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Autorización de Viaje para Menores de Edad

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¿Qué es una autorización de viaje para menores de edad?

La autorización de viajes paras menores de edad es el documento para que una persona menor de edad pueda viajar fuera de Chile cuando lo haga solo o sin compañía de personas mayores de edad, o solamente con uno de sus padres, o con terceras personas mayores de edad.

Es posible otorgar autorización para que un menor de edad viaje dentro de Chile, aunque no es un requisito exigido por la ley.


¿Cuál es la diferencia entre una autorización de viaje y otras autorizaciones para menores de edad?

Las personas menores de edad requieren de la autorización de sus padres para llevar a cabo ciertas acciones, entre ellas:

  • Participar en actividades, por ejemplo, competencias deportivas, cursos o talleres artísticos, actividades extraprogramáticas, entre otras.
  • Trabajar, si un menor de edad quiere realizar una actividad remunerada, necesita de la autorización notarial de los padres.
  • Viajar, la ley exige una autorización notarial para que un menor de edad pueda viajar fuera del país, no así para los viajes nacionales.

Las autorizaciones para viajar fuera del país y para trabajar deben ser autorizadas ante notario y son obligatorias para realizar ese tipo de actividades. Por otra parte, las autorizaciones para participar de actividades o para viajar dentro del país no son requeridas por ley para llevar a cabo las acciones mencionadas.


¿Es obligatorio autorizar el viaje de un menor de edad?

En este caso, hay que distinguir entre los viajes que se realizan dentro y fuera del país.

  • Viaje dentro de Chile: Los menores de edad pueden viajar dentro del territorio nacional, ya sea en compañía de sus padres, cuidadores o de manera independiente, y no requieren de autorización.
  • Viaje al extranjero: Es obligatorio contar con una autorización de los padres o cuidadores para que una persona menor de edad viaje al extranjero. En el caso de que viaje con ambos padres, no requiere autorización.

Es útil, pero no obligatorio, otorgar un permiso o autorización de viaje dentro del país para personas menores de edad para dar cuenta del consentimiento de los padres o cuidadores y dar a conocer su número y detalles de contacto.


¿Quién debe otorgar la autorización de viaje para menores de edad?

La autorización de viaje siempre se otorga para autorizar a una persona menor de edad, es decir, menor de 18 años y debe ser otorgada por sus padres o cuidadores en los siguientes casos:

  • Si el menor de edad viajará solo o con terceras personas, esta autorización debe ser extendida por ambos padres, o por aquel que lo hubiere reconocido o esté vivo. Se entiende por terceras personas a aquellas mayores 18 años que ni por ley ni por sentencia judicial les corresponda el cuidado personal de la persona menor de edad.
  • Si un tribunal confió el cuidado personal (tuición) del menor de edad solamente a uno de sus padres o a una tercera persona, es aquella quien debe extender la autorización. Si se reguló el derecho a una relación directa y regular (visitas) en favor de uno de los padres a quien no se confió el cuidado personal de la persona menor de edad, este también debe emitir esta autorización.
  • Si el menor de edad viajará solamente con uno de sus padres, el otro con quien no viaje es quien debe extender esta autorización.
  • Si el menor de edad viajará con ambos padres, o con la o las personas a quienes se haya confiado su cuidado personal por sentencia judicial (por ejemplo, los abuelos, una tía) no es necesario hacer uso de este documento.

En situaciones en las cuales no sea posible obtener la autorización de uno o ambos padres, se requerirá la intervención de un juez de familia para otorgar dicha autorización.


¿Qué ocurre si falta uno de los padres para firmar la autorización de viaje para menores de edad?

En caso de que la autorización para salir al extranjero no pudiere otorgarse o fuera negada sin motivo plausible por alguna de aquellas personas que deben otorgarla, podrá ser otorgada por el juez de familia del lugar en que tenga su residencia la persona menor de edad.

Por otro lado, si uno de los padres ha fallecido, no será necesaria la intervención del juez de familia y bastará con la firma del otro padre o madre o del cuidador, cuando corresponda. Por ejemplo, si el menor de edad viaja al extranjero sin compañía y su madre ha fallecido, será el padre el facultado para autorizar el viaje.


¿Qué se debe llevar a cabo una vez que la autorización de viaje para menores de edad este lista?

En este caso se debe distinguir el tipo de viaje que el menor de edad realizará.

  • Viaje fuera de Chile: La autorización de viaje para menores de edad debe ser firmada por todas las personas que deban emitir la autorización de viaje, trámite que debe realizarse ante Notario Público, en al menos 2 copias, una de las cuales deberá ser presentada al momento de salir del país, y la otra al momento de retornar a Chile.
  • Viaje dentro de Chile: La ley no exige presentar una autorización ante Notario Público y solo bastará la firma de los interesados para su validez.


¿Qué documentos deben acompañarse a la autorización de viaje para menores de edad?

La autorización debe ir acompañada de los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad vigente de la persona menor de edad, si se le autoriza a viajar dentro de Chile, o hacia Argentina, Brasil, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay o Uruguay.
  • Pasaporte vigente de la persona menor de edad, si se le autoriza a viajar fuera de Chile, a cualquier país distinto de los indicados en el punto anterior.
  • Certificado de Nacimiento de la persona menor edad o Libreta de Familia, más tres copias simples.
  • Si uno de los padres ha fallecido, además del documento de identidad y el certificado de nacimiento o libreta de familia, deberá acompañarse también el correspondiente Certificado de Defunción.


¿Es necesario otorgar la autorización de viaje para menores de edad ante notario?

La autorización de viaje para menores de edad al extranjero debe ser otorgada por escritura pública o autorizada ante Notario Público. Para realizar este trámite, usualmente se requiere lo siguiente:

  • Presencia del padre, madre o cuidador que autoriza el viaje con su cédula de identidad vigente.
  • Certificado de nacimiento del menor de edad.
  • Detalles respecto al viaje que se realizará, como el país de destino, fecha de salida y retorno, entre otros.

En el caso de menores de edad que sean hijos de extranjeros con residencia en Chile, la autorización también puede ser otorgada por el Cónsul del país de la nacionalidad del padre, madre o de ambos, según corresponda. En tal situación, se requiere enviar una copia del mismo al Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Es importante señalar que esta disposición no es aplicable si el menor de edad o alguno de sus padres tiene la nacionalidad chilena. En estos casos, la autorización deberá ser concedida por el juez de letras chileno con jurisdicción en el lugar de residencia del menor.

Si se requiere autorizar a un menor de edad para realizar un viaje dentro de Chile no será necesaria la autorización ante notario, basta con la firma de los interesados para su validez.


¿Qué debe contener la autorización de viaje para menores de edad?

Una autorización de viaje para menores de edad debe contener:

  • Identificación de las personas que la extienden (madre, padre o cuidadores).
  • Nombres de las personas menores de edad autorizadas a viajar.
  • El origen y destino del viaje
  • La duración del viaje.


¿Cuál es la normativa aplicable a la autorización de viaje para menores de edad?

La autorización de viaje para menores de edad se encuentra regulada en la Ley Nº 16.618, Ley de Menores, especialmente el artículo 49 que dispone quién debe autorizar la salida de las personas menores de edad. Asimismo, le resultan aplicables: la Ley N° 20.383 sobre la salida de menores desde Chile, la Ley Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia y el Decreto N° 386 de 1994 de Relaciones Exteriores que promulga la Convención sobre los Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Niños.


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