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Reparto de derechos para coautores

Última revisión Última revisión 25/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 25/09/2024

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La hoja de reparto de derechos para coautores (split sheet en inglés) es un acuerdo entre los distintos coautores que establece en qué porcentaje participó cada uno de ellos en la composición y elaboración de una obra musical. Se debe crear un "split-sheet" por cada obra musical que se cree con varias autores, y siempre antes de enviarlo a un tercero para que se publique comercialmente. Por tanto, cada vez que se trabaje junto a otro autor, se tendrá que determinar qué porcentaje de autoría posee cada uno para así saber qué royalties (regalías) de composición recibirá cada autor en el futuro.

Esta información sirve como evidencia escrita de la propiedad de los derechos de autor y garantizará a terceros que no hay disputas sobre la distribución de los royalties. Además, en caso de que haya discrepancia en la división (ej. el porcentaje es igual a más del 100%), los royalties se bloquearán hasta que se llegue a un acuerdo.

¿Qué es un royalty?

Un royalty, también denominado regalía en español, es una cantidad de dinero que reciben los los cantantes, autores, compositores, editoriales y otros propietarios de los derechos de autor por el uso de su propiedad intelectual. La industria de la música se apoya en estas regalías como una forma primaria de pago para los músicos. En otras palabras, es la comisión que recibe un músico por cada canción o disco vendido, y suele oscilar entre el 8% y el 15%.


Es importante recalcar que una hoja de reparto no tiene que ver con los derechos de autor ni es un sustituto. La Ley de Propiedad Intelectual concede a cualquier creador de una obra original una serie de derechos, denominados derechos de autor, y reconoce y garantiza la autoría de una creación sin necesidad de que se registre en ningún registro en España.

Si lo que se desea son contratos musicales de cesión de derechos de autor, los siguientes contratos pueden ser de ayuda:

  • Contrato de composición musical para obras audiovisuales: el compositor se compromete a componer una canción original o un jingle comercial original para incluirlo en una producción audiovisual. Por tanto, en caso de que lo que se necesita es utilizar una canción ya existente a una obra audiovisual, el contrato de cesión de derechos de autor se encuentra mejor adaptado.
  • Contrato discográfico: acuerdo entre una compañía discográfica y un artista mediante el cual este último autoriza al primero a fijar su interpretación musical, y le cede en exclusiva los derechos de reproducción, comunicación pública y distribución de sus grabaciones a cambio de obtener una remuneración (royalties).
  • Contrato de edición musical: el artista cede el derecho de reproducir su obra y el derecho de distribuirla al editor, a cambio de una compensación económica.


¿Cómo utilizar el documento?

Es recomendable que la hoja de reparto se pacte por escrito para evitar futuras controversias entre los coautores. Este modelo permite prever de forma escrita todos los aspectos claves de una hoja de reparto como son el título, género y duración de la canción, el número de coautores que han participado en la composición de la obra musical, así como su identificación personal (nombre, apellidos, documento de identificación, domicilio, telefóno y correo electrónico), y el porcentaje de participación de cada uno. La forma de dividir la propiedad sobre una canción depende de los coautores y podrán llegar a los acuerdos que estimen oportunos: se puede dividir equitativamente entre cada coautor o se puede dar a cada persona un porcentaje de acuerdo con su contribución.

Una vez cumplimentado el documento con las informaciones necesarias, la hoja de reparto debe ser firmado por las partes o, en su caso, por sus representantes, que deberán exhibir la autorización, o en su caso poder notarial, que les habilita a ello en el momento de la firma. El contrato debe ser firmado al menos en dos ejemplares, para que cada una de las partes conserve una copia.


Legislación aplicable

De manera general, la hoja de reparto de derechos se encuentra regulada en Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.


Ayuda de un abogado

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