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Última revisión: Hace 2 semanas
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Es un contrato mediante el cual una persona (el cedente) concede a otra (el cesionario) el derecho de usar una obra suya (literaria, musical, audiovisual, artística, software, etc.) de manera libre o para un fin específico. La cesión puede ser realizada por el autor original o por alguien que haya adquirido los derechos previamente. Con este contrato se transfieren los derechos patrimoniales de la obra, que son los que permiten obtener beneficios económicos de ella (reproducción, exhibición, venta, etc.). Los derechos morales, que protegen la autoría y la integridad de la obra, son intransferibles y permanecen siempre con el autor original.
Por ejemplo, si un escritor cede los derechos de su novela a una editorial, esta podrá publicarla, venderla y distribuirla, pero el escritor seguirá siendo reconocido como el autor.
Aunque ambos son tipos de propiedad intelectual, protegen cosas distintas:
Si se desea ceder el uso de una marca, se debe utilizar un contrato de cesión de marca.
La cesión de derechos de autor puede ser total o parcial:
No. Los derechos de autor existen desde el momento de la creación de la obra. El registro ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor es opcional, crea una presunción legal de autoría y facilita la defensa de los derechos ante terceros.
Que la obra exista y que se tengan los derechos, ya sea por ser el autor o porque se han adquirido de alguien más. Los derechos de autor se pueden ceder aunque la obra no esté registrada. El registro de la obra sólo crea una presunción legal de que quien figura en el registro es el autor. El registro de una obra:
La única diferencia entre la cesión de obras no registradas y las que sí es que en estas últimas deberá registrarse el documento ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
Sí. El cedente puede transferir solo algunos de los derechos patrimoniales, como el derecho de reproducción o el derecho de distribución. Esto significa que el cesionario solo podrá ejercer los derechos que se le hayan cedido de manera específica.
Los derechos de la obra pueden ser cedidos por cualquier persona que posea los mismos. El primer poseedor de estos derechos es el autor de la obra, quien puede cederlos a cualquier persona. Una vez cedidos, estos pueden ser cedidos sucesivamente sin restricción alguna.
Las personas jurídicas pueden también ser consideradas autoras de las obras que se producen bajo su iniciativa y dirección. Cuando se produce una obra bajo la iniciativa y dirección de una persona, esta persona conservará para sí los derechos patrimoniales de la misma, ya sea una persona natural o jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc). Por ejemplo, si los docentes de una Universidad escriben un libro bajo las órdenes y financiación de aquella, la institución tendrá los derechos para usar la obra. Lo mismo si un empleado realiza alguna obra bajo la dirección u órdenes de su empleador.
Se deben imprimir dos copias del contrato, una para cada parte, y autenticarlas en notaría. Adicionalmente:
Junto al documento se deberá anexar una copia o reproducción de la obra por cualquier medio. El contrato debe ser autenticado para su validez.
Al contrato se debe anexar una copia o reproducción de la obra. Por ejemplo, si se trata de una obra literaria se podrá anexar una copia completa de la misma, si se trata de una obra artística se podrá incluir fotografías de esta u otros registros.
Sí, este contrato debe autenticarse en notaría para su validez.
Si la obra está registrada ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, se deberá registrar el contrato ante la misma entidad. Si la obra no está registrada, el documento incluirá un poder para que el cesionario pueda realizar el registro de la obra ante la entidad si así lo desea. En este caso también se deberá autenticar el poder en notaría.
Para su validez el contrato de cesión de derechos de autor debe contener:
La cesión de derechos de autor se encuentra regulada en:
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
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Guías para ayudarle
Contrato de cesión de derechos de autor - modelo
País: Colombia