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Contrato de arrendamiento de habitación

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¿Qué es un contrato de arrendamiento de habitación?

El contrato de arrendamiento de habitación es un acuerdo mediante el cual la persona propietaria (llamada arrendador) cede a otra persona (llamada arrendatario) el uso o disfrute, en exclusiva, de una habitación ubicada al interior de una vivienda, así como el derecho a utilizar de forma compartida con otras personas (es decir, no en exclusiva) las zonas comunes de la vivienda (cocina, salón y cuarto de baño) por un tiempo determinado y a cambio del pago de una renta.

El contrato de arrendamiento de habitación se puede celebrar cuando el arrendador desea alquilar uno de los dormitorios de su vivienda, pero seguirá viviendo en la misma, y también cuando desee alquilar todas las habitaciones del piso o casa a diferentes personas (es decir, no la utilizará como su vivienda habitual). En ambos casos, tiene como una de sus ventajas principales el ahorro económico, al permitir dividir los gastos (por servicios de la vivienda) entre varias personas.


¿Qué tipos de contratos de arrendamiento existen?

Existen diferentes tipos de arrendamiento, dependiendo de cuál sea el espacio que se alquila:

  • Contrato de arrendamiento de vivienda habitual: es aquel acuerdo mediante el cual el arrendador entrega o cede un inmueble a la parte arrendataria para que éste lo ocupe como su vivienda principal o habitual, a cambio del pago de una renta. Por tanto, si lo que se quiere es alquilar toda la vivienda a varios inquilinos y que todos ellos respondan solidariamente de las obligaciones (fundamentalmente, pago de la renta y devolver la vivienda en el estado en que se entregó) del resto, se debe celebrar un único contrato de arrendamiento de vivienda habitual y no varios contratos de habitación.
  • Contrato de arrendamiento de local de negocio: es aquel acuerdo mediante el cual el arrendador entrega o cede uno o varios inmuebles a la parte arrendataria para que inicie la actividad comercial que se quiera, a cambio del pago de una renta.
  • Contrato de arrendamiento de vivienda por temporada vacacional (turístico): es aquel acuerdo mediante el cual el arrendador cede el uso del inmueble, de manera temporal, para uso vacacional, de ocio o turismo, durante un tiempo limitado.


¿Es obligatoria la celebración por escrito de un contrato de arrendamiento de habitación?

No, no es obligatoria. Las partes puede acordar un contrato de arrendamiento de habitación de forma oral, es decir, acordar verbalmente el alquiler de la habitación

Ahora bien, la firma del contrato por escrito permite fijar los acuerdos del arrendamiento entre el arrendador y el arrendatario, y facilita la prueba de su contenido en el caso de que cualquiera de las partes tenga que reclamar en vía judicial el cumplimiento del contrato.


¿Qué debe incluir un contrato de arrendamiento de habitación?

El contrato de arrendamiento de habitación debe incluir, como mínimo, los siguientes puntos:

  • La descripción de las partes, arrendador(es) y arrendatario(s) (consistirán en el nombre, apellidos, DNI, domicilio e indicación de si actúan en nombre propio o por representación);
  • La identificación de la habitación, indicando la dirección de la vivienda en la que se encuentra;
  • Las áreas de la casa que se pueden utilizar y los servicios que se incluyen en el alquiler;
  • La duración del contrato, que será la pactada entre las partes;
  • El importe de la renta y su forma de pago (por lo general, el pago será mensual y durante los primeros siete días del mes);
  • A qué parte serán atribuibles qué gastos (se debe desglosar quién asumirá los gastos como los gastos de luz, agua, gas, etc);
  • Las normas de convivencia que deberá respetar el arrendatario;
  • La introducción o no de la figura del fiador (una persona que garantice el alquiler en caso de que el arrendatario no lo abone);
  • El derecho o no a subarrendar y a ceder el contrato (si el arrendatario puede subarrendar el bien o ceder el contrato de arrendamiento a otra persona)


¿Quién puede firmar un contrato de arrendamiento de habitación?

El contrato de arrendamiento de habitación se puede formalizar tanto por personas jurídicas o empresas como por personas físicas o individuales.

No deben cumplir con requisitos especiales para la firma de un contrato de arrendamiento de habitación. En todo caso, las partes deben disponer de la capacidad suficiente para la firma del contrato. En relación con esto, es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Las partes, tanto el arrendador como el arrendatario, deben ser mayores de edad, es decir, mayores de 18 años, o en caso contrario, contar con la autorización de sus padres o tutores.
  • Si una de las partes es una persona jurídica, la firma de este contrato se debe por su representante o persona autorizada por la persona jurídica (p. ej. por un administrador de la empresa).
  • Las personas incapacitadas por sentencia judicial o declaradas pródigas deben contar con la autorización de la persona designada para representarles.


¿Cuál es el plazo de duración de un contrato de arrendamiento de habitación?

Este tipo de contratos se rige por la voluntad de las partes, por lo que el plazo de duración será el pactado entre las partes.

No obstante, si a la fecha de vencimiento del contrato ninguna de las partes le comunica a la otra, por escrito, y con al menos un mes de antelación, su deseo de no renovarlo, el contrato se irá prorrogando hasta que alguna de ellas decida ponerle fin.


¿Qué es necesario realizar una vez el contrato de arrendamiento de habitación esté preparado?

El contrato de arrendamiento debe ser firmado por las partes o, en su caso, por sus representantes, que deberán exhibir la autorización, o en su caso poder notarial, que les habilita a ello en el momento de la firma. Para dotarlo de un mayor nivel de seguridad, las firmas han de figurar no sólo en la sección final del documento, sino también en el borde izquierdo de cada página que compone el documento, incluyendo, en su caso, las páginas de los anexos en los que se pudiera adjuntar todo otro documento suplementario que también formaría parte del contrato.

No es necesario realizar ningún tipo de formalidad o trámite adicional tras la firma del contrato. Tras su firma, el arrendador estará obligado a poner a disposición del arrendatario la habitación, y éste deberá abonar la renta pactada.

Además, en el momento de la celebración de este contrato es necesario que el propietario declare a Hacienda los ingresos obtenidos por el alquiler cobrado al inquilino.


¿Qué documentos deben adjuntar las partes a este contrato de arrendamiento de habitación?

Las partes pueden adjuntar libremente los documentos que deseen para clarificar el contenido del contrato, así como para demostrar la capacidad para la firma del contrato de un representante o apoderado del cliente o profesional.

Un documento habitual para incluir como anexo es un inventario de los bienes muebles que se encuentran en la vivienda y, en su caso, en la habitación al momento de entrar el inquilino en la vivienda.

Asimismo, en el momento de la celebración de este contrato es necesario que el propietario o parte arrendadora facilite la copia del Certificado de Eficiencia Energética.


¿Es necesario firmar este contrato de arrendamiento de habitación ante notario público?

No es necesario firmar el contrato de arrendamiento de habitación ante notario ya que tiene validez por sí mismo.


¿Es necesario registrar este contrato de arrendamiento de habitación en el Registro de la Propiedad?

No es necesario registrar el contrato de arrendamiento de habitación ante el Registro de la Propiedad, ya que tiene validez por sí mismo.


¿Cuál es la legislación aplicable al contrato de arrendamiento de habitación?

Los contratos de alquiler de habitaciones se rigen por el Código civil (particularmente, por sus artículos 1088 a 1314 y 1542 a 1582).

El certificado de eficiencia energética que se debe facilitar al inquilino se encuentra regulado en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Si el alquiler de la habitación se destinará a usos turísticos, también es de aplicación la normativa autonómica y local correspondiente.

Si se desea obtener más información sobre este tema, se recomienda la lectura de la siguiente guía: Alquiler compartido: ¿es más conveniente alquilar un piso completo o hacerlo por habitaciones?


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