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Esta Declaración Jurada de Beneficiario Final de Persona Jurídica puede ser utilizada por una persona declarante para dejar constancia escrita de su calidad de beneficiario final de una determinada entidad y así cumplir con la legislación nacional sobre prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo y otras actividades ilegales ("Ley Antilavado").
Es cada persona o entidad privada, pública o semipública (nacional, provincial o municipal) que debe informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) las operaciones sospechosas de las que tome conocimiento al firmar o revisar un Contrato Reportable durante el ejercicio de su profesión, actividad o función. Son Contrato Reportables aquellos que determinadas personas o entidades, por su profesión, actividad o función, firman como parte (por ejemplo, un contrato de fideicomiso o de constitución de sociedad anónima), o aquellos que el Sujeto Obligado como autoridad pública debe aprobar, inscribir, registrar, etc. (por ejemplo, un contrato de transferencia de fondo de comercio o de compraventa de inmueble). Es al Sujeto Obligado a quien se debe presentar esta declaración jurada.
Entre otras, puede ser un escribano público, un contador público, un abogado, una entidad financiera autorizada por el Banco Central, un organismo a cargo de un registro público (por ejemplo, el de Comercio para inscribir sociedades comerciales o el de Automotores para inscribir las transferencias de vehículos) o un fiduciario en cualquier tipo de fideicomiso.
A fin de detectar operaciones sospechosas, es necesario conocer la identidad de cada persona que podría obtener un beneficio económico de un Contrato Reportable y, en consecuencia, debe ser considerada "beneficiario final" del mismo.
Siempre el beneficiario final es una o más personas humanas y no pueden serlo las personas jurídicas o entidades. Dependiendo de las circunstancias, cada persona que tiene la calidad de "beneficiario final" puede ser alternativamente:
Si hay una o más personas que tienen la calidad de beneficiarios finales entonces deben firmar declaraciones juradas individuales por sí mismas. De no haber ninguna persona que tenga la calidad de "beneficiario final" se debe considerar que el representante legal de la entidad firmante de un Contrato Reportable (por ejemplo, el presidente del consejo de administración tratándose de una cooperativa) es el "beneficiario final" y, en consecuencia, debe firmar la declaración jurada por sí mismo.
Si la entidad en función de la cual se firma esta declaración jurada es una agrupación de colaboración, un consorcio de cooperación, un fideicomiso ordinario o financiero, un fondo de inversión, un patrimonio de afectación (tiempo compartido, cementerio privado, etc.), una unión transitoria o de otro tipo que está compuesta por otras entidades (sociedades, asociaciones, etc.), es decir, que son parte del contrato o documento por el que se creó esa entidad, entonces junto con la declaración jurada en relación con esta entidad declarada, debe presentarse también una declaración jurada en relación con cada entidad que es parte de dicho contrato o documento, según corresponda.
La persona declarante debe firmar la declaración jurada cuando se lo solicita el Sujeto Obligado. La solicitud debe hacerse o bien simultáneamente con la firma del Contrato Reportable (si el Sujeto Obligado voluntariamente lo firma) o bien con la presentación del Contrato Reportable al Sujeto Obligado (si por ley no debe firmarlo pero sí revisarlo).
La declaración jurada debe ser escrita. Según indique el Sujeto Obligado a la persona declarante, puede ser documentada en papel común o en una escritura pública redactada por un escribano público.
Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos e información, entre otros:
Una vez finalizada esta Declaración Jurada de Beneficiario Final de Persona Jurídica debe ser presentada de la manera solicitada por el Sujeto Obligado. De tal manera, según lo indicado por el Sujeto Obligado, puede ser:
Si la persona que tiene la calidad de beneficiario final fuera menor de edad no emancipada o tuviera su capacidad restringida por orden judicial, deberá firmar esta declaración jurada su padre y/o madre con responsabilidad parental, o quien hubiera sido designado como su tutor, curador o apoyo, según cada caso.
Esta Declaración Jurada de Beneficiario Final de Persona Jurídica se rige por las disposiciones de la Resolución N° 112/2021 y modificatorias de la Unidad de Información Financiera.
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País: Argentina