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Contrato de compraventa con pacto de retroventa

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¿Qué es un contrato de compraventa con pacto de retroventa?

Es un contrato mediante el cual se vende un bien con la opción de que el vendedor lo recompre dentro de un plazo y por un precio previamente acordados. Sirve como garantía de pago, ya que si el vendedor no recompra el bien dentro del plazo, el comprador puede disponer de él libremente.


¿Cuál es la diferencia entre un contrato de compraventa con pacto de retroventa y un contrato de compraventa?

En un contrato de compraventa, la transferencia de propiedad es definitiva. En un contrato de compraventa con pacto de retroventa, la transferencia de propiedad es condicional, ya que el vendedor tiene la opción de recuperarla dentro de un plazo determinado. Si no la recupera, la venta se vuelve definitiva.


¿Cuál es la diferencia entre una compraventa con pacto de retroventa y una garantía mobiliaria?

Aunque ambas figuras sirven para garantizar una deuda, funcionan de manera diferente:

  • Compraventa con retroventa: se transfiere la propiedad del bien al comprador, quien puede disponer de él si el vendedor no lo recompra dentro del plazo. No requiere registros especiales ni procesos judiciales o administrativos para ejecutar la garantía.
  • Garantía mobiliaria: se constituye una garantía sobre el bien, pero el deudor conserva la propiedad. Requiere un registro especial y un proceso judicial o administrativo para que el acreedor pueda tomar posesión del bien en caso de incumplimiento.


¿Cuál es el plazo máximo que tiene el vendedor para recuperar sus bienes?

El plazo máximo que pueden pactar las partes para la recompra del bien vendido es de 4 años, contados desde la fecha de firma del contrato.


¿Existen límites al precio que debe pagar el vendedor para recuperar el bien?

No, no existen límites máximos al precio de recompra de los bienes vendidos con pacto de retroventa. Sin embargo, el precio de recompra generalmente no excede el valor comercial del bien, de no ser así, el vendedor podría comprar un bien similar más económico en vez de recomprar el que vendió.


¿Es obligatorio tener un contrato de compraventa con pacto de retroventa?

Si bien el contrato de compraventa con pacto de retroventa puede ser verbal, la práctica es hacerlo siempre por escrito. De esta forma el vendedor tiene constancia de que se entregó el bien al comprador y de los términos bajo los cuales puede recuperar el bien entregado, tales como el plazo y el precio de recompra.


¿Qué bienes no se pueden incluir en este contrato?

Este contrato no es apto para bienes sujetos a registro, como:


¿Qué hacer después de diligenciar el contrato?

Una vez diligenciado el contrato se debe imprimir y firmar dos copias, una para el comprador y otra para el vendedor. De esta forma cada parte tendrá prueba de la venta del bien y las condiciones en que se puede recomprar. Este documento no requiere ser autenticado para su validez, aunque las partes lo pueden realizar para mayor seguridad.

El vendedor deberá conservar el contrato, toda vez que este da constancia de que se entregó el bien al comprador y que este está obligado a devolverle el bien si decide recomprarlo dentro del plazo y precios estipulados en el documento.


¿Se debe autenticar en notaría el contrato?

No es obligatorio, pero las partes pueden hacerlo si desean mayor seguridad.


¿Se debe registrar el contrato?

No, a diferencia de las garantías mobiliarias, el contrato de compraventa con pacto de retroventa no requiere ser autenticado para su validez.


¿Qué debe contener el contrato?

Para su validez el contrato debe contener:

  • Identificación de las partes: para cada uno de los vendedores y compradores se debe indicar su nombre, número de documento y dirección. En caso de que se trate de personas jurídicas (empresas, sociedades, fundaciones, entidades, etc) se debe identificar además a su representante legal.
  • Bienes u objetos que se venden o dan en garantía: se debe identificar cada uno de los bienes u objetos que se dan en venta o garantía. Para los siguientes bienes se debe proveer además:
    • Celulares u otros dispositivos electrónicos: se debe proporcionar el IMEI (celulares) o número de serie (otros dispositivos).
    • Bicicletas: se debe proporcionar el número de marco.
  • Precio de compra: se debe indicar el precio por el cual se vende o recibe el bien en garantía.
  • Precio de recompra o retroventa: se debe indicar el precio que deberá pagar el vendedor para recomprar o recuperar el bien u objeto.
  • Plazo de la retroventa: se debe indicar el plazo que tiene el vendedor para recomprar o recuperar el bien u objeto, ya sean días, semanas o meses. Una vez vencido el plazo el comprador puede disponer libremente del bien.


¿Qué leyes regulan el contrato de compraventa con pacto de retroventa?

Principalmente el Código Civil, y de manera general la ley de garantías mobiliarias para establecer las obligaciones de las partes:

  • Código Civil, Título XXIII, Capítulo XI: regula el contrato de compraventa con pacto de retroventa.
  • Ley 1676 de 2013: regula las garantías mobiliarias en general.


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