Contrato de suministro Completar el modelo

¿Cómo funciona?

1. Elegir este modelo

Empieza haciendo clic en "Completar el modelo"

1 / Elegir este modelo

2. Completar el documento

Contesta a algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.

2 / Completar el documento

3. Guardar - Imprimir

¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.

3 / Guardar - Imprimir

Contrato de suministro

Última revisión Última revisión Hace 2 semanas
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño2 a 4 páginas
Completar el modelo

Última revisiónÚltima revisión: Hace 2 semanas

FormatosFormatos disponibles: Word y PDF

TamañoTamaño: 2 a 4 páginas

Completar el modelo

¿Qué es un contrato de suministro?

Un contrato de suministro es un acuerdo en el que una persona (proveedor) se obliga a entregar periódicamente bienes o servicios a otra (cliente) a cambio de un precio. A diferencia de la compraventa, el suministro es continuo y se acuerdan precios unitarios para cada bien o servicio, el valor final depende de las unidades entregadas. Por ejemplo, un restaurante que compra insumos a diario utiliza un contrato de suministro en lugar de una compraventa por cada entrega.


¿Cuál es la diferencia entre un contrato de suministro y un contrato de compraventa?

En el contrato de compraventa se transfiere la propiedad de un bien o servicio en un solo acto, mientras que en el contrato de suministro la entrega es periódica y continua. En la compraventa el precio es fijo y total, en el suministro se acuerdan precios unitarios que varían según la cantidad entregada.


¿Cuál es la diferencia entre un contrato de suministro y un contrato de franquicia?

Aunque ambos pueden incluir el suministro de bienes o servicios, en la franquicia se otorga el derecho a usar una marca comercial y un modelo de negocio, a cambio de regalías o comisiones. En el suministro no se cede el uso de la marca.


¿Es obligatorio contar con un contrato de suministro?

No, el contrato de suministro puede ser verbal. Sin embargo, la práctica general es que conste por escrito para evitar controversias sobre precios, cantidades, plazos y otras condiciones del acuerdo. En caso de alguna controversia el contrato escrito le permitirá a las partes demostrar las condiciones que se pactaron al momento de realizar el negocio.


¿Qué hacer después de diligenciar el contrato de suministro?

Una vez diligenciado el contrato se deben imprimir y firmar dos copias, de tal forma que cada parte conserve un ejemplar del documento. En caso de que alguna de las partes sea una persona jurídica el documento deberá ser firmado por su representante legal. En este caso, se podrá incluir el certificado de existencia y representación legal para dejar constancia de la capacidad del representante de celebrar el negocio.

Si los precios o cualquier otra información sobre los productos a suministrar se encuentran en documentos o fuentes de información externa, se deberán anexar o mencionar en el contrato.

El contrato de suministro no requiere ser autenticado para su validez.


¿Qué documentos se deben anexar al contrato de suministro?

Si los precios o cualquier otra información sobre los productos a suministrar se encuentran en documentos o fuentes de información externa, se deberá ya sea anexar el documento en que conste esta información o mencionar la fuente de información en el contrato.


¿Se debe autenticar en notaría el contrato de suministro?

No, el contrato de suministro no requiere ser autenticado para su validez, aunque las partes lo pueden realizar para mayor seguridad.


¿Qué debe contener el contrato de suministro?

Para su validez el contrato de suministro debe contener:

  • Identificación de quien suministrará los bienes o servicios y del cliente: se deberá proporcionar el nombre, número de identificación y domicilio. En caso de que cualquiera de las partes sea una persona jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc) se deberá proporcionar además la identificación de su representante legal.
  • Periodicidad con que se realizará el suministro: es decir, si el suministro se realizará de manera diaria, semanal, mensual, trimestral, semestral, anual u en otro periodo de tiempo.
  • Los diferentes tipos de bienes o servicios que se suministrarán: se debe proporcionar por lo menos el nombre del bien o servicio a suministrar. Adicionalmente se puede indicar:
  • Los precios unitarios de cada uno de los bienes o servicios en caso de que estos no estén contenidos en otro documento, como una cotización, oferta comercial, página web, catálogo o similares.
  • Las cantidades a suministrar en caso de que se trate de cantidades fijas para cada periodo de suministro.
  • Plazo del contrato: es decir, el tiempo durante el cual se realizará el suministro.
  • Plazo de antelación para la no renovación del contrato: el plazo de tiempo (días, semanas o meses) con que se deberá comunicar que no se desea renovar el contrato al llegar la fecha de su finalización. Si no se realiza tal comunicación el contrato se entenderá renovado por el mismo plazo inicialmente pactado.


¿Qué leyes regulan el contrato de suministro?

El contrato de suministro se encuentra regulado principalmente por el Código de Comercio, artículos 968 a 980. Adicionalmente, en lo no regulado por el Código de Comercio aplicarán las normas generales de los contratos del Código Civil.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

Completar el modelo