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Cesión de contrato de arrendamiento del arrendatario o inquilino

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¿Qué es una cesión de contrato de arrendamiento?

Una cesión de contrato de arrendamiento es un acuerdo mediante el cual el arrendatario original (cedente) transfiere su posición en el contrato a un nuevo arrendatario (cesionario). El cesionario asume todos los derechos y obligaciones del cedente, incluyendo el pago del arriendo y el cumplimiento de las demás cláusulas del contrato. En caso de que sea el arrendador quien desee ceder el contrato se deberá diligenciar una cesión de arrendamiento por parte del arrendador.

Una vez realizada la cesión, el cesionario reemplaza al cedente en el contrato de arrendamiento original, el cual seguirá vigente, con los mismos derechos y obligaciones para las partes. Si lo desea, el cesionario podrá anexar el contrato de arrendamiento a este documento, a fin de tener prueba de las condiciones del negocio.


¿Cuál es la diferencia entre una cesión de contrato de arrendamiento y un nuevo contrato?

En una cesión, el arrendatario original transfiere su posición contractual a un nuevo arrendatario. Para un nuevo contrato de arrendamiento, el arrendatario original entrega el inmueble y el nuevo arrendatario firma un contrato directamente con el arrendador. La principal diferencia radica en que la cesión requiere la autorización del arrendador, mientras que para un nuevo contrato el antiguo arrendatario debe entregar el inmueble y las partes interesadas deberán celebrar un nuevo contrato.


¿Es obligatorio contar con una cesión de contrato?

No, si bien no es necesario que la cesión conste por escrito, la práctica general es que se haga de esta manera, a fin de dejar constancia de todas las condiciones del negocio. Alternativamente, en caso de que no se desee celebrar una cesión, el arrendatario que desee dejar el inmueble podrá acordar con el arrendador su entrega y terminación del contrato y, posteriormente, el arrendador podrá celebrar un nuevo contrato con el nuevo arrendatario.


¿Es necesaria la autorización del arrendador para la cesión?

Sí, en general se requiere la autorización del arrendador para que la cesión sea válida. La única excepción es cuando se vende un establecimiento de comercio que funciona en un inmueble arrendado, en cuyo caso la cesión del arrendamiento al comprador del negocio es automática. La autorización puede ser dada por el arrendador ya sea mediante un documento aparte o en el mismo contrato de cesión. En este último caso el contrato también deberá ser firmado por el arrendador.


¿Se pueden solicitar codeudores o depósitos en garantía en una cesión?

Sí, el arrendador puede solicitar codeudores al nuevo arrendatario para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de arrendamientos comerciales, también se pueden solicitar depósitos en garantía. En los arrendamientos de vivienda urbana están prohibidos los depósitos en garantía.


¿Qué hacer después de diligenciar la cesión?

Se debe imprimir y firmar dos copias del documento, una para cada parte.

  • Si el arrendador autoriza la cesión en el mismo documento: éste deberá también firmarlo, a fin de tener prueba de su autorización.
  • Si el cesionario cuenta con codeudores: estos deberán también firmar el documento.

La cesión de contrato de arrendamiento no requiere ser autenticada para su validez.


¿Se debe autenticar en notaría la cesión?

No, no es obligatorio autenticar la cesión en notaría, pero las partes pueden hacerlo para mayor seguridad.


¿Qué debe contener una cesión de contrato de arrendamiento?

Para su validez la cesión de contrato de arrendamiento debe contener:

  • Identificación del cedente, cesionario y arrendador.
  • Datos del contrato que se cede: incluyendo la identificación del inmueble arrendador así como las condiciones del contrato original.
  • Precio o gratuidad de la cesión.
  • Fecha de entrega del inmueble al cesionario.
  • Autorización del arrendador: si éste no otorgó la autorización mediante otro documento.


¿Qué leyes regulan la cesión de contrato de arrendamiento?

La cesión de contratos de arrendamiento se halla regulada por las siguientes normas:

  • Código de Comercio, artículo 523: Regula la cesión de contratos de arrendamiento comercial.
  • Ley 820 de 2003, artículo 17: Regula la cesión de contratos de arrendamiento de vivienda urbana.


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