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Solicitud de vacaciones

Última revisión Última revisión 09/10/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 09/10/2024

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¿Qué es una solicitud de vacaciones?

La solicitud de vacaciones permite que un trabajador solicite a su empleador el disfrute de los días de vacaciones anuales pagadas que le corresponden (o algunos de estos días, en caso de no querer solicitarlos todos). Los días de vacaciones que le corresponden al trabajador son aquellos que aún no ha disfrutado dentro del período correspondiente al año natural (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del mismo año, salvo que el convenio colectivo aplicable establezca otra cosa).

Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de 30 días naturales (o 22 días laborables) de vacaciones como mínimo, lo que equivale a 2,5 días por mes trabajado, incluyendo domingos y festivos, independientemente de la jornada laboral (a tiempo completo o a tiempo parcial) y del tipo de contrato (indefinido o temporal).

 

¿Cuál es la principal diferencia entre una solicitud de vacaciones y un permiso por asuntos propios?

La carta de permiso por asuntos propios permite al trabajador disfrutar de uno o varios días que puede ausentarse de su puesto de trabajo por motivos estrictamente personales, sin que se puedan descontar del salario del trabajador. Estos días se pueden disfrutar solo si así lo reconoce el convenio colectivo aplicable al trabajador. Además, estos días por asuntos propios no se pueden descontar de las vacaciones del trabajador. De esta forma, los días por asuntos propios son días puntuales en los que el trabajador se puede ausentar de su puesto, mientras que las vacaciones son periodos de descanso del trabajador remunerados.


¿Cuál es la principal diferencia entre una solicitud de vacaciones y una solicitud de excedencia?

La solicitud de una excedencia voluntaria supone una suspensión temporal del contrato de trabajo por parte del empleador. De esta forma, mientras que el trabajador sigue recibiendo su sueldo durante las vacaciones, en la excedencia el contrato queda suspendido temporalmente y, por tanto, el trabajador no recibe retribución económica alguna durante la excedencia.


¿La solicitud de vacaciones se debe formalizar por escrito?

No, no es necesario. El trabajador puede solicitar sus vacaciones de forma oral, es decir, comunicar verbalmente los días que se desean disfrutar de vacaciones.

Ahora bien, el envío de esta solicitud por escrito permite evitar problemas o malos entendidos con el empleador, y sirve de prueba concreta para demostrar la fecha en la que el trabajador solicitó sus vacaciones.


¿Cuál es el plazo de preaviso para enviar una solicitud de vacaciones?

Los trabajadores deben enviar esta solicitud de vacaciones con antelación suficiente, teniendo en cuenta que la fecha de disfrute debe conocerse con, al menos, dos meses de antelación al comienzo del disfrute, o en el plazo superior establecido por el convenio colectivo aplicable.


¿Quién puede firmar una solicitud de vacaciones?

El trabajador debe firmar esta carta personalmente, siempre que sean mayores de 18 años o mayores de 16 años emancipados (es decir, menores que no viven junto a sus padres) y tengan capacidad plena para la firma de documentos jurídicos.

En los casos de menores de edad de 16 a 18 años, o de personas incapacitadas judicialmente, esta carta deberá ser firmada por las personas que ejerzan la patria potestad o por sus representantes legales (p. ej. por un tutor).


¿Qué es necesario realizar una vez que he completado esta solicitud de vacaciones?

El trabajador debe firmar esta carta, ya sea personalmente o a través de su representante (p. ej. los padres de los trabajadores menores de edad). La firma se debe realizar en la parte final de la carta señalada al efecto, ya sea a mano o con un certificado digital.

Una vez firmada, el trabajador debe comunicar esta carta al empleador al menos de dos meses antes a la fecha de inicio de las vacaciones. El trabajador puede entregarla en mano al empleador, con la firma del recibí, o bien mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido o vía semejante.


¿Qué documentos debe adjuntar el trabajador a esta solicitud de vacaciones?

El trabajador puede adjuntar los documentos que desee para clarificar o justificar el contenido de esta solicitud de vacaciones. Por ejemplo, el trabajador puede adjuntar el documento que justifique las fechas solicitadas, una copia del contrato de trabajo en el que se establece el plazo de preaviso para solicitar las vacaciones, etc.


¿Cómo debe el trabajador comunicar la solicitud de vacaciones?

El trabajador debe enviar o hacer entrega de esta carta de tal forma que pueda asegurarse que el empleador la reciba correctamente. En concreto, el trabajador puede:

  • Entregar esta carta en mano al empleador, con la firma del recibí o apartado concreto señalado al final de esta carta.

  • Enviar esta carta mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido.

  • Remitir esta carta a través de email o correo electrónico. El uso de un email seguro que confirme si el email ha sido recibido y leído permite al trabajador asegurarse de la correcta recepción de esta carta por el empleador.

En todo caso, en nuestra guía ¿Cómo enviar una carta?, se detalla las formas en las que se puede enviar una carta legal, y las consecuencias de utilizar cada vía de comunicación.


¿Qué consecuencias tiene la entrega de la solicitud de vacaciones?

La entrega de esta carta obliga al empleador a tener en cuenta las vacaciones solicitadas por el trabajador, y a concederlas siempre que cumplan con el calendario de vacaciones de la empresa, así como lo dispuesto en el convenio colectivo aplicable y el contrato de trabajo.


¿Qué debe incluir la solicitud de vacaciones?

La solicitud de vacaciones debe incluir los siguientes puntos:

  • Los datos del contrato del trabajador que solicita las vacaciones, señalando, entre otros, si se trata de un contrato de trabajo de carácter indefinido, o si bien se trata de un contrato de trabajo temporal, si es a jornada completa o parcial, etc.

  • El número de períodos de vacaciones que el trabajador desea disfrutar.

  • La fecha de inicio y la fecha de fin de cada período de vacaciones cuyo disfrute se solicita (teniendo en cuenta que el período de disfrute no puede iniciarse en día festivo o inhábil).


¿Cuál es la legislación aplicable a la solicitud de vacaciones?

Esta solicitud de vacaciones cumple con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (particularmente, su artículo 38).

De forma particular, será aplicable aquello previsto en el propio contrato de trabajo, y el convenio colectivo, que pudiera ser de aplicación.


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