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Última revisión: 07/09/2024
Formatos disponibles: Word y PDF
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Rellenar el modeloEste documento permite que cualquier entidad sin ánimo de lucro (ya sea una fundación, una asociación de utilidad pública, etc.) que reciba una cantidad de dinero o bienes de forma gratuita detalle la donación concreta recibida con el fin de permitir que el donante se pueda deducir fiscalmente las cantidades o el valor de los bienes donados. Esta justificación es importante para que la persona que ha realizado la donación (es decir, el donante) pueda demostrar que ha realizado de forma veraz una donación de dinero, y que, por tanto, se puede acoger a las ventajas fiscales o beneficios fiscales relacionados.
En relación con este documento, se debe tener en cuenta que si las partes desean formalizar la entrega de una serie de bienes o dinero de forma gratuita, se deberá firmar un contrato de donación.
Asimismo, si la entidad sin ánimo de lucro desea agradecer una donación recibida, debe preparar una carta de agradecimiento de donación a una entidad sin ánimo de lucro.
El donante podrá deducirse las donaciones realizadas en favor de entidades u organizaciones que carezcan de ánimo de lucro. En concreto, dentro de las entidades sin ánimo de lucro que pueden ser beneficiarias de la donación se incluyen las fundaciones, las asociaciones declaradas de interés público, las federaciones deportivas, así como las universidades públicas, y los Organismos Públicos de Investigación dependientes de la Administración General del Estado.
La persona o entidad que recibe una donación debe emitir este certificado con el fin de justificar la correcta recepción de la cantidad o bienes donados.
Asimismo, la entidad sin ánimo de lucro deberá completar del denominado formulario 182 de la Agencia Tributaria, en el que se deberán detallar cada una de las donaciones que ha recibido, así como indicar los datos de cada una de las personas o entidades donantes.
La entidad sin ánimo de lucro puede incluir en este certificado el siguiente tipo de donaciones recibidas a su favor:
Cualquier persona o entidad que realice una donación en favor de una entidad sin ánimo de lucro puede deducirse fiscalmente las siguientes cantidades:
De forma específica, esta deducción se aplica de la siguiente manera:
P. ej. si la donación asciende a 1000 euros, el donante se podrá deducir el 80% de 150 euros y el 35% de 850 euros, es de 120 euros + 297,50 euros = 417,50€.
En ambos casos, la base de esta deducción no podrá exceder el 10% de la base imponible del período impositivo. Si la deducción supera esta cantidad, la deducción sobrante se podrá deducir en declaraciones de años siguientes.
Para garantizar la plena validez de este certificado, se debe tener en cuenta lo siguiente:
Contenido del certificado
Este certificado contiene el siguiente contenido mínimo para garantizar su validez:
La mención expresa de que la entidad beneficiaria de la donación es una entidad sin ánimo de lucro (ya sea una fundación, una asociación de utilidad pública, etc.).
La cuantía del donativo o el detalle de los bienes recibidos en donación.
Los datos de la escritura pública en la que se recogió el acuerdo de donación (p. ej. la escritura de donación de un inmueble).
El destino o utilidad que la entidad sin ánimo de lucro dará al objeto donado en el cumplimiento de su finalidad específica.
El carácter irrevocable e incondicional de la donación, es decir, el donante no puede solicitar la restitución de los bienes donados, ni la entrega de la donación se encuentra condicionada al cumplimiento de una condición o requisito.
Formalización del certificado
El representante de la entidad sin ánimo de lucro (ya sea su presidente, su director o una persona apoderada por la entidad) debe firmar personalmente dos copias de este certificado.
Una vez firmada, este certificado se debe entregar una copia firmada de este certificado al donante o a la persona que actúe en representación del donante (p. ej. al órgano de administración de la empresa que ha realizado la donación).
Asimismo, la entidad sin ánimo de lucro deberá completar del denominado formulario 182 de la Agencia Tributaria, en el que detallará cada una de las donaciones que ha recibido.
Una vez enviado el certificado, el donante lo podrá utilizar ante la Agencia Tributaria o cualquier otra administración fiscal autonómica para justificar la solicitud de las deducciones fiscales correspondientes a su donación.
Por último, la entidad sin ánimo de lucro deberá adjuntar aquellos documentos que justifiquen la realización de la donación, entre los que se recoge el certificado bancario que demuestre la recepción del dinero o de los documentos o escrituras en las que se transmiten los bienes donados.
Este certificado de donación se rige por lo previsto en el artículo 24 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
También tienes la opción de consultar a un abogado si necesitas ayuda.
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