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Contrato de Arriendo de Vehículo

Última revisión Última revisión 19/08/2024
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¿Qué es un contrato de arriendo de vehículo?

El contrato de arriendo de vehículo permite a una persona, ya sea natural o jurídica, denominada arrendador, ceder el uso de vehículo a otra persona natural o jurídica, denominada arrendatario, quien pagará por este uso una cantidad estipulada entre ambos de manera mensual. El vehículo que se da en arriendo puede tratarse, por ejemplo, de un automóvil, moto, bicicleta, entre otros.


¿Qué tipo de vehículos se pueden entregar en arriendo?

El contrato de arriendo sirve para entregar el uso de cualquier tipo de vehículo, es decir, de bienes que permiten el transporte o movilización de un lugar a otro por vía terrestre.

En concreto, se distinguen en este contrato 3 tipos de vehículos:

  • Vehículo motorizado que circula en calles y caminos públicos, inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, del Servicio de Registro Civil e Identificación (ej. automóvil).
  • Carro, remolque o semirremolque, inscrito en el Registro Especial de Remolques y Semirremolques del mismo Servicio, o en alguno de los Registros Municipales de Carros y Remolques del país.
  • Vehículo no motorizado (ej. bicicleta) o que siendo motorizado no circula por calle o caminos públicos (ej. cuatrimoto), que no debe ser inscrito en ningún registro especial.


¿Cuáles son los distintos tipos de contrato de arriendo?

Existen contratos de arriendo destinados a entregar el uso de otros bienes muebles:

Asimismo, existen distintos contratos de arriendo de inmuebles, entre los que se encuentran:


¿Cuál es la diferencia entre el contrato de arriendo de vehículo y el préstamo o la compraventa de vehículo?

La principal diferencia entre el contrato de arriendo de vehículo y el préstamo, recae la renta que se paga por el uso del vehículo. Si la persona que recibirá el vehículo no pagará a la dueña un precio o renta por su uso, corresponde celebrar contrato de préstamo de bienes.

En cuanto a la compraventa de vehículos, en ella se entrega el dominio del vehículo a cambio de un precio y la compradora se convierte en dueña de él. Si se desea vender un vehículo, se debe celebrar un contrato de compraventa de vehículo.


¿Es obligatorio redactar un contrato de arriendo de vehículo?

No es obligatorio redactar un contrato de arriendo de vehículo, esto debido a que los contratos de palabra son válidos. Sin embargo, se recomienda que exista un contrato por escrito para la seguridad del arrendador y el arrendatario. En los casos donde no existe un documento por escrito, se dificulta probar que existen obligaciones entre las partes.


¿Qué garantías existen en un contrato de arriendo de vehículo?

Para garantizar el cumplimiento oportuno y total de las obligaciones establecidas en un contrato de arriendo de vehículo, las partes pueden pactar ciertas garantías para estos fines, entre ellas:

  • Garantía en dinero: Esta garantía corresponde a una suma de dinero que entrega el arrendatario al arrendador para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de la primera, como por ejemplo, mantener en buen estado de conservación al vehículo.
  • Aval: El aval corresponde a una persona distinta al arrendatario que se responsabiliza de responder por el pago de la renta y las demás obligaciones del arrendatario en este contrato, si este no las cumple.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que el contrato de arriendo de vehículo esté listo?

Una vez que el contrato de arriendo de vehículo esté listo, deberá ser firmado por el arrendador y el arrendatario. Se deben firmar al menos dos copias de este contrato, de modo que cada parte conserve una de ellas.

En el caso de que las partes actúen representadas, corresponderá a sus representantes firmar el contrato de arriendo de vehículo.

Bastará con las firmas de las partes para que este contrato sea válido y no será necesario celebrarlo ante notario.

Asimismo, si las partes así lo han acordado, pueden otorgar como anexo al contrato de arriendo de vehículo, un inventario, donde se deja constancia de los diferentes enseres o muebles que se encuentran dentro del vehículo entregado en arriendo.


¿Qué documentos deben acompañarse al contrato de arriendo de vehículo?

En el caso de que las partes hayan acordado dejar constancia de los bienes que se encuentran dentro del vehículo al momento de celebrar el contrato de arriendo, se debe acompañar un inventario de bienes muebles anexo al contrato de arriendo.


¿Es necesario otorgar el contrato de arriendo de vehículo ante notario?

El contrato de arriendo de vehículo no se debe otorgar ante un Notario Público para que tenga validez. Sin embargo, las partes pueden celebrar este contrato ante notario, lo que le otorga presunción de veracidad y, además, entrega seguridad respecto a la identidad de las personas que firman el documento.


¿Qué debe contener el contrato de arriendo de vehículo?

El contrato de arriendo de vehículo debe contar con la siguiente información:

  • Identificación del arrendador y del arrendatario: Indicando el nombre o razón social, domicilio y RUT o cédula de identidad.
  • Fecha y lugar de entrega en arriendo del vehículo: Se refiere al lugar y momento en que se hace entrega del vehículo en arriendo.
  • Monto y la forma de pago de la renta de arriendo: El valor que se pagará en renta por el vehículo.
  • Duración del arriendo: El tiempo de extensión por el cual se cede el uso del vehículo.
  • Destino de uso del vehículo: La forma en que se utilizará el vehículo.
  • Estado de conservación del vehículo: El estado en que se recibió y se entregará el vehículo.

Adicionalmente, es posible agregar cláusulas que especifiquen otros acuerdos, por ejemplo:

  • Si se atribuyen los gastos al arrendatario o al arrendador.
  • Si existen garantías para el cumplimiento de las obligaciones por la arrendataria, por ejemplo, constituir un aval.
  • Si se contrató un seguro.
  • Si el arrendador autoriza o no el subarriendo del vehículo
  • Si se acompaña como anexo un inventario de los bienes que se encuentran dentro del vehículo y su estado.


¿Cuál es la normativa aplicable al contrato de arriendo de vehículo?

El contrato de arriendo es regulado por el Código Civil en su título XXVI denominado "del contrato de arrendamiento".


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