asamblea general es el órgano principal de decisión y de adopción de decisiones del club.
En relación con este documento, se debe tener en cuenta que:
- Si lo que se desea es recoger los acuerdos del patronato de una fundación, se deberá preparar un acta de la reunión del patronato de una fundación.
- Si lo que se desea es recoger los acuerdos de la asamblea general de una asociación, se deberá preparar un acta de la asamblea general de una asociación.
- Por otro lado, si lo que se desea es preparar un acta para la reunión de la junta general o del consejo de administración de una sociedad mercantil, se deberán tener en cuenta los siguientes documentos:
¿Qué tipos de acuerdos puede adoptar la asamblea general?
La asamblea general de un club deportivo puede adoptar cualquier tipo de acuerdo que afecte a su actividad u organización. De forma específica, la asamblea general se podrá reunir para adoptar alguno de los siguientes acuerdos:
- la lectura y aprobación del acta de la asamblea general anterior;
- el examen del Informe sobre la memoria de actividades y la aprobación de la gestión efectuada por la junta directiva durante el ejercicio anterior;
- el examen y la aprobación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio anterior;
- el nombramiento, cese y reelección de cargos de la junta directiva (o del órgano de representación del club);
- el examen y la aprobación del plan de actuaciones, y del presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio actual;
- la modificación de los estatutos del club;
- la aprobación o modificación del reglamento de régimen interno del club;
- la fijación del importe de la cuota social que deben pagar los socios del club;
- la venta o gravamen de bienes del club;
- la expulsión de socios o socias por incumplir las normas del club;
- la solicitud de la declaración de utilidad pública del club;
- la disolución del club.
En todo caso, a la hora de adoptar estos acuerdos se deberá estar en todo momento a lo establecido en los estatutos del club.
¿Cómo se aprueban los acuerdos por la asamblea general?
Los acuerdos de la asamblea general se adoptarán por el voto de todos los socios del club asistentes a la reunión de la asamblea, incluyendo tanto los socios que asisten de forma personal, como los que asisten a través de un representante.
Los acuerdos se adoptarán de forma general por la mayoría de los votos (es decir, cuando haya más votos positivos que negativos). Ahora bien, los estatutos del club o la legislación aplicable puede exigir mayorías más amplias para aprobar ciertos acuerdos, como puede ser para acordar la modificación de los estatutos, la disolución del club, la aprobación de una moción de censura, etc. Es por ello que los socios deberán tener siempre presente las condiciones fijadas en los estatutos para aprobar cada uno de los acuerdos.
¿Cómo utilizar el documento?
A la hora de reunirse la asamblea general, los socios deberán tener en cuenta las normas que al respecto establecen los estatutos del club, así como, en su caso, en su reglamento interno. Estas normas son las encargadas de regular el funcionamiento de la asamblea general y, dentro de este, de las actas de sus reuniones.
Contenido del acta
Este acta recoge la siguiente información necesaria para garantizar su validez:
- El nombre o denominación del club.
- La fecha, la hora y el lugar de la reunión de la asamblea general.
- El número de la convocatoria (primera o segunda).
- La identidad de las personas que conforman la mesa o la dirección de la asamblea (presidente/a, secretario/a, etc.).
- El número y, en su caso, la listado de socios asistentes (ya sea presentes o representados).
- El orden del día, es decir, todos los temas que serán tratados en la asamblea.
- En caso de exigirlo los estatutos, un resumen de cada uno de los puntos o asuntos tratados en la asamblea (indicando los principales argumentos y las personas que los defienden).
- Los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones.
- En su caso, el motivo por el que se rechaza un acuerdo.
- La propia aprobación de este acta una vez finalizada la reunión de la asamblea.
El acta será redactada por el secretario del club (y de la junta directiva) y deberá ser firmada por este, con el visto bueno del Presidente, salvo que los Estatutos establezcan otra cosa. Posteriormente, el acta debe ser transcrita en el libro de actas del club, uno de los libros legalmente obligatorios para estas personas jurídicas. Aunque su legalización no es obligatoria, es posible hacerla en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio del club o en una Notaría.
Finalmente, el acta debe ser puesta en conocimiento de los asociados. Si los Estatutos no establecen un medio específico, puede hacerse mediante su publicación en la página web del club, en el tablón de anuncios del local del club, o incluso, a través del envío por correo postal o electrónico a cada uno de los asociados y asociadas. Asimismo, el secretario deberá incluir este acta en el correspondiente libro de actas.
Derecho aplicable
Será de aplicación legislación autonómica en la que se centra la actividad del club o donde se encuentra su sede:
- Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, así como el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
- Ley 16/2018, de 4 de diciembre de la actividad física y el deporte de Aragón, así como el Decreto 23/1995, de 17 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la regulación de las asociaciones o clubes deportivos.
- Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte, así como el Decreto 24/1998, de 11 de junio, por el que se regular el funcionamiento de los clubes deportivos y agrupaciones de clubes de ámbito autonómico del Principado de Asturias.
- Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears, así como el Decreto 24/2018, de 13 de julio, por el que se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos de régimen especial o simplificado de las Illes Balears, así como, en su caso, el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el que se regula la constitución y el funcionamento de los clubs deportivos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
- Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias, así como la Orden de 5 de julio de 2002, por la que se regula el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
- Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte, así como el Decreto 26/2002, de 7 de marzo, de desarrollo de los órganos de carácter deportivo regulados en la Ley de Cantabria 2/2000, del Deporte.
- Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León, así como el Decreto 39/2005, de 12 de mayo, de Entidades Deportivas de Castilla y León.
- Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, así como el Decreto 111/1996, de 23 de julio, por el que se regulan los Clubes Deportivos de Castilla-La Mancha.
- Decreto Legislativo 1/2000, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto único de la Ley del deporte, y se establecen medidas de funcionamiento de los órganos de gobierno de las entidades deportivas de Cataluña, así como el Decreto 58/2010, de 4 de mayo, de las entidades deportivas de Cataluña.
- Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana, así como el Decreto 2/2018, de 12 de enero, del Consell, por el que se regulan las entidades deportivas de la Comunitat Valenciana.
- Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, así como el Decreto 28/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas Extremeñas.
- Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, así como el Decreto 85/2014, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Entidades Deportivas de Galicia.
- Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja, así como el Decreto 9/2000, de 25 de febrero, por el que se regula el Registro General de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
- Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, así como el Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, por el que se regulan las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y se modifica el
- Decreto 99/1997, de 31 de julio, de Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, así como por lo establecido en Decreto nº 221/2006, de 27 de octubre, por el que se regulan los clubes deportivos y entidades de promoción y recreación deportiva.
- Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, así como el Decreto Foral 80/2003, de 14 de abril por el que se regulan las Entidades Deportivas de Navarra y el Registro de Entidades Deportivas de Navarra.
- Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, así como el Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas.
De forma supletoria, le será de aplicación a este acta fundacional:
Ayuda de un abogado
También tienes la opción de consultar a un abogado si necesitas ayuda.
El abogado puede contestar a tus preguntas o ayudarte en tus trámites. Al final de la creación del documento, se te ofrecerá esta opción.
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en función de tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.