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Última revisión: 04/11/2024
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Completar el modeloEl contrato de compraventa de vehículo, también llamado contrato de transferencia de dominio de vehículo, es un contrato celebrado entre dos partes por medio de la cual una de ellas, denominada vendedor, entrega el dominio que tiene sobre un vehículo determinado a la otra, denominada comprador, quien le paga por ello en dinero.
En este caso, el contrato de compraventa de vehículo podrá ser utilizado para la venta de vehículos usados, cuando estos sean motorizados y circulen en calles y caminos públicos o carros, remolques y semirremolques usados, como también para vehículos usados o nuevos, no motorizados o que siendo motorizados no circulen por calles o caminos públicos.
El contrato de compraventa de vehículo sirve para entregar el uso de cualquier tipo de vehículo, es decir, de bienes que permiten el transporte o movilización de un lugar a otro por vía terrestre.
En concreto, se distinguen en este contrato 3 tipos de vehículos:
Existen contratos de compraventa destinados a la venta de distintos bienes, entre ellos:
En este caso, podrá celebrar este contrato de compraventa de vehículo, un vendedor que sea dueño de un vehículo usado, cuando se trate de un vehículo motorizado que circula en calles y caminos públicos, tal como un automóvil o camión, o de un carro, remolque o semirremolque usado.
Será posible celebrar un contrato de compraventa cuando el vendedor sea dueño de un vehículo nuevo o usado, en el caso de que se trate de un vehículo no motorizado, como una bicicleta, o que, siendo motorizado, no circule por calles o caminos públicos, por ejemplo, una cuatrimoto.
Una vez que el contrato de compraventa de vehículo esté listo, deberá ser firmado por el vendedor y comprador. Las partes deberán concurrir al Notario Público para otorgar este contrato, ya sea como escritura pública o documento privado autorizado por notario.
En el caso de que las partes actúen representadas, corresponderá a sus representantes firmar el contrato de compraventa de vehículo.
Adicionalmente, se requiere la inscripción de este contrato de compraventa de vehículo en los registros que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificación o Registros Municipales de Carros y Remolques correspondientes a las Municipalidades.
En el caso de los vehículos cuya compraventa deba ser inscrita en alguno de los registros que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificación, el vendedor tiene que exhibir al Notario Público y poner a disposición del comprador los siguientes documentos:
El contrato de compraventa de vehículo debe ser otorgado ante Notario, por esto, el comprador y vendedor que firmarán este contrato deben concurrir al despacho de cualquier Notario Público.
Este contrato se podrá otorgar de las siguientes maneras:
El Notario Público o Ministro de Fe que autorice este contrato, requerirá la inscripción en alguno de los Registros que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificación dentro del plazo de 30 días desde que se celebre el contrato de compraventa de vehículo, a costa del comprador.
Si se trata de vehículos cuya compraventa deba ser inscrita en alguno de los Registros Municipales de Carros y Remolques del país, la Municipalidad que lleve el Registro donde se inscribirá el vehículo puede otorgar más información sobre cómo formalizar la inscripción.
Los costos asociados al contrato de compraventa de vehículo son relacionados con impuestos. Se debe pagar el impuesto a la compraventa en una institución bancaria o en la Tesorería General de la República. El impuesto corresponde al 1,5 % del precio de la venta, que, solo para efectos de calcular el impuesto, no puede ser inferior al avalúo fiscal del vehículo.
En el caso de los vehículos destinados al transporte de pasajeros o de carga ajena, se tiene que completar el Formulario 1816 del Servicio de Impuestos Internos, denominado Aviso de Venta de Vehículo.
El contrato de compraventa de vehículo debe contar con la siguiente información:
Además, se debe incluir la información relativa al vehículo que es objeto de la compraventa, teniendo en cuenta el tipo de vehículo:
Se aplican las normas del Código Civil relativas al contrato de compraventa, que son las normas generales relativas a la compraventa. También del Código Civil resultan aplicables las normas sobre contratos en general y las normas sobre el pago.
Las normas de la Ley de Tránsito, se aplican en cuanto dispone que un reglamento regulará las menciones que debe contener la inscripción de los vehículos motorizados y que establece el plazo de 30 días para efectuar la inscripción de la transferencia del vehículo, a costa del comprador. También en cuanto incorpora en su estructura las normas que crean el Registro Nacional de Transporte de Carga Terrestre, que crea, a su vez, el Registro Especial de Remolques y Semirremolques y establece menciones especiales para la inscripción de camiones y tractocamiones cuyo peso vehicular neto es igual o superior a los 3.860 kilogramos.
El Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados y el Reglamento del Registro Especial de Remolques y Semirremolques contienen las menciones que solicita el Registro Civil para efectuar las inscripciones, y en que al igual que la Ley del Tránsito se establecen como presunción simplemente legal de dominio de un vehículo su inscripción en el respectivo Registro. También resultan aplicables las normas de la Ley Sobre Registro Civil.
Por su parte, el Reglamento de Registro Municipal de Carros y Remolques, describe las características que debe tener el vehículo para su correcta inscripción.
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Guías para ayudarte
Contrato de Compraventa de Vehículo - Modelo Word y PDF
País: Chile