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Rellenar el modeloUna autorización de trabajo para menor de edad permite que las personas que ejercen la patria potestad sobre un menor (madres y padres), o sus tutores legales, redacten una autorización para que un menor de 18 años no emancipado pueda firmar válidamente un contrato de trabajo.
Los menores de entre 16 y 18 años cuya emancipación haya sido concedida por las personas que ejercen la patria potestad o por un juez, o que viven de forma independiente con el consentimiento de sus padres o tutores legales, pueden firmar un contrato de trabajo sin autorización alguna.
Por último, los padres o tutores solo pueden autorizar a los menores de 16 años a participar en espectáculos públicos (p. ej. participar en conciertos, musicales, películas, obras de teatro, etc.). No es posible autorizar al menor a realizar cualquier otro tipo de actividad laboral. Asimismo, es necesario que la autoridad laboral de la provincia en la que se lleve a cabo el espectáculo autorice esta actividad del menor.
Según las actividades concretas que se desean autorizar al menor, los padres o tutores pueden otorgar:
Sí, los padres o tutores del menor deben formular esta autorización por escrito para que tenga validez. Debe constar claramente por escrito la voluntad de los padres o tutores de permitir, de forma expresa, la firma del contrato de trabajo. La mera autorización verbal emitida por los padres o tutores no es válida para permitir la firma del contrato de trabajo.
El principal requisito para la firma de esta autorización es que el padre y/o madre tenga reconocida la patria potestad sobre el menor o tenga su custodia legal. Si es un tutor, este tiene que haber sido nombrado correctamente por una autoridad judicial.
No es posible la firma de esta autorización por el padre o madre al que se le haya retirado la patria potestad o que haya perdido la tutela sobre el menor.
Esta autorización debe ser firmada por las personas que ejercen la patria potestad sobre un menor español, es decir, su madre o padres, o sus tutores legales nombrados por sentencia judicial.
Esta autorización puede ser firmada por ambos padres o tutores legales, o solo por uno de ellos. Si uno de los padres tiene la custodia legal o patria potestad del menor, será este el que deberá firmar esta autorización.
Al menos uno de los progenitores o tutores legales del menor deben firmar a mano esta autorización. Asimismo, deberán adjuntar a esta autorización los documentos listados en la siguiente pregunta.
La autorización de trabajo para menor de edad debe ir acompañada de la siguiente documentación (original, o fotocopia compulsada):
Los progenitores o tutores legales del menor deben entregar al empleador esta autorización original firmada de acuerdo con los requisitos y documentos adicionales anteriormente descritos.
La firma de esta autorización de trabajo para menor de edad con los requisitos aquí señalados permitirá que el menor pueda firmar un contrato de trabajo y, por tanto, comenzar su actividad laboral como empleado.
Ahora bien, no supone ningún cambio o restricción en la patria potestad o custodia de los padres o en la capacidad de los tutores para tomar decisiones sobre el menor. Supone simplemente una autorización puntual para la firma de un contrato de trabajo específico.
No, no es necesaria la firma de esta autorización de ante notario. En todo caso, las partes pueden acudir a un notario para que este legitime las firmas de la autorización, lo cual aporta mayor seguridad jurídica de su veracidad.
La autorización para un menor de edad debe incluir, como mínimo, los siguientes puntos:
¿Cuál es la legislación aplicable a la autorización de trabajo para menor de edad?
En general, es de aplicación a esta autorización de trabajo para menor de edad lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (especialmente, sus artículos 6 y 7). En el caso de la intervención de menores de 16 años en espectáculos públicos, también es aplicable el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos (especialmente, su artículo 2).
Asimismo, se debe tener en cuenta lo dispuesto en el Código civil sobre las relaciones paterno-filiales (artículos 154 y siguientes) y a la tutela, curatela y guarda de los menores (artículos 215 y siguientes).
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Autorización de trabajo para menor de edad - Modelo
País: España