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Solicitud de excedencia voluntaria

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¿Qué es una solicitud de excedencia voluntaria?

Una solicitud de excedencia permite que cualquier trabajador solicite a su empleador una excedencia voluntaria para dedicarse a otras actividades. La excedencia voluntaria tiene por efecto la suspensión del contrato de trabajo, lo cual supone que, durante la duración de la excedencia, el trabajador no está obligado a prestar sus servicios a la empresa, y el empresario no está obligado a pagarle el sueldo ni las cotizaciones sociales.

La excedencia voluntaria puede ser solicitada por el trabajador por cualquier motivo (tomarse un año sabático, realizar un viaje alrededor del mundo, estudiar, etc.). El empleador está obligado a concederla, siempre que el trabajador cumpla con los requisitos necesarios (tener un mínimo un año de antigüedad en la empresa o el tiempo mínimo exigido por convenio).

El inicio de la excedencia supone una suspensión temporal del contrato del trabajo y, por lo tanto, el contrato se mantendrá en vigor. El trabajador tiene derecho a regresar a su puesto a la empresa si así lo solicita durante la excedencia. El empleador deberá facilitar la reincorporación del trabajador siempre que tenga vacantes disponibles.


¿Qué diferencias existen entre una excedencia y un permiso retribuido?

El trabajador puede ausentarse de su puesto tanto si disfruta de una excedencia como si solicita un permiso retribuido. Ahora bien, la principal diferencia es que los permisos retribuidos son, como indica su nombre, remunerados, es decir, el trabajador sigue recibiendo su sueldo a pesar de no acudir a su puesto de trabajo, mientras que en la excedencia el trabajador no recibe retribución alguna de la empresa durante todo el tiempo que dure la excedencia.

Por otro lado, los permisos laborales solo se pueden disfrutar en los supuestos concretos permitidos por el Estatuto de los Trabajadores, con la única excepción del permiso por asuntos personales que puede ser reconocido por el convenio colectivo aplicable. En contraposición a lo anterior, el trabajador puede solicitar una excedencia voluntaria sin necesidad de alegar o justificar un motivo concreto.


¿Qué tipos de excedencias puede disfrutar un trabajador?

El trabajador puede solicitar el disfrute de los siguientes tipos de excedencias:

  • La excedencia voluntaria o por interés particular que el trabajador puede disfrutar sin la necesidad de alegar un motivo concreto.

  • La excedencia por cuidado de familiares, que el trabajador puede solicitar en los siguientes casos:

    • Para el cuidado de un hijo o hija recién nacido o adoptado (también denominada excedencia por maternidad o paternidad).

    • Para el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

      En nuestra guía ¿Cuáles son las diferencias entre una excedencia voluntaria y una excedencia por cuidado de familiares?, se recoge más información sobre las diferencias existentes entre la excedencia voluntaria y la excedencia para el cuidado de familiares.

  • La excedencia para trabajadoras víctimas de violencia de género.


¿Cuál es la principal diferencia entre la solicitud de una excedencia y una carta de renuncia laboral?

La carta de renuncia laboral permite a cualquier trabajador comunicar su decisión de dimitir o renunciar de su puesto, mientras que la solicitud de una excedencia voluntaria supone una suspensión temporal del contrato de trabajo por parte del empleador. De esta forma, la renuncia laboral implica la terminación del contrato por la decisión del trabajador, mientras que, en la excedencia, el trabajador puede solicitar a la empresa su reincorporación en la plantilla, ya que el contrato se mantiene en vigor.

En todo caso, en nuestra guía ¿Cuáles son las diferencias entre dimitir y pedir una excedencia voluntaria?, se recoge una descripción detallada de las diferencias entre ambos documentos.


¿La solicitud de excedencia voluntaria se debe formalizar por escrito?

No, no es necesario. El trabajador puede comunicar su solicitud de excedencia de forma oral, es decir, comunicar verbalmente su decisión al empleador.

Ahora bien, el envío de esta solicitud por escrito permite evitar problemas o malos entendidos con el empleador, y sirve de prueba concreta para demostrar la fecha en la que el trabajador comunicó su decisión de iniciar una excedencia voluntaria.


¿Cuáles son los requisitos para la firma de una solicitud de excedencia voluntaria?

El trabajador debe contar con, al menos, un año de antigüedad en la empresa para poder disfrutar de una excedencia voluntaria, salvo que el convenio colectivo aplicable indique un plazo menor.

Además, en el caso de que se haya disfrutado de una excedencia voluntaria anterior, el trabajador no podrá solicitar una nueva excedencia hasta que no hayan transcurrido, al menos, cuatro años desde que disfrutó la excedencia voluntaria anterior.

Por último, el convenio colectivo aplicable puede exigir que el trabajador alegue el motivo o razón por el que desea disfrutar de una excedencia voluntaria.


¿Quién puede firmar una solicitud de excedencia voluntaria?

Cualquier trabajador de una empresa o empleador privado (es decir, trabaja en el sector privado) puede firmar esta solicitud.

En concreto, el trabajador debe firmar esta carta personalmente, siempre que sea mayor de 18 años o mayor de 16 años emancipado (es decir, menores que no viven junto a sus padres) y tenga capacidad plena para la firma de documentos jurídicos. En los casos de menores de edad de 16 a 18 años, o de personas incapacitadas judicialmente, esta carta deberá ser firmada por las personas que ejerzan la patria potestad o por sus representantes legales (p. ej. por un tutor).


¿Quién no puede firmar esta solicitud de excedencia voluntaria?

Los trabajadores o empleados públicos (funcionario de carrera o interino, personal laboral o eventual) de cualquier Administración pública (Administración General del Estado, Administraciones autonómicas y Administraciones locales) no puede hacer uso de esta solicitud. En su lugar, deben utilizar la solicitud de excedencia voluntaria para empleado público.


¿Cuál es el plazo de duración de una excedencia voluntaria?

El trabajador puede disfrutar de una excedencia voluntaria durante un periodo de tiempo mínimo de 4 meses y máximo de 5 años. Si el trabajador solicita esta excedencia por un periodo de tiempo inferior a los 5 años, posteriormente puede solicitar una o varias prórrogas hasta completar los 5 años.

El trabajador puede solicitar su excedencia por un periodo de tiempo concreto, o puede no señalar el plazo o fecha concreta en la que se reincorporará a su puesto. El plazo de duración de la excedencia no podrá superar los 5 años en ningún caso.


¿Qué es necesario realizar una vez que he completado esta solicitud de excedencia voluntaria?

El trabajador debe firmar esta solicitud, ya sea personalmente o a través de su representante (p. ej. los padres de los trabajadores menores de edad). El trabajador debe firmar esta solicitud en la parte final señalada al efecto, ya sea a mano o con un certificado digital.

Una vez firmada, el trabajador debe comunicar esta solicitud al empleador. El trabajador puede entregarla en mano al empleador, con la firma del recibí señalado al final de la solicitud, o bien mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido o vía semejante.

Por último, el trabajador debe respetar el plazo de preaviso (plazo entre la fecha de renuncia y la fecha de salida efectiva del trabajador) establecido en su contrato de trabajo o en el convenio colectivo aplicable. Si el contrato y el convenio colectivo no establecen nada al respecto, el plazo para comunicar la excedencia es 15 días antes de la fecha de efectos de la misma.


¿Qué documentos deben adjuntar las partes a esta solicitud de excedencia voluntaria?

El trabajador puede adjuntar los documentos que desee para clarificar o justificar el contenido de su solicitud de excedencia voluntaria. Por ejemplo, el trabajador puede adjuntar el documento que justifique la solicitud de su excedencia, una copia del contrato de trabajo en el que se establece el plazo de preaviso para solicitar una excedencia voluntaria, etc.


¿Cómo debe el trabajador comunicar la solicitud de excedencia voluntaria?

El trabajador debe enviar o hacer entrega de esta solicitud de tal forma que pueda asegurarse que el empleador la reciba correctamente. En concreto, el trabajador puede:

  • Entregar esta solicitud en mano al empleador, con la firma del recibí señalado al final de esta carta.

  • Enviar esta solicitud mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido.

  • Remitir esta solicitud a través de email o correo electrónico. El uso de un email seguro que confirme si el email ha sido recibido y leído permite al trabajador asegurarse de la correcta recepción de esta carta por el empleador.


¿Qué consecuencias tiene la entrega de esta solicitud de excedencia voluntaria al empleador?

La entrega de esta solicitud de excedencia voluntaria supone la suspensión temporal del contrato de trabajo. Esta suspensión del contrato implica que:

  • El trabajador pasará a estar en suspensión durante el periodo de tiempo solicitado por el trabajador y, en caso de producirse la reincorporación, el contrato volverá a estar en vigor, en todos sus mismos términos y condiciones.

  • El trabajador puede realizar cualquier tipo de actividad durante la duración de la excedencia. El trabajador puede incluso trabajar para otras empresas, siempre que no hubiera pactado lo contrario con el empleador.

  • Por último, el trabajador no tendrá derecho a solicitar una prestación por desempleo o paro. La prestación por desempleo solo se puede solicitar si la relación laboral termina de forma definitiva por cualquier causa que no dependa de la voluntad del trabajador.


¿Cuándo puede el trabajador reincorporarse a su puesto?

El trabajador puede solicitar su reincorporación a su puesto en cualquier momento anterior a la fecha de terminación de la excedencia. En este caso, el empleador no está obligado a reservar el mismo puesto al trabajador, sino que únicamente debe garantizar un derecho de prioridad en la reincorporación en la empresa en cuanto surja un puesto de trabajo de igual o similar categoría al puesto que desarrollaba anteriormente el trabajador.

La reincorporación no es inmediata, sino que deberá esperar hasta que haya una vacante disponible equivalente al puesto que desarrollaba anteriormente en la empresa. En ese caso, la excedencia se prorrogará automáticamente hasta que exista una vacante adecuada para el empleado.

En el caso de que exista una negativa por parte del empresario a reincorporar al empleado, o bien en el caso de que no se haya respetado la prioridad del empleado ante la apertura de nuevas vacantes, este podrá solicitar por vía judicial su derecho de reingreso a la empresa.


¿Qué debe incluir la solicitud de excedencia voluntaria?

La solicitud de excedencia voluntaria debe incluir, como mínimo, los siguientes puntos:

  • Los datos del contrato del trabajador que presenta la solicitud, señalando sus datos de identificación, antigüedad y tipo de contrato que tiene firmado con el empleador.

  • Las características generales del puesto de trabajo del trabajador que solicita la excedencia (p. ej. la denominación del puesto concreto, su categoría profesional, etc.).

  • La fecha concreta a partir de la cual el trabajador desea iniciar su excedencia y, por tanto, a partir de la cual el contrato de trabajo quedará suspendido.

  • El plazo de tiempo de duración de la excedencia del trabajador.

  • El motivo de la solicitud de la excedencia, si así lo desea el trabajador.


¿Cuál es la legislación aplicable?

La excedencia voluntaria está regulada en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (particularmente, su artículo 46.2).

Asimismo, los convenios colectivos pueden regular y precisar ciertos aspectos de las excedencias voluntarias.


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