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Mediante una carta de terminación o resolución de arrendamiento del arrendador o propietario de un inmueble (casa, apartamento, habitación, local comercial, etc.), le informa a su arrendatario que se dará fin al arrendamiento y el motivo por el cual éste terminará. Es decir, este documento puede ser utilizado por el arrendador de bienes inmuebles destinados a uso residencial o comercial.
Este documento dará por finalizado el contrato de arrendamiento, por alguno de los motivos que la ley o el contrato contemplan, cabe mencionar que se debe tener identificado el motivo por el cual se ha tomado la decisión de terminar o resolver el contrato.
Los tipos de resolución de arrendamiento, según su motivo pueden dividirse en:
Importante: En el caso de arrendamientos de inmuebles con fines de vivienda o habitación, para que proceda la terminación deberá existir un incumplimiento en el pago de la renta de por lo menos 2 meses y medio.
La diferencia radica en que, en una Carta de resolución de arrendamiento del arrendador, el arrendador solicita dar fin definitivo al vínculo contractual con el empleador. Mientras que, en la Carta de Requerimiento de Pago a inquilino moroso el arrendador no solicita que su vínculo contractual termine sino únicamente que el arrendatario cumpla con su obligación del pago de la renta pactada.
En resumen, la Carta de Resolución de Arrendamiento del arrendador pone fin a la relación contractual, mientras que la Carta de Resolución de Arrendamiento del arrendador únicamente implica un requerimiento formal del pago de la renta.
Sí, es obligatorio enviar una Carta de Resolución de Arrendamiento para tener una constancia de cuándo se envió la carta y desde esa fecha se empiezan a contar los días para la terminación.
Cabe mencionar que en el Perú, el arrendador puede iniciar la terminación del contrato de arrendamiento si el arrendatario no ha pagado la renta del mes anterior y se vence otro mes y además 15 días. Si la renta se pacta por períodos mayores a 2 meses y medio, basta el vencimiento de un solo período y 15 días. Si el alquiler se conviene por períodos menores a 1 mes, basta que venzan 3 períodos consecutivos.
Sin embargo, en el caso de arrendamientos de inmuebles con fines de vivienda o habitación, para que proceda la terminación deberá existir un incumplimiento en el pago de la renta de por lo menos 2 meses y medio.
Esta carta, no está diseñada para una terminación de contrato sino únicamente para requerir un pago atrasado de renta, si el retraso en el pago fuese mayor a 2 meses y medio y se considera dar fin al contrato, se deberá enviar una Carta de resolución de arrendamiento del arrendador.
Es un requisito indispensable haber celebrado previamente un Contrato de Arrendamiento de Inmueble.
Debido a que la Carta de Resolución de Arrendamiento del arrendador es accesoria al Contrato de Arrendamiento, únicamente puede ser firmado por el arrendador del Contrato de Arrendamiento.
Lo que se debe hacer con la Carta de Resolución de Arrendamiento del arrendador dependerá de la forma en la que la entregará al empleador. En ese sentido:
Cuando se trate de una resolución de un Contrato de Arrendamiento Residencial, por haber dado un uso distinto del inmueble, se requerirá adjuntar el acta de constatación policial.
Nota: Una constatación policial es una verificación que realiza la Policía Nacional del Perú (PNP) del distrito donde está ubicado el inmueble mediante la cual se deja constancia escrita del hecho.
No es necesario legalizar la firma del arrendador para que la Carta de Resolución de Arrendamiento del arrendador tenga validez. Sin embargo, cuando el arrendatario se niega a recibir la carta esta puede ser enviada vía notarial.
Los costos involucrados son los costos notariales (cuando se decida enviar notarialmente la carta) los cuales dependerán de la Notaría que hayan elegido para el envío.
Para poder redactar una Carta de Resolución de Arrendamiento del arrendador de forma adecuada, es necesario contar con la siguiente información:
Las normas aplicables son el Código Civil, en específico los artículos 1666 al 1712 del Código Civil, el Código Procesal Civil, el Decreto Legislativo N° 1177 y la Ley N° 30933.
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.
Una guía para ayudarte: ¿Cómo enviar una carta?
País: Perú