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Contrato de prestación de servicios

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¿Qué es un contrato de prestación de servicios?

Un contrato de prestación de servicios es un contrato mediante el cual una persona (contratante) contrata a otra (contratista) para que desarrolle alguna labor, tarea o preste un servicio de manera independiente a cambio de un precio. En el contrato de prestación de servicios se especifican las condiciones del servicio a prestar, tales como las labores del contratista, el precio a pagar entre otras.


¿Cuáles son los tipos de contratos de prestación de servicios?

El contrato de prestación de servicios es la forma general de los contratos realizados con quienes trabajan de manera independiente, es decir, aquellos que realizan su actividad económica por cuenta propia. Algunos de los tipos de contratos de prestación de servicios más comunes son:

  • Contrato de obra civil: se usa para contratar los servicios de una persona natural o una jurídica para la realización de algún tipo de obra, como una remodelación o construcción.
  • Contrato de corretaje inmobiliario: se usa para contratar una persona natural que, a cambio de una comisión, promueva el arrendamiento o venta de un inmueble.
  • Contrato de diseño arquitectónico: se usa para contratar los servicios de un arquitecto en el diseño de alguna edificación.

Las actividades que no encajen en alguno de los contratos específicos podrán contratarse a través de este contrato de prestación de servicios.


¿Cuál es la diferencia entre el contrato de prestación de servicios y el contrato de trabajo?

En el contrato de prestación de servicios la persona contratada realiza su trabajo de manera independiente, con sus propios medios y asumiendo el riesgo financiero o comercial. En el contrato de trabajo el trabajador está bajo las constantes órdenes de su empleador y no asume el riesgo financiero o comercial de su actividad. Por ejemplo, un diseñador contratado por prestación de servicios deberá cumplir con el diseño contratado, pero sus horarios de trabajo, las herramientas que usará y la forma de realizarlo serán decisión propia. Por otro lado, un diseñador contratado mediante un contrato de trabajo realizará el trabajo en los horarios, con las herramientas y en la forma que le indique su empleador.


¿Es obligatorio tener un contrato de prestación de servicios?

No, los contratos de prestación de servicios pueden ser tanto escritos como verbales. Sin embargo, la práctica generalizada es que el contrato de prestación de servicios sea escrito, pues de esta forma las obligaciones a cargo del contratista, así como el precio que se le pagará, no están sujetas a controversias o confusiones.


¿Qué está prohibido en el contrato de prestación de servicios?

El contrato de prestación de servicios no se puede usar para vincular personas para realizar labores con los elementos de una relación laboral. Es decir, no se puede usar el contrato de prestación de servicios cuando el servicio contratado requiera la subordinación del contratista. Por ejemplo, no se puede contratar un guardia de seguridad o una empleada de servicio doméstico mediante prestación de servicios.


¿Cuáles son los prerrequisitos del contrato de prestación de servicios?

En caso de que alguna de las partes sea una persona jurídica y dependiendo del valor del contrato, se puede solicitar un certificado de existencia y representación legal. Con este documento se puede tener certeza de que quien firma en nombre de la persona jurídica sí está autorizado para ello y que no existen restricciones al valor que puede contratar.


¿Quién puede ser parte en el contrato de prestación de servicios?

Cualquier persona mayor de edad o personas jurídicas pueden suscribir el contrato de prestación de servicios. En el contrato las partes reciben los siguientes nombres:

  • Contratante: la persona que paga por el servicio.
  • Contratista: la persona que presta el servicio.

En caso de que alguna de las partes sea una persona jurídica el contrato de prestación de servicios deberá ser firmado por su representante legal. Las facultades del representante legal para firmar en nombre de la persona jurídica pueden ser verificadas en el certificado de existencia y representación legal.


¿Cuánto puede durar el contrato de prestación de servicios?

No existen límites mínimos ni máximos a la duración del contrato de prestación de servicios. Si bien se pacta su duración por un tiempo fijo, este puede ser renovado indefinidamente. Así, aún cuando el contrato se pacte a un año o un plazo determinado, si las partes lo desean lo pueden renovar indefinidamente.


¿Qué hacer después de diligenciar el contrato de prestación de servicios?

Una vez diligenciado el contrato de prestación de servicios debe ser firmado por las partes. Dependiendo de la cuantía o valor del contrato puede ser útil su autenticación en notaría, pues la práctica general es que se autentiquen los negocios de alto valor.


¿Qué documentos deben anexarse al contrato de prestación de servicios?

Si la realización del contrato de prestación de servicios estuvo precedida por otro otros documentos, tales como una cotización, oferta comercial o cualquier otro documento en que se hayan establecido otras condiciones del contrato, estos documentos deberán anexarse al contrato de prestación de servicios. Si una alguna de las partes es una persona jurídica, se podrá anexar el certificado de existencia y representación legal como constancia de que su representante se haya autorizado para la firma del contrato de prestación de servicios.


¿Se debe autenticar en notaría el contrato de prestación de servicios?

No, no es necesario autenticar el contrato de prestación de servicios para su validez. Sin embargo, la práctica general es autenticar el contrato de prestación de servicios cuando es de alto valor.


¿Qué debe contener un contrato de prestación de servicios?

Para su validez un contrato de prestación de servicios debe contener:

  • La identificación del contratante y el contratista.
  • El servicio que prestará el contratista.
  • El precio que se pagará por el servicio.
  • El plazo durante el cual se prestará el servicio.


¿Qué leyes regulan el contrato de prestación de servicios?

El contrato de prestación de servicios no se halla regulado o definido de forma específica por alguna ley. Se enmarca dentro de la regulación general de los contratos del Código Civil, artículo 1495 y subsiguientes. Dependiendo del contenido o la naturaleza de las partes al contrato le será aplicable la ley civil o comercial. El Código sustantivo del trabajo en su artículo 34 hace mención de este tipo de contratos para excluirlos del régimen laboral colombiano.


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