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Carta de terminación de contrato de arrendamiento (del arrendatario o inquilino)

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¿Qué es una carta de terminación de contrato de arrendamiento?

Es un documento mediante el cual el arrendatario o arrendador de una vivienda (apartamento, casa, habitación, etc) informan su decisión de dar por terminado el contrato de arrendamiento. Este documento es para la terminación de contratos de arrendamiento de vivienda urbana, esto es, inmuebles (casas, apartamentos, habitaciones, etc) que se ubiquen en zonas urbanas y estén destinados a vivienda. En caso de que se trate de inmuebles dedicados a actividades comerciales como locales, bodegas, oficinas o similares se debe diligenciar una carta de terminación de arrendamiento comercial.


¿Cuál es la diferencia entre una carta de terminación de contrato de arrendamiento y una carta de terminación de arrendamiento comercial?

La carta de terminación de contrato de arrendamiento se usa para la terminación de un arrendamiento de vivienda urbana, es decir, cuando el inmueble se arrienda para que sea la vivienda o residencia de alguien. Por su parte, la carta de terminación de arrendamiento comercial se usa para la terminación de arrendamientos comerciales, es decir, cuando el inmueble se arrienda para que se desarrolle allí una actividad económica o comercial.


¿Qué es la indemnización en la terminación del contrato de arrendamiento?

La indemnización es una suma de dinero que debe pagar la persona que termina el contrato cuando lo hace sin el preaviso u otros requisitos legales. Particularmente el arrendatario debe pagar una indemnización al arrendador cuando termine el contrato de arrendamiento en una fecha diferente a la del vencimiento del contrato, en este caso el arrendatario deberá comunicar la terminación del contrato con al menos 3 meses de antelación e indemnizar al arrendador con 3 cánones de arrendamiento. Si el arrendatario termina el contrato en la fecha de vencimiento y lo comunica con al menos 3 meses de antelación, no deberá pagar indemnización alguna.

En los contratos de arrendamiento de habitación o de pensión con un plazo inferior a un año, el arrendatario puede terminar el contrato dando un preaviso de sólo 10 días sin que deba pagar indemnización alguna.

¿Cuál es el plazo para enviar la carta de terminación de arrendamiento?

El plazo para enviar la carta de terminación de arrendamiento es de tres meses. La única excepción es cuando se trata de arrendamientos de habitación con un plazo menor a un año, en este caso se podrá terminar el contrato dando un preaviso de sólo 10 días.


¿Quiénes son las partes en la carta de terminación de contrato de arrendamiento?

En una carta de terminación de contrato de arrendamiento las partes son:

  • El arrendador: la persona que da el inmueble en arriendo, generalmente el propietario o una persona autorizada por este.
  • El arrendatario: la persona o personas que habitan en el inmueble.


¿Qué hacer después de diligenciar la carta de terminación de contrato de arrendamiento?

Una vez diligenciada la carta de terminación de contrato de arrendamiento debe ser firmada por la persona que decide terminar el contrato, ya sea el arrendador o el arrendatario, y enviada a la otra parte:

  • Entrega presencial: se deben llevar dos copias, una para ser entregada y otra para que sea firmada por el destinatario, que deberá ser conservada como prueba de haber entregado el documento.
  • Entrega virtual: si la entrega se realiza a través de medios electrónicos (correo electrónico), bastará con su simple envío.
  • Entrega por correo certificado: se deberán llevar tres copias a la empresa de correos, una para ser enviada, otra para que le sea puesto el sello de recibido o radicado y la tercera que será conservada por la empresa de correos.


¿Se debe autenticar en notaría la carta de terminación de contrato de arrendamiento?

No, la carta de terminación de contrato de arrendamiento no requiere ser autenticada en notaría para su validez.


¿Qué debe contener la carta de terminación de contrato de arrendamiento?

Para su validez la carta de terminación del contrato de arrendamiento debe contener:

  • Identificación del arrendatario: nombre completo y documento de identidad (o razón social y NIT si es una persona jurídica).
  • Nombre del arrendador.
  • Identificación del inmueble: tipo y dirección.
  • Fecha en que se terminará el contrato.
  • Indicación de la antelación con la que se envía la comunicación.


¿Qué leyes regulan la terminación del contrato de arrendamiento?

La terminación del contrato de arrendamiento de vivienda urbana está regulada por la Ley 820 de 2003, artículos 21 a 27, que regulan la terminación tanto del arrendatario como del arrendador.


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