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En el ámbito de las startups y del emprendimiento es habitual hablar de los denominados periodos de vesting o de participaciones o acciones no consolidadas como una de las formas que disponen las empresas para garantizar que ciertos trabajadores o personal clave no abandonen el proyecto antes de tiempo, a la vez que se les apremia o compensa económicamente por su labor facilitando su entrada como socio en el capital de la empresa.
En los siguientes apartados trataremos de aclarar qué es un periodo de vesting, cuál es su utilidad y cuándo es más habitual utilizar este tipo de cláusulas o pactos.
El acuerdo de vesting es un tipo de contrato o cláusula que permite a una empresa o startup remunerar a uno o varios de sus trabajadores o colaboradores (en adelante, los llamaremos beneficiarios), prometiéndoles la entrega de una serie de participaciones o acciones de la empresa. Ahora bien, la entrega de estas participaciones se realizará únicamente si permanecen en la empresa durante un periodo de tiempo concreto.
Siguiendo lo anterior, este acuerdo permite la entrega de participaciones o acciones en favor de los beneficiarios, las cuales se encuentran condicionadas o sujetas a una restricción, es decir, las participaciones no están consolidadas (el beneficiario no tiene todavía la propiedad de estas participaciones y, por tanto, no puede actuar como socio ni las puede transmitir a terceros). De esta forma, el beneficiario no recibe inmediatamente todas las participaciones o acciones prometidas, sino que las obtiene una vez que haya trabajado o colaborado para la empresa durante un período de tiempo específico. Según se vaya cumpliendo el plazo de tiempo, las participaciones se irán consolidando, es decir, el beneficiario conseguirá obtener la plena propiedad de las participaciones y, por tanto, pasará a ser socio de la empresa, con todos los derechos que de ello se derivan, incluido su derecho a transmitir a terceros su propiedad o a recibir dividendos o beneficios de la empresa.
Siguiendo lo recogido en el apartado anterior, el vesting supone una limitación sobre las participaciones del beneficiario, de tal forma que si este no cumple con la condición pactada (p. ej. prestar sus servicios en favor de la empresa durante tres años seguidos), la empresa mantendrá la propiedad de las participaciones, pudiendo acordar su amortización (es decir, la eliminación o desaparición de estas participaciones). De esta forma, si el beneficiario no cumple la condición pactada, la sociedad se quedará con sus participaciones o acciones, no pudiendo reclamar el pago de precio o compensación económica alguna a cambio (no puede reclamar que se le abone el precio de las participaciones ni cualquier otro tipo de compensación).
Si el beneficiario cumple con sus obligaciones, por ejemplo, permanece en la empresa durante el tiempo acordado, tendrá lugar la denominada consolidación de las participaciones o acciones, es decir, el beneficiario pasará a ser el pleno beneficiario de las participaciones.
En general, en los periodos de vesting suponen un devengo o consolidación de las participaciones de forma proporcional, es decir, si se acuerda un periodo de vesting a 4 años se suele acordar que la consolidación de 1/4 de las participaciones o acciones (un 25%) durante cada año. En todo caso, también es posible acordar que el devengo se produzca, en su totalidad, a la finalización del año (p. ej. acordar que el beneficiario consolidará el 100% de sus participaciones una vez que transcurran cuatro años desde la firma del acuerdo).
Además, es posible que las partes acuerden fijar un cliff, es decir, un periodo de tiempo durante el cual no se consolide la propiedad de las participaciones (p. ej. se puede acordar que durante el primer año no se devengue porcentaje alguno de las participaciones, y que, a partir del primer año, la consolidación de las participaciones se haga de forma proporcional mes a mes).
Para facilitar la comprensión de este tipo de acuerdos, vamos a analizar el siguiente ejemplo: un trabajador recibe 1.000 participaciones no consolidadas sujetas a un periodo de vesting por cuatro años en el que las participaciones se consolidan de forma proporcional cada año. Esta persona adquiriría el 25% de la plena propiedad de estas participaciones cada año (es decir, consolidaría 250 participaciones el primer año, otras 250 participaciones al año siguiente, y así de forma sucesiva hasta consolidar el total de las 1000 participaciones en el cuarto año). Si este empleado decide abandonar la empresa antes, por ejemplo, al cumplir su segundo año en la empresa, solo dispondrá la propiedad de 500 participaciones, correspondiendo las restantes 500 participaciones a la propia empresa.
Las cláusulas o acuerdos de vesting se utilizan principalmente para conseguir los siguientes objetivos:
En primer lugar, se trata de una vía para recompensar y retener a los empleados o colaboradores clave o, incluso, a alguno de los socios cofundadores, proporcionándoles, como parte de su remuneración, una participación en la empresa (ya sean acciones o participaciones). La firma de un acuerdo de vesting permite remunerar a los trabajadores o colaboradores esenciales prometiéndoles su futura entrada en la empresa como socios.
La empresa evita así acudir a otras vías de remuneración de su personal o colaboradores claves más costosas como sería un incremento del salario, sobre todo a los inicios de la actividad de la empresa en los que, en general, la empresa dispone de recursos económicos muy limitados.
A la vez que el vesting actúa como una forma de remuneración, también supone un elemento clave para promover la permanencia del beneficiario en la empresa. Tal y como se indicó en el apartado anterior, el período de vesting se establece por un plazo de varios meses o años, de tal forma que el beneficiario será dueño real de estas acciones o participaciones una vez que transcurra el periodo de tiempo indicado. Si el beneficiario abandona antes su puesto, perderá las participaciones no consolidadas y, por consecuencia, sufriría un importante perjuicio. De esta forma, se desincentiva la posible salida de la empresa por parte del beneficiario.
Además, se pueden establecer una serie de objetivos que el beneficiario debe cumplir antes de que se otorgue la plena propiedad sobre las acciones o participaciones.
Siguiendo lo anterior, el establecimiento de un periodo de vesting también sirve como una forma de protección para los socios fundadores de una empresa, ya que evita que los beneficiarios se queden con las acciones o participaciones en los casos en los que el beneficiario decida abandonar el proyecto y/o comience a prestar sus servicios en favor de otra empresa.
En estos casos, dado que el beneficiario no ha adquirido todavía las acciones o participaciones por no haber cumplido con el periodo de vesting, se evita que puedan actuar como socios a pesar de no colaborar con la empresa. Esto es especialmente importante en el caso de las startups, ya que en sus inicios, en los momentos más difíciles, es habitual que algunos de los socios abandonen el proyecto, por lo que su salida de la empresa podría dar lugar a su paralización al no poder adoptar la empresa ciertos acuerdos por falta de quórum (falta de votos suficientes de los socios para poder adoptar acuerdos). Se evita así esta situación injusta para los restantes socios y trabajadores que permanecen en la empresa.
El vesting actúa también como una garantía para la empresa, evitando que aquellas los beneficiarios que abandonen el proyecto en sus inicios puedan tener capacidad de decisión sobre la empresa.
En resumen, gracias al vesting, los socios se aseguran que el beneficiario tiene el verdadero objetivo de centrarse en el negocio y de trabajar de acuerdo con los objetivos de la empresa, evitando el perjuicio que su salida temprana o abandono podría ocasionar al negocio.
El establecimiento de un periodo de vesting en favor de un trabajador se puede acordar en cualquier momento, utilizando alguna de las siguientes vías:
La inclusión de esta cláusula en un pacto de socios permite fijar de forma clara los porcentajes de propiedad que le corresponderán a todos aquellos empleados o colaboradores que colaboren de forma cierta con la empresa.
Una vez acordado por los socios el establecimiento de un periodo de vesting, el siguiente paso es determinar correctamente todos aquellos puntos esenciales para garantizar que el beneficiario cumpla con su obligación de permanecer la empresa. De forma general, se deberá incluir:
En todo caso, las partes disponen de total libertad para acordar las condiciones del vesting. Así, si lo desean, pueden fijar requisitos o condiciones adicionales para consolidar la propiedad de las acciones o participaciones más allá del transcurso del tiempo o la obtención de un objetivo (p. ej. se puede condicionar el vesting a que la empresa consiga la concesión de un contrato público).
El establecimiento de un periodo de vesting supone una forma o vía de remuneración de personal clave de la empresa, permitiendo su entrada como socio, a la vez que se potencia su permanencia en la empresa. El beneficiario solo recibe su remuneración en forma de participaciones si permanece en la empresa y cumple con las condiciones recogidas en el acuerdo de vesting.
La empresa podrá firmar un acuerdo de vesting con uno o varios colaboradores en cualquier momento. En todo caso, es habitual que se recojan este tipo de cláusulas en los pactos de socios, sobre todo al inicio de la actividad de la empresa o startup.