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Este documento consiste en una carta o aviso por el que el arrendador (propietario del inmueble) autoriza o en su caso, se opone o no permite al arrendatario (inquilino), la cesión de sus derechos de renta en el contrato de arrendamiento (renta), es decir traspasar el contrato a fin de que el arrendatario sea sustituido por uno nuevo.
Cuando en un contrato de renta o arrendamiento, el arrendatario desea ceder sus derechos de renta a otra persona, requiere de la previa autorización del arrendador, ya que el nuevo arrendatario será quien a partir de la cesión deberá cumplir con el contrato de arrendamiento. El arrendatario podrá solicitar la autorización de forma oral o por escrito mediante una Solicitud de autorización al arrendador para ceder los derechos de arrendamiento de un inmueble.
Si el arrendador no autoriza al arrendatario a ceder sus derechos, no podrá este último acordad o celebrar ningún contrato de cesión. Por el contrario, si el arrendador, sí lo autoriza, podrá acordar o celebrar un contrato de cesión de derechos con el nuevo arrendatario.
La cesión de derechos del contrato de arrendamiento es un acto a través del cual el arrendatario de un inmueble (que será llamada cedente) transmite a un tercero (que será el cesionario) el conjunto de derechos y obligaciones que le corresponden en virtud de un contrato de arrendamiento, lo que resulta en la "sustitución" o "reemplazo" de un arrendatario por otro, en los términos originalmente pactados con el primer arrendatario. Es importante mencionar que aunque el contrato indique o se conozca como cesión de derechos la persona que será el nuevo arrendatario adquirirá tanto los derechos como las obligaciones del arrendatario original.
Una cesión de derechos es un contrato que depende del contrato de arrendamiento, es decir del arrendamiento principal, por lo tanto cuando se celebra una cesión, se podrán distinguir 3 figuras:
(i) el arrendador: el propietario del inmueble;
(ii) el arrendatario y cedente: quien tomó del arrendador el inmueble para su renta y que a su vez cederá sus derechos y obligaciones a otra persona; y
(iii) el cesionario: quien adquiere los derechos y obligaciones del arrendatario y por lo tanto para los propósitos del contrato de arrendamiento principal, será el nuevo arrendatario.
Un subarrendamiento es un contrato por el cual el arrendatario (el inquilino) subarrienda (o renta) la propiedad arrendada (parcialmente o totalmente) a otra persona. El arrendatario seguirá siendo el inquilino en el contrato de arrendamiento original, pero será a su vez el subarrendador en el contrato de subarrendamiento. En caso de que el arrendatario desee solicitar una autorización para subarrendar el inmueble podrá preparar una Solicitud de autorización al arrendador para subarrendar un inmueble. En ese mismo sentido si el arrendador emitirá la autorización para realizar el subarriendo se podrá preparar una Respuesta al arrendatario para subarrendar los derechos del contrato de arrendamiento.
Un contrato de cesión de derechos se distingue de un subarrendamiento, en que en la cesión, el arrendatario como cesionario dejará de ser parte de la relación que lo unía al arrendador, y por lo tanto subsistirán solamente 2 partes el arrendador y el cesionario que deberá considerarse el nuevo arrendatario. Por su parte, el subarrendamiento no desvincula al arrendatario (subarrendador), de la responsabilidad y obligaciones incluyendo principalmente las de pago frente y a favor del arrendador o propietario del inmueble ya que seguirá siendo parte del contrato de arrendamiento principal el cual no desaparece o termina, sino que seguirá subsistiendo con independencia de que el subarriendo se termine.
Por lo tanto y conforme a lo anterior este documento constituye un medio formal a través del cual el arrendador notifica al arrendatario su respuesta respecto a una solicitud previamente realizada por el arrendatario para llevar a cabo la cesión de derechos del contrato de arrendamiento.
La finalidad de este documento es facilitar la comunicación entre las partes, con el objeto de que el arrendador manifieste su autorización u oposición para que el arrendatario pueda llevar a cabo una cesión de derechos del contrato de arrendamiento.
Este documento puede ser utilizado independientemente del inmueble objeto del arrendamiento, esto es, sin importar si el inmueble que se renta es una casa, un departamento, una oficina, una bodega, o cualquier otro inmueble. Y también puede ser utilizado tanto por personas físicas como por personas morales, entendiendo éstas últimas como empresas, instituciones, sociedades, asociaciones civiles, etc.
Una vez que el documento ha sido completado, basta que la persona que elabora la autorización o en su caso la oposición firme el documento y lo entregue al arrendatario. La entrega de este documento se deberá realizar de conformidad con lo que establezca el contrato de arrendamiento principal, en cualquier caso siempre se podrá entregar de forma personal y directa. Asimismo, con el fin de que el arrendador cuente con evidencia de haber emitido su respuesta sea su autorización u oposición para que el arrendatario ceda sus derechos, el presente documento se podrá imprimir en dos juegos, un tanto firmado se podrá entregar al arrendatario y el otro (esto es, en el documento que servirá como constancia), lo podrá conservar el arrendador con la siguiente anotación del arrendatario: "recibí original" o una similar, la fecha de recepción y su firma.
Legislación civil (código civil federal y códigos civiles estatales).
En el caso específico del código civil federal, artículos 2398 al 2479 (Libro cuarto, Título sexto) y artículos 2029 al 2050 (Libro cuarto, Título tercero).
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Una guía para ayudarle: ¿Cómo enviar una Carta?
País: México