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Citación a descargos laborales

Última revisión Última revisión 18/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 18/09/2024

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Mediante esta carta un empleador o jefe cita a un trabajador a la diligencia de descargos, es decir, la reunión en la que se le explica al trabajador los hechos de que se le acusa, las pruebas en su contra y se le da la oportunidad de defenderse. Esta carta es sólo para citar al trabajador a la diligencia, en caso de que se requiera el documento en que se registra lo ocurrido durante esa reunión se debe usar un Acta de diligencia de descargos.

La citación a descargos es la primera etapa de un proceso disciplinario contra el trabajador. Se le cita a una reunión para darle a conocer los hechos o situaciones que podrían conducir a una sanción y escuchar su versión de estos.


Es necesario indicar los hechos y pruebas que se tiene contra el trabajador

El trabajador sólo podrá defenderse si conoce los hechos de que se le acusa y las pruebas que hay en su contra, por lo tanto, y a fin de garantizar su derecho a la defensa, en la citación se deben incluir los hechos y pruebas con que se cuenta. Imponer una sanción sin que el trabajador conozca los elementos que se tienen en su contra puede conducir a la nulidad de la sanción.


Cómo usar este documento

Para diligenciar este documento se debe proporcionar la siguiente información:

  • Nombre del trabajador al cual se cita a descargos.
  • Fecha y hora de realización de la diligencia de descargos.
  • Forma de realización de la diligencia: se debe indicar si la diligencia de descargos se realizará de manera presencial o virtual. En caso de que sea virtual se debe indicar el software que se usará para realizar la reunión y opcionalmente indicar el número de llamada, sala, reunión o similar si se cuenta con uno.
  • Hechos de que se acusa al trabajador.
  • Pruebas que se tiene contra el trabajador.
  • Indicar si en la empresa hay sindicato: en caso de que sí los trabajadores tienen derecho a asistir en compañía de miembros del sindicato, si no, pueden ser acompañados por hasta dos compañeros de trabajo.
  • Persona que firma la carta: indicar si se trata del empleador directamente o un representante suyo. En caso de que se trate de un representante se debe indicar el cargo o posición en que actúa (recursos humanos, apoderado, trabajador, etc).

Una vez diligenciado el documento se debe imprimir y firmar dos copias, una para entregar al trabajador y otra para el empleador, la cual deberá ir firmada por el trabajador como signo de recibido. Si la citación se envía por correo electrónico no tiene requisitos adicionales más que su envío.


Legislación aplicable

Decreto 2351 de 1965, artículo 10 — Modifica el Código Sustantivo del trabajo.

Decreto 1373 de 1966, artículo 6.


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