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Última revisión: 31/07/2024
Formatos disponibles: Word y PDF
Tamaño: 5 a 7 páginas
Completar el modeloEste documento permite realizar una cesión de derechos por parte del arrendatario, esto es, permite que se sustituya al actual arrendatario (o arrendatarios) por uno nuevo (o nuevos), específicamente para un contrato de arrendamiento de local comercial, lo anterior, siempre y cuando el arrendador esté de acuerdo con que se lleve a cabo esta cesión de derechos.
Este contrato se realiza a partir de un contrato de arrendamiento sobre un inmueble con fines comerciales (local comercial), por lo tanto, es necesario que el nuevo arrendatario (o arrendatarios) conozca dicho contrato ya que éste seguirá vigente y las obligaciones establecidas originalmente no serán modificadas, únicamente se realiza una cesión por la persona que hace uso del inmueble rentado. Sin embargo, en caso de que se considere necesario, es posible modificar el monto de la renta, o de la garantía (por ejemplo, se puede modificar la cantidad de dinero que se entrega por concepto de depósito), y por su puesto también se pueden actualizar los fiadores.
Además de lo anterior, es necesario considerar que al tratarse de un arrendamiento sobre un inmueble con fines comerciales (local comercial), los nuevos arrendatarios deben utilizarlo para ejercer una actividad comercial, ya que si se ocupa por ejemplo para casa habitación, puede no cumplir con los requerimientos mínimos de una vivienda (por ejemplo, puede no tener instalaciones agua, o drenaje).
Una vez formalizada la cesión de derechos, el arrendatario original quedará liberado de sus obligaciones y deberá desocupar el local comercial para que el nuevo arrendatario lo ocupe, y este cumpla con las obligaciones establecidas en el contrato de arrendamiento original.
Cabe mencionar que si en el contrato de arrendamiento vigente expresamente se prohíbe que el arrendatario ceda los derechos derivados de dicho contrato, este contrato no podrá celebrarse, ya que existe un impedimento contractual. En todo caso, una cesión de derechos siempre debe realizarse con autorización del arrendador, y ésta puede solicitarse por escrito.
Diferencias con otros documentos
Como se ha mencionado, este documento permite sustituir al actual arrendatario por uno nuevo, específicamente en un contrato de arrendamiento de local comercial, por lo que es importante precisar lo siguiente:
Por otro lado, si la intención del arrendatario no es ceder los derechos del contrato, sino, utilizar el arrendamiento que tiene a su favor, rentando el inmueble (o una parte del inmueble) a otra persona o personas, se debe en primer lugar pedir autorización al arrendador mediante una carta o solicitud de autorización para subarrendar un inmueble y posteriormente celebrar un contrato de subarrendamiento, en el que sólo intervienen el arrendatario original y la persona a la que este le rentará el inmueble o parte de él (el subarrendatario).
Este documento se puede utilizar durante la vigencia de un contrato de arrendamiento, específicamente sobre un local comercial, cuando el arrendatario desea ceder los derechos derivados de dicho contrato a otra persona (o personas), de forma que al formalizarse la cesión de derechos el arrendatario original "sale" del contrato y queda liberado de las obligaciones que como arrendatario le correspondían, y el nuevo arrendatario (o arrendatarios) adquiere los mismos derechos y obligaciones que tenían los arrendatarios originales.
Este tipo de documento debe contener al menos la siguiente información:
Lugar y fecha de la firma del contrato de cesión de derechos
Es importante considerar que el contrato de arrendamiento original siempre debe ser conservado por las partes, pues este es el contrato base del que se derivan las obligaciones principales. Esto puede hacerse agregando dicho contrato al final del contrato de cesión de derechos.
Finalmente, respecto a la validez del contrato, al estar previsto que participen todas las partes que firmaron el contrato de arrendamiento de local comercial original, no es necesaria ninguna formalidad adicional, únicamente se requiere que el documento sea leído y firmado por todos los que participan en él (incluidos en su caso, los fiadores del nuevo arrendatario) y se adjunte copia de los documentos con los que se identifican.
Legislación civil (código civil federal y códigos civiles estatales).
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País: México