Acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento Completar el modelo

¿Cómo funciona?

1. Elegir este modelo

Empieza haciendo clic en "Completar el modelo"

1 / Elegir este modelo

2. Completar el documento

Contesta a algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.

2 / Completar el documento

3. Guardar - Imprimir

¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.

3 / Guardar - Imprimir

Acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento

Última revisión Última revisión 09/09/2024
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño2 páginas
Completar el modelo

Última revisiónÚltima revisión: 09/09/2024

FormatosFormatos disponibles: Word y PDF

TamañoTamaño: 2 páginas

Completar el modelo

¿Qué es un acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento?

Es un documento mediante el cual el propietario (arrendador) y el inquilino (arrendatario) de un inmueble acuerdan dar por terminado un contrato de arrendamiento de manera voluntaria, ya sea de vivienda o comercial. En este acuerdo, el inquilino se compromete a devolver el inmueble en la fecha acordada y las partes dejan constancia del estado de las cuentas pendientes, si las hay. Se utiliza cuando ambas partes, arrendador y arrendatario, están de acuerdo en finalizar el contrato de arrendamiento antes de su vencimiento natural.


¿Cuál es la diferencia entre un acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento y una carta de terminación unilateral?

La diferencia principal es que en el acuerdo ambas partes desean terminar el contrato, mientras que en la terminación unilateral sólo una de las partes desea terminar el arrendamiento:

  • Acuerdo de terminación: ambas partes acuerdan la finalización. No se aplican sanciones por terminación anticipada.
  • Terminación unilateral: una de las partes decide finalizar el contrato, lo que puede generar sanciones o penalidades si se hace antes del vencimiento pactado. La terminación unilateral puede ser tanto de vivienda urbana como de arrendamientos comerciales.


¿Es obligatorio contar con un acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento?

No es obligatorio, pero se puede realizar para dejar constancia de que ambas partes están de acuerdo con la terminación a fin de evitar futuras reclamaciones o controversias, ya sea sobre el motivo de la terminación o el estado del contrato al momento de finalizarlo.


¿Se puede terminar el arrendamiento aún si hay pagos pendientes?

Sí, las partes pueden acordar la terminación del contrato incluso si hay deudas pendientes. Es común que se incluya en el acuerdo la forma y plazos para el pago de las mismas.


¿Qué hacer después de diligenciar el acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento?

Se deben imprimir y firmar dos copias del acuerdo, una para el arrendador y otra para el arrendatario. El acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento no requiere ser autenticado para su validez, pero las partes lo pueden hacer para mayor seguridad.


¿Se debe autenticar en notaría el acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento?

No, el acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento no requiere ser autenticado para su validez, pero se puede hacer para mayor seguridad.


¿Qué debe contener un acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento?

Para su validez el acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento debe contener:

  • Identificación del arrendador y arrendatario (nombre, documento de identidad, etc.). Si son personas jurídicas, se debe identificar también a su representante legal.
  • Descripción del inmueble: tipo, uso (vivienda o comercial), dirección.
  • Información del contrato original: fecha de inicio, canon de arrendamiento y plazo.
  • Estado de cuentas: si hay cuentas pendientes, se debe detallar el monto, la fecha y forma de pago.
  • Fecha de entrega del inmueble.


¿Qué leyes regulan el acuerdo de terminación de contrato de arrendamiento?

La regulación del acuerdo de terminación del contrato de arrendamiento dependerá de si se trata de un arrendamiento de vivienda urbana o comercial:

  • Ley 820 de 2003, artículo 21: regula la terminación del contrato de arrendamiento de vivienda por mutuo acuerdo.
  • Código de comercio, artículos 518 a 524: regulación de los contratos de arrendamiento comerciales.
  • Código Civil, artículos 1602 y 1625: regulan las obligaciones y su extinción, aplicables a los contratos de arrendamiento en general.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

Completar el modelo