CONTRATO DE COMODATO
Este contrato de comodato (en adelante el "Contrato") se celebra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha ________ entre las siguientes partes (en conjunto las "Partes" e individualmente cada "Parte"):
________, DNI: ________ y domicilio físico en: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de ahora en adelante el "Comodante".
Por la otra, ________, DNI: ________ y domicilio físico en: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de ahora en adelante el "Comodatario".
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO
1.1. En este acto, el Comodante da en comodato al Comodatario, y este recibe en conformidad, lo siguiente (de ahora en adelante la "Cosa Prestada"):
________
CLÁUSULA SEGUNDA.- PLAZO
2.1. Este Contrato estará vigente desde el día de la fecha, y finalizará de pleno derecho, y sin necesidad de notificación judicial o extrajudicial alguna, el día ________.
2.2. Al vencimiento del Contrato, o cuando este finalizara por el motivo que fuera, el Comodatario deberá restituir la Cosa Prestada y cualquier documentación que hubiera sido entregada con ella, en perfecto estado de conservación y funcionamiento, sin obligaciones impagas por gastos que estuvieran a su cargo. En caso de incumplimiento, las Partes convienen una multa de $________ (________), equivalente a un 5% del valor de la Cosa Prestada, por cada día de retraso y hasta la efectiva entrega de la Cosa Prestada en las condiciones acordadas al Comodante.
2.3. En ningún caso se podrá interpretar la reconducción o prórroga tácita de este Contrato. Sin embargo, las Partes podrán prorrogarlo por el plazo que acuerden, siempre que lo hagan de manera expresa y por escrito en una fecha anterior a la finalización del plazo pactado.
CLÁUSULA TERCERA.- USO DE LA COSA
3.1. La Cosa Prestada podrá ser utilizada exclusivamente por el Comodatario, quedando prohibida toda transmisión parcial o total, transitoria o permanente, gratuita u onerosa de los derechos derivados del presente contrato. Sin embargo, el Comodante podrá ceder a cualquier tercero su posición contractual en el presente Contrato, lo que deberá notificar fehacientemente al Comodatario.
3.2. El Comodatario asume todos los gastos ordinarios que deban ser realizados para el correcto uso y mantenimiento de la Cosa Prestada en buen estado de conservación. A su vez, asume a su cargo todos los gastos que fueran necesarios para restituir al Comodante la Cosa Prestada. Dicha restitución se hará en el domicilio del Comodante indicado en este Contrato.
3.3. El Comodatario podrá dar a la Cosa Prestada cualquier uso o finalidad que sea razonable y habitual en función de la naturaleza de la misma, siempre y cuando no sea ilegal, contrario a otras previsiones del presente Contrato o pueda causar su pérdida total o parcial.
CLÁUSULA CUARTA.- REPARACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA COSA PRESTADA
4.1. En caso de pérdida total o parcial de la Cosa Prestada, por causas imputables al Comodatario o a sus agentes y/o dependientes, éste debe abonar al Comodante la suma de $________ (________).
4.2. En caso de deterioro total o parcial de la Cosa Prestada, por causas imputables al Comodatario o a sus agentes y/o dependientes, éste deberá afrontar los gastos de su reparación, sin perjuicio de la multa acordada en la cláusula "PLAZO" y el derecho del Comodante a accionar por daños y perjuicios.
CLÁUSULA QUINTA.- INDEMNIDAD DEL COMODANTE
5.1. El Comodatario mantendrá indemne al Comodante de todo daño y/o perjuicio que pudiere sufrir directa o indirectamente por el uso, tenencia, manipulación, o cualquier otra causa derivada de la Cosa Prestada. Esto incluye también cualquier obligación dineraria que surja en cabeza del Comodatario derivado de este contrato o la Cosa Prestada, o que se derive de cualquier incumplimiento del Comodatario de las previsiones de este Contrato.
CLÁUSULA SEXTA.- INSPECCIÓN DE LA COSA PRESTADA
6.1. El Comodatario deberá permitir la inspección de la Cosa Prestada por el Comodante (o quien este autorice por escrito) cuando resultare necesario o conveniente para que el Comodante pueda cumplir una obligación propia o comprobar el cumplimiento de una obligación del Comodatario en relación a la Cosa Prestada.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- 8558258588 8558285588 852 88858858
7.1. Este 82225522 82 528288255 52 28222 5252852 88 28 822255222 282588255 28882552 225 85 85585 852 25252 5 58822225 2 555 22 82858822 85 8285 25282555. 52 2822 8582, 528255 222828855 58 82225525582 52 2825 882558822, 85822 528255 528282585 85 8285 25282555 522252 528 28522 852 82 2825882285 22 58855 222828858822.
7.2. Asimismo, 2822 82225522 82 528288255 52 28222 5252852 22 8582 52 2588288282222 528 822255222 2 528 82225525582.
CLÁUSULA OCTAVA.- 5522888 8 85885 285585
8.1. Las 255228 8222525552 225 82558 28 2522 52 828 258228 852 855252 225 85585 52 85 82828558822 52 2822 82225522, 8288522252 85 8252828858822 52 285258 (88 582555552 5258825582) 2 52 2252 8288552 2 25858 5288558 82885558522222 5 85 552258555 2588885 8222222222.
8.2. Si 8558858255 52 858 255228 252555 588528 258228 22 258282 52 85 5282282885 2258822 82222522 58 2555522 52225825, 528255 825 52228288555 225 85 2255 25522 5 85 85282555 822255 85 2558888822 528 82225285222 25828258 52 58852 2522 22 28 522888882 52 5852885 852 2522, 2 225 2552822522885 2 52228822 85285582, 82252 82 852 858 255228 58525522 22 28 2222222 22252522.
CLÁUSULA NOVENA.- JURISDICCIÓN
9.1. Para todos los reclamos que surjan con motivo u ocasión del presente Contrato, serán competentes los Tribunales correspondientes en razón de la materia del territorio donde se halla el domicilio del Comodante, renunciando las Partes expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.
9.2. A todos los efectos legales, el presente Contrato se rige exclusivamente por las leyes de la República Argentina y especialmente por el Código Civil y Comercial de la Nación.
CLÁUSULA DÉCIMA.- VALIDEZ
10.1. La invalidez sobreviniente de una o más cláusulas del presente Contrato, no imputable a alguna o ambas Partes, no afectará la validez de las restantes cláusulas. Sin embargo, si la invalidez afectare a la totalidad del Contrato o a una o más cláusulas consideradas esenciales por las Partes, estas podrán acordar la resolución de este Contrato.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA.- DOMICILIOS ESPECIALES
11.1. Las Partes constituyen, a todos los efectos legales derivados de este Contrato, domicilios especiales en los domicilios físicos indicados en el encabezamiento del presente, donde se tendrán por válidas, vinculantes y produciendo todos los efectos jurídicos correspondientes todas las comunicaciones, citaciones, intimaciones, reclamos, interpelaciones o notificaciones, judiciales o extrajudiciales, que deban ser cursadas entre los firmantes de este Contrato. Los domicilios especiales no podrán ser modificados sin previa notificación por medio fehaciente a la otra Parte.
11.2. La negativa a recibir cualquier tipo de notificación o comunicación o el no perfeccionamiento de la misma por cualquier motivo no obstará a la eficacia establecida en el párrafo anterior.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA.- EJEMPLARES
12.1. El presente Contrato es suscripto por ambas Partes en 2 (dos) ejemplares originales de igual tenor y efecto, para ser conservado uno por cada una de ellas.
Comodante:
____________________
Aclaración: ________ (DNI: ________).
Comodatario:
____________________
Aclaración: ________ (DNI: ________).
CONTRATO DE COMODATO
Este contrato de comodato (en adelante el "Contrato") se celebra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha ________ entre las siguientes partes (en conjunto las "Partes" e individualmente cada "Parte"):
________, DNI: ________ y domicilio físico en: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de ahora en adelante el "Comodante".
Por la otra, ________, DNI: ________ y domicilio físico en: ________, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de ahora en adelante el "Comodatario".
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO
1.1. En este acto, el Comodante da en comodato al Comodatario, y este recibe en conformidad, lo siguiente (de ahora en adelante la "Cosa Prestada"):
________
CLÁUSULA SEGUNDA.- PLAZO
2.1. Este Contrato estará vigente desde el día de la fecha, y finalizará de pleno derecho, y sin necesidad de notificación judicial o extrajudicial alguna, el día ________.
2.2. Al vencimiento del Contrato, o cuando este finalizara por el motivo que fuera, el Comodatario deberá restituir la Cosa Prestada y cualquier documentación que hubiera sido entregada con ella, en perfecto estado de conservación y funcionamiento, sin obligaciones impagas por gastos que estuvieran a su cargo. En caso de incumplimiento, las Partes convienen una multa de $________ (________), equivalente a un 5% del valor de la Cosa Prestada, por cada día de retraso y hasta la efectiva entrega de la Cosa Prestada en las condiciones acordadas al Comodante.
2.3. En ningún caso se podrá interpretar la reconducción o prórroga tácita de este Contrato. Sin embargo, las Partes podrán prorrogarlo por el plazo que acuerden, siempre que lo hagan de manera expresa y por escrito en una fecha anterior a la finalización del plazo pactado.
CLÁUSULA TERCERA.- USO DE LA COSA
3.1. La Cosa Prestada podrá ser utilizada exclusivamente por el Comodatario, quedando prohibida toda transmisión parcial o total, transitoria o permanente, gratuita u onerosa de los derechos derivados del presente contrato. Sin embargo, el Comodante podrá ceder a cualquier tercero su posición contractual en el presente Contrato, lo que deberá notificar fehacientemente al Comodatario.
3.2. El Comodatario asume todos los gastos ordinarios que deban ser realizados para el correcto uso y mantenimiento de la Cosa Prestada en buen estado de conservación. A su vez, asume a su cargo todos los gastos que fueran necesarios para restituir al Comodante la Cosa Prestada. Dicha restitución se hará en el domicilio del Comodante indicado en este Contrato.
3.3. El Comodatario podrá dar a la Cosa Prestada cualquier uso o finalidad que sea razonable y habitual en función de la naturaleza de la misma, siempre y cuando no sea ilegal, contrario a otras previsiones del presente Contrato o pueda causar su pérdida total o parcial.
CLÁUSULA CUARTA.- REPARACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA COSA PRESTADA
4.1. En caso de pérdida total o parcial de la Cosa Prestada, por causas imputables al Comodatario o a sus agentes y/o dependientes, éste debe abonar al Comodante la suma de $________ (________).
4.2. En caso de deterioro total o parcial de la Cosa Prestada, por causas imputables al Comodatario o a sus agentes y/o dependientes, éste deberá afrontar los gastos de su reparación, sin perjuicio de la multa acordada en la cláusula "PLAZO" y el derecho del Comodante a accionar por daños y perjuicios.
CLÁUSULA QUINTA.- INDEMNIDAD DEL COMODANTE
5.1. El Comodatario mantendrá indemne al Comodante de todo daño y/o perjuicio que pudiere sufrir directa o indirectamente por el uso, tenencia, manipulación, o cualquier otra causa derivada de la Cosa Prestada. Esto incluye también cualquier obligación dineraria que surja en cabeza del Comodatario derivado de este contrato o la Cosa Prestada, o que se derive de cualquier incumplimiento del Comodatario de las previsiones de este Contrato.
CLÁUSULA SEXTA.- INSPECCIÓN DE LA COSA PRESTADA
6.1. El Comodatario deberá permitir la inspección de la Cosa Prestada por el Comodante (o quien este autorice por escrito) cuando resultare necesario o conveniente para que el Comodante pueda cumplir una obligación propia o comprobar el cumplimiento de una obligación del Comodatario en relación a la Cosa Prestada.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- 8558258588 8558285588 852 88858858
7.1. Este 82225522 82 528288255 52 28222 5252852 88 28 822255222 282588255 28882552 225 85 85585 852 25252 5 58822225 2 555 22 82858822 85 8285 25282555. 52 2822 8582, 528255 222828855 58 82225525582 52 2825 882558822, 85822 528255 528282585 85 8285 25282555 522252 528 28522 852 82 2825882285 22 58855 222828858822.
7.2. Asimismo, 2822 82225522 82 528288255 52 28222 5252852 22 8582 52 2588288282222 528 822255222 2 528 82225525582.
CLÁUSULA OCTAVA.- 5522888 8 85885 285585
8.1. Las 255228 8222525552 225 82558 28 2522 52 828 258228 852 855252 225 85585 52 85 82828558822 52 2822 82225522, 8288522252 85 8252828858822 52 285258 (88 582555552 5258825582) 2 52 2252 8288552 2 25858 5288558 82885558522222 5 85 552258555 2588885 8222222222.
8.2. Si 8558858255 52 858 255228 252555 588528 258228 22 258282 52 85 5282282885 2258822 82222522 58 2555522 52225825, 528255 825 52228288555 225 85 2255 25522 5 85 85282555 822255 85 2558888822 528 82225285222 25828258 52 58852 2522 22 28 522888882 52 5852885 852 2522, 2 225 2552822522885 2 52228822 85285582, 82252 82 852 858 255228 58525522 22 28 2222222 22252522.
CLÁUSULA NOVENA.- JURISDICCIÓN
9.1. Para todos los reclamos que surjan con motivo u ocasión del presente Contrato, serán competentes los Tribunales correspondientes en razón de la materia del territorio donde se halla el domicilio del Comodante, renunciando las Partes expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.
9.2. A todos los efectos legales, el presente Contrato se rige exclusivamente por las leyes de la República Argentina y especialmente por el Código Civil y Comercial de la Nación.
CLÁUSULA DÉCIMA.- VALIDEZ
10.1. La invalidez sobreviniente de una o más cláusulas del presente Contrato, no imputable a alguna o ambas Partes, no afectará la validez de las restantes cláusulas. Sin embargo, si la invalidez afectare a la totalidad del Contrato o a una o más cláusulas consideradas esenciales por las Partes, estas podrán acordar la resolución de este Contrato.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA.- DOMICILIOS ESPECIALES
11.1. Las Partes constituyen, a todos los efectos legales derivados de este Contrato, domicilios especiales en los domicilios físicos indicados en el encabezamiento del presente, donde se tendrán por válidas, vinculantes y produciendo todos los efectos jurídicos correspondientes todas las comunicaciones, citaciones, intimaciones, reclamos, interpelaciones o notificaciones, judiciales o extrajudiciales, que deban ser cursadas entre los firmantes de este Contrato. Los domicilios especiales no podrán ser modificados sin previa notificación por medio fehaciente a la otra Parte.
11.2. La negativa a recibir cualquier tipo de notificación o comunicación o el no perfeccionamiento de la misma por cualquier motivo no obstará a la eficacia establecida en el párrafo anterior.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA.- EJEMPLARES
12.1. El presente Contrato es suscripto por ambas Partes en 2 (dos) ejemplares originales de igual tenor y efecto, para ser conservado uno por cada una de ellas.
Comodante:
____________________
Aclaración: ________ (DNI: ________).
Comodatario:
____________________
Aclaración: ________ (DNI: ________).
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