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Última revisión: 27/09/2024
Formatos disponibles: Word y PDF
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Completar el modeloEs un contrato que permite a una persona o entidad dar en alquiler uno o más espacios de estacionamiento ("locador") a otra, para que esta última estacione su o sus vehículos, a cambio del pago de un alquiler ("locatario"), por cualquier plazo de tiempo no inferior a 1 día, ya que el estacionamiento por hora se rige por otras normas legales.
La finalidad de este contrato es establecer las condiciones bajo las cuales el locatario podrá utilizar el espacio de estacionamiento durante el período de tiempo establecido. Los vehículos que se pueden designar en este contrato son todos aquellos que contempla la Ley de Tránsito, tales como automóviles, bicicletas, camiones, camionetas, motocicletas, etc.
Dado que existen distintos tipos de alquileres, deberá utilizarse un contrato adaptado para cada caso particular:
En caso de que se desee alquilar un inmueble con destino para vivienda o comercial que además tiene un espacio de estacionamiento, no deberá usarse este contrato sino el contrato de alquiler de vivienda o comercial correspondiente.
Es importante distinguir el contrato de alquiler de cochera (como lo es este contrato), con el contrato de depósito o contrato de garaje por hora.
En este contrato de alquiler de cochera, el dueño del vehículo no entrega la posesión o custodia del mismo al dueño del espacio de estacionamiento, sino que por el contrario recibe el derecho de usar libremente un determinado espacio de estacionamiento en el inmueble de este. De esta manera, el locatario mantiene el control y la posesión de su vehículo en todo momento, por lo que el dueño del inmueble donde está estacionado no se hará responsable por los daños que sufra el vehículo (siempre que no fueran ocasionados por este). Generalmente el locatario no tendrá horarios que cumplir, tendrá elementos de accesos al estacionamiento (llaves o control del portón) y se pactará un precio semanal o mensual.
Por el contrario, en el contrato de garaje por hora el propietario del establecimiento se hace cargo del vehículo y es responsable de su seguridad y protección. Este es en realidad un contrato de depósito, por el que el depositante (dueño del vehículo) confía el cuidado de su vehículo en el dueño del estacionamiento y por lo tanto este último es responsable por cualquier cosa que suceda con el vehículo. El depositante deberá observar los horarios del estacionamiento y el precio por hora o por estadía que el mismo disponga unilateralmente.
Sí, por ley es obligatorio realizar el Contrato de Alquiler de Cochera por escrito. Por lo tanto, no se puede hacer un contrato de este tipo solamente "de palabra" o verbalmente, ya que no tendrá ningún tipo de validez.
No está permitido alquilar un espacio de estacionamiento por hora, o por un plazo inferior a un día, ya que ese tipo de estacionamiento se rige por otras normas legales.
Por ley las partes de este contrato son 2:
Este contrato puede durar cualquier cantidad de tiempo, siempre que sea superior a 1 día e inferior a 50 años.
Completado este contrato sin datos en blanco, deberá ser impreso en 2 copias originales y firmadas cada una de ellas con firma manuscrita por ambas partes. Cada parte conservará una copia. Si bien no es requerido por ley, las partes podrán decidir firmar el contrato ante un escribano público para que certifique sus firmas.
Alternativamente podrá mantenerse en su versión electrónica y ser firmados con firma digital (pero no simplemente firma electrónica).
No, los contratos de alquiler firmados a partir del 29 de diciembre de 2023 ya no necesitan ser registrados ante la AFIP. Sin embargo, si el locador lo desea, podrá declararlo en el sitio web de dicha entidad.
Los costos que finalmente deberán abonarse por la firma de un contrato de alquiler dependerán de cada caso particular:
Para completar este documento se deberán indicar datos relativos a lo siguiente:
Este contrato se rige por el Capítulo 4 del Título IV, Libro Tercero, artículo 1187 en adelante, del Código Civil y Comercial de la Nación.
La registración del contrato ante AFIP dejó de ser obligatoria con la derogación de la ley nacional N°27.551 por el artículo 249 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de diciembre de 2023, sin perjuicio de que siga siendo posible registrarlo de forma voluntaria dado que la Resolución General 4933/2021 de la AFIP mantiene su vigencia.
Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Podés modificarlo y volver a utilizarlo.
Guías para ayudarte
Contrato de Alquiler de Cochera - Modelo (Word y PDF)
País: Argentina