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Esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. puede ser utilizada por la persona que presentó su renuncia al cargo de director titular o suplente de una sociedad anónima (S.A.) o al cargo de administrador titular o suplente de una sociedad por acciones simplificada (S.A.S.) para solicitar la inscripción de su renuncia cuando no fue considerada expresamente por el directorio u órgano de administración de la sociedad. Este documento cumple los requisitos de la Resolución General N° 7/2015 de la Inspección General de Justicia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires exclusivamente.
Esta Intimación a Tratar Renuncia de Directivo de S.A. o S.A.S. se rige por disposiciones dictadas por la Inspección General de Justicia ("IGJ") que tienen vigencia solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si la sociedad a la que se enviará la intimación no fue inscripta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entonces este documento no podrá ser utilizado hasta que la autoridad administrativa de la provincia donde dicha sociedad fue inscripta dicte disposiciones idénticas a las que tienen vigencia solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para saber si la sociedad a la que se enviará la intimación ("sociedad") es una S.A. o S.A.S. debe consultarse su contrato constitutivo vigente (es decir, el archivado por la autoridad administrativa que inscribió la sociedad).
Inscripción de la Renuncia Aceptada
Por ley la renuncia del/de la directivo/a aceptada por la sociedad debe ser inscripta por la IGJ una vez que la sociedad cumplió con los siguientes requisitos:
Efecto para el/la Directivo/a Renunciante de la Falta de Inscripción
En tanto la sociedad no cumpla con los requisitos antes mencionados la IGJ no debe inscribir la renuncia del/de la directivo/a. Por lo tanto, durante el tiempo que transcurra hasta que se realice dicha inscripción el/la directivo/a renunciante continúa siendo responsable como tal frente a cualquier persona o entidad que contrate de buena fe con la sociedad, aún después de que el/la directivo/a hubiera de hecho dejado de desempeñar sus funciones a causa de su renuncia.
Normalmente la sociedad la presenta con rapidez después de cumplir con los requisitos mencionados en "Responsabilidad del/de la Directivo/a Renunciante" más arriba.
Sin embargo, la relación entre el/la directivo/a renunciante y la sociedad puede atravesar circunstancias especiales por las cuales la sociedad deliberadamente demore u omita cumplir con uno, varios o la totalidad de dichos requisitos (por ej., no considerando la renuncia presentada por el/la directivo/a, no publicando el aviso en el Boletín Oficial o no presentando la solicitud de inscripción de la renuncia aceptada en la IGJ).
Frente a esa conducta de la sociedad, la IGJ de manera excepcional:
La solicitud de inscripción de la renuncia presentada por el/la propio/a directivo/a renunciante debe cumplir con los siguientes requisitos:
- órgano pluripersonal: el directorio u órgano de administración que integraba el/la directivo/a renunciante debe tener al menos 2 integrantes, incluyendo al/a la directivo/a renunciante.
- medio fehaciente: el/la directivo/a debe demostrar que presentó su renuncia mediante una carta documento recibida en la sede social inscripta o, alternativamente, un acta notarial redactada por un/a escribano/a público/a en la sede social inscripta y, en cualquier caso, con un texto adecuado según se trate de la renuncia como director de una S.A. o renuncia como administrador de una S.A.S.
- intimación a la sociedad: el/la directivo/a debe demostrar que envió a la sociedad esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S.
- documentación en papel: documentar la solicitud por escrito, en papel y con la firma manuscrita o digital (pero no la firma electrónica) del/de la directivo/a renunciante.
- adjuntos: acompañar con la solicitud alternativamente:
Luego de recibir la solicitud, la IGJ debe informar a la sociedad sobre la solicitud, permitirle revisarla y requerirle una respuesta por escrito dentro de los 10 días corridos de ser informada sobre la solicitud.
Vencido el plazo antes mencionado la continuación del trámite de la solicitud dependerá de la conducta de la sociedad frente a la solicitud y así:
Carta Documento
La intimación debe ser documentada en un formulario de carta documento suministrado por una empresa de correo que ofrezca ese servicio.
Remitente
La carta documento debe ser enviada por el/la directivo/a renunciante siguiendo el procedimiento y cumpliendo con los requisitos establecidos por la empresa de correo que hubiera elegido.
Destinatario
La carta documento debe ser dirigida al representante legal de la sociedad. Si ésta es una S.A. entonces debe dirigirse a la presidencia del directorio. Si la sociedad es una S.A.S. entonces debe dirigirse al/a la administrador titular que, según el contrato constitutivo vigente, tenga la representación legal de la sociedad.
Domicilio de la Sociedad
La carta documento debe ser entregada en el domicilio de la sociedad inscripto en la IGJ.
Esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. puede ser utilizada por la persona que presentó su renuncia al cargo de director titular o suplente de una sociedad anónima (S.A.) o al cargo de administrador titular o suplente de una sociedad por acciones simplificada (S.A.S.) para solicitar la inscripción de su renuncia cuando no fue considerada expresamente por el directorio u órgano de administración de la sociedad inscripta por la Inspección General de Justicia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos e información, entre otros:
Una vez finalizada esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. sin datos ni información en blanco, debe ser impresa, copiada a mano o pegada online en un formulario de carta documento en papel o digital (que suministrará la empresa de correo elegida por el/la directivo/a renunciante). Luego la carta documento debe ser enviada por el/la directivo/a renunciante a la sociedad siguiendo el procedimiento y cumpliendo con los requisitos establecidos por dicha empresa de correo.
Esta Intimación a Tratar Renuncia como Directivo de S.A. o S.A.S. se rige por las disposiciones del Libro III, Título I, Capítulo II, Sección Sexta, artículo 128 del Anexo A de la Resolución General N° 7/2015 (t.o. Resolución General N° 9/2015) y modificatorias de la Inspección General de Justicia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.
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País: Argentina