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Liquidación por despido sin justa causa

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¿Qué es la liquidación por despido sin justa causa?

La liquidación es un documento en el cual consta el estado de un contrato al momento de su finalización. Para el caso de un contrato de trabajo terminado sin justa causa, la liquidación contiene las obligaciones pendientes de pago al momento de terminación del contrato, tales como salarios, vacaciones, primas, cesantías y otros beneficios que tiene el trabajador durante el desarrollo del contrato de trabajo. Se utiliza para contratos laborales, como los contratos a término indefinido, a término fijo y por obra o labor. No aplica para la terminación de contratos de prestación de servicios.

La liquidación contiene la suma de dinero que se debe pagar al finalizar el contrato, por cuenta de salarios, prestaciones y demás beneficios a los que tenga derecho el trabajador.


¿Cuál es la diferencia entre la carta de despido sin justa causa y la liquidación?

Mientras que la carta por despido sin justa causa se limita a comunicar al trabajador la terminación del contrato, la liquidación contiene la suma de dinero que se le pagará por la terminación del contrato. La carta es un documento que informa de la finalización de la relación laboral y la liquidación es un documento que informa las obligaciones y pagos pendientes al momento de finalización.


¿Es necesario contar con la liquidación?

Si, al terminar el contrato se debe liquidar al trabajador pagándole todas las sumas y beneficios a los que tenga derecho de conformidad con la legislación laboral. No entregar la liquidación o no realizar su pago puede dar lugar a sanciones en contra del empleador.

Frecuentemente la carta de despido sin justa causa y la liquidación se entregan al mismo tiempo.


¿Qué es la indemnización por despido sin justa causa en la liquidación?

Como su nombre lo indica, es un pago que se hace al trabajador para compensarlo o indemnizarlo por despedirlo sin justa causa, es decir, sin que haya una de las situaciones que autoriza la legislación laboral. La indemnización por despido sin justa causa depende de si el trabajador estaba vinculado mediante contrato a término fijo, indefinido o por obra o labor, así:

  • Contrato a término indefinido: cuando el trabajador gane menos de 10 salarios mínimos se pagan 30 días de salario por el primer año trabajado o si trabajó menos que eso, 20 días de salario por los años adicionales y proporcionalmente para el último año. Cuando el trabajador gane de 10 salarios mínimos en adelante, se le pagará 20 días de salario por el primer año o si trabajó menos que eso, 15 días de salario por los años adicionales y proporcionalmente para el último año.
  • Contratos a término fijo: en vez de pagar al trabajador por su antigüedad como en la indemnización del contrato a término indefinido, se le pagan los salarios restantes hasta la fecha de terminación inicialmente pactada en el contrato.
  • Contratos por obra o labor contratada: de manera similar a la indemnización en los contratos a término fijo, al trabajador se le pagan los salarios restantes hasta la fecha de terminación prevista de la obra o labor.


¿Qué hacer después de diligenciar la liquidación?

El empleador debe firmar y entregar la liquidación, ya sea presencial o virtualmente:

  • Presencialmente: el empleador o un representante de este debe imprimir la liquidación, firmar dos copias y entregar una al trabajador. El empleador debe conservar la otra copia firmada por el trabajador como constancia de su entrega.
  • Virtualmente: bastará con el envío de la liquidación, ya sea a través de correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier otro medio digital que permita dejar registro de la comunicación.

Una vez entregada se debe pagar en el menor tiempo posible, toda vez que la legislación laboral no otorga un plazo para realizar tal pago. La práctica general es que la liquidación se pague en los mismos plazos que los salarios en la empresa. La liquidación no requiere ser autenticada para su validez.


¿Qué documentos se deben anexar a la liquidación?

Generalmente la liquidación se entrega junto a la carta de despido del trabajador.


¿Se debe autenticar en notaría la liquidación?

La liquidación no requiere ser autenticada en notaría para su validez.


¿Qué debe contener la liquidación por despido sin justa causa?

Para su validez la liquidación debe contener:

  • Salarios: el salario pendiente de pago al momento de terminación del contrato de trabajo.
  • Vacaciones: vacaciones a las que tiene derecho el trabajador y no han sido disfrutadas, por este. Al terminarse el contrato se debe pagar al trabajador el valor de las vacaciones.
  • Primas: primas que se han generado en favor del trabajador y no han sido pagadas.
  • Cesantías: cesantías que se han generado en favor del trabajador y no han sido pagadas. Si bien las cesantías se consignan a un fondo de cesantías, las que se hayan generado y no hayan sido pagadas al fondo al momento de terminación del contrato deben pagarse directamente al trabajador.
  • Indemnización por despido sin justa causa: la indemnización que corresponda por despedir al trabajador sin justa causa.


¿Qué leyes regulan la liquidación por despido sin justa causa?

La liquidación por despido sin justa causa se halla regulada extensivamente en el Código Sustantivo del Trabajo, especialmente en los artículos 64 y 65 que disponen la indemnización por despido sin justa causa y la obligación de pagar los salarios y prestaciones debidas a cargo del empleador.


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