¿Qué es un Contrato de Compraventa de Vehículos con más de 15 años?
La compraventa de un vehículo no solo implica el trámite notarial o registral para formalizar la transferencia vehicular, sino que también hay documentos y requisitos que deben cumplirse para que la transferencia se lleve a cabo sin inconvenientes ni observaciones. Asimismo, debido ciertas normas de transporte, pueden existir limitaciones y/o condiciones específicas para vehículos con más de 15 años que ameritan ser delimitadas en un contrato especial distinto al Contrato de Compraventa Vehicular General.
En ese sentido, para comprar o vender un vehículo de forma segura, es esencial contar con un Contrato de Compraventa Vehicular que establezca con claridad las condiciones de la transferencia del vehículo (precio, forma de pago, estado del vehículo, etc.). Este documento protegerá tanto al comprador como al vendedor.
En resumen, podemos decir que es un acuerdo entre el comprador y el vendedor para transferir la propiedad de un vehículo de más de 15 años a cambio de un pago, sirve para formalizar por escrito la transacción y establecer los derechos y obligaciones de ambas partes. Por otro lado, si lo que se trata de un vehículo con hasta 15 años se puede utilizar el Contrato de Compraventa Vehicular General.
¿Cuáles son los distintos tipos de Contrato de Compraventa?
Entre los más comunes podemos encontrar la Compraventa Tradicional (Compraventa de Inmuebles, Compraventa Vehicular y Compraventa de Bienes Muebles), la Compraventa de Bienes Futuros y la Compraventa Electrónica.
- Compraventa Tradicional: Es el contrato más común, en el cual el vendedor transfiere la propiedad de un bien al comprador a cambio de un precio. Puede celebrarse de forma verbal o escrita, y de corresponder, se puede formalizar a través de un Acto Notarial y su inscripción ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). Dentro de esta categoría se incluyen:
- Compraventa de Inmuebles: Requiere escritura pública y su inscripción en SUNARP para ser válida frente a terceros.
- Compraventa Vehicular: Debe constar en un contrato por escrito, y el cambio de titularidad debe registrarse en la SUNARP.
- Compraventa de Bienes Muebles: Aplica a bienes como maquinaria, equipos o mercancías, y su formalidad depende del valor y la naturaleza del bien.
- Compraventa de Bienes Futuros: Se pacta la venta de un bien que aún no existe pero que será producido, construido o adquirido en el futuro.
Ejemplo: Preventa de inmuebles en proyectos inmobiliarios, contratos agrícolas para la compra de cosechas futuras, o la fabricación de productos bajo pedido.
- Compraventa Electrónica: Este tipo de contrato se realiza a través de plataformas digitales, con validación mediante firmas electrónicas y/o pagos por medios electrónicos.
Ejemplo: Compras a través de Mercado Libre o Amazon.
¿Cuál es la diferencia entre un Contrato de Compraventa Vehicular y un Leasing Vehicular?
Si bien en algunos casos un Leasing Vehicular termina convirtiéndose en una Compraventa, esto no siempre ocurre así, por lo que es importante diferenciar ambos conceptos.
- Compraventa Vehicular: El comprador paga y se convierte en el propietario del vehículo.
- Leasing Vehicular: Es un arrendamiento con opción de compra; la propiedad sigue siendo de la persona natural o jurídica que otorga el leasing hasta que el comprador pague el valor total. Este tipo de contratos solo pueden ser celebrados por empresas autorizadas que no son ni distribuidores ni fabricantes de vehículos.
¿Es obligatorio tener un Contrato de Compraventa Vehicular?
No es obligatorio, pero sí es recomendable. Aunque la transferencia se formaliza con el Acta de Transferencia Vehicular notarial y la inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), el contrato escrito sirve para respaldar la transacción y evitar controversias legales sobre ciertas condiciones o características adicionales del vehículo.
¿Cuáles son los requisitos previos de un Contrato de Compraventa de Vehículos con más de 15 años?
Para poder celebrar un Contrato de Compraventa Vehicular es necesario que el vehículo:
- Se encuentre debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) y el vehículo tenga más de 15 años de antigüedad.
- No tenga deudas o gravámenes (revisar en SUNARP).
- Que el vendedor sea el propietario registrado.
- Cuenta con la tarjeta de identificación vehicular actualizada (en caso se hayan realizado modificatorias al vehículo) y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.
Importante: La delimitación de hacer un Contrato de Compraventa de Vehículos específica para vehículos con más de 15 años, se debe a que los vehículos con más antigüedad tienen ciertas limitaciones (Ej.: No pueden prestar servicio de taxi) y tienen mayor riesgo a ser enviados a depósito y posterior desecho (chatarreo) si no se les da mantenimiento adecuado. Para todos los otros casos, se sugiere utilizar un Contrato de Compraventa Vehicular General.
¿Quién puede suscribir un Contrato de Compraventa Vehicular?
Cualquier persona puede suscribir como comprador y vendedor en el contrato de compraventa de vehículo, sea persona natural o jurídica (empresa, asociación, fundación, etc.), siguiendo los siguientes lineamientos:
- Personas naturales: Cualquier persona mayor de edad con capacidad legal para contratar. Si una de las partes es una persona que contrajo matrimonio bajo el Régimen de Sociedad de Gananciales (Bienes compartidos), se debe considerar que:
- Si el vendedor adquirió el vehículo durante el matrimonio, su cónyuge también debe firmar.
- Si el comprador está casado bajo este régimen, su cónyuge también debe firmar.
- Personas jurídicas: Debe firmar el representante legal con poderes suficientes para comprar y/o vender vehículos.
¿Qué se debe hacer cuando el Contrato está listo?
Cuando el Contrato de Compraventa Vehicular está listo se debe formalizar la transferencia mediante un Acta de Transferencia Vehicular ante Notario Público y dicha Acta deberá presentarse ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) para la inscripción de esta.
Importante: Si una de las partes es una persona que contrajo matrimonio bajo el Régimen de Sociedad de Gananciales (Bienes compartidos), se debe considerar que si el vendedor adquirió el vehículo durante el matrimonio, su cónyuge también debe firmar. Por otro lado, si el comprador está casado bajo este régimen, su cónyuge también debe firmar.
¿Qué documentos se deben adjuntar al Contrato?
El Contrato de Compraventa Vehicular debe estar acompañado de:
- Copias de los documentos de identidad del comprador y vendedor.
- Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo.
- Copia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.
- Copia del comprobante de la operación bancaria para el pago del precio.
- Copia de la constancia de no adeudo del Servicio de Administración Tributaria que corresponda (de la ciudad donde haya circulado el vehículo con regularidad).
- Vigencia de poder o copia literal vigente del Registro de Personas Jurídicas en caso el vendedor o el comprador sean personas jurídicas.
¿Es necesario legalizar las firmas de un Contrato de Compraventa Vehicular notarialmente para que sea válida?
No es obligatorio, pero sí recomendable para mayor seguridad sobre la identidad de las partes y para exigir el cumplimiento de las condiciones pactadas.
¿Se debe registrar el Contrato de Compraventa Vehicular?
Es obligatorio registrar el cambio de titularidad del vehículo, por lo que si bien no es obligatorio registrar todo el Contrato de Compraventa Vehicular sí es obligatorio registrar el Acta de Transferencia Vehicular que se celebra en la Notaría ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), sea de manera presencial o virtual.
Para ello, se deben presentar los siguientes documentos:
- Formulario de inscripción: Formato oficial de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
- Documento de identidad: Original y copia del DNI o documento de identidad de la persona que presentará los documentos ante la SUNARP. Además, dicha persona no deberá tener ninguna multa electoral pendiente.
- Acta de Transferencia Vehicular: Es el Acta firmada por un Notario Público donde se indican los datos de las personas involucradas en la compraventa (nombre, estado civil, etc.), el tipo de trámite que se está realizando y toda la información del vehículo (como los datos que aparecen en la Tarjeta de Identificación Vehicular). También debe incluir el precio y la forma de pago.
- Certificado de revisión técnica: Se debe presentar un certificado vigente que demuestre que el vehículo ha pasado la revisión técnica obligatoria.
- Pago de derechos registrales: Es comprobante de pago que acredita que se han pagado los derechos para registrar oficialmente el trámite.
- Otros requisitos: Dependiendo del caso, pueden solicitarse documentos adicionales según las normas y la evaluación del registro.
Usualmente, al hacer el Acta de Transferencia Vehicular en la Notaría, esta también ofrece o incluye el servicio de inscripción en los Registros Públicos del cambio de propietario del vehículo, facilitando así el trámite.
¿Cuáles son los costos involucrados en la finalización del Contrato de Compraventa?
Los costos involucrados son los costos notariales los cuales dependerán de la Notaría que hayan elegido para formalizar el Acta de Transferencia Vehicular y los costos registrales ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).
¿Qué debe contener un Contrato de Compraventa Vehicular?
Para que el Contrato de Compraventa Vehicular tenga validez, debe incluir:
- Datos del vendedor: Nombre, tipo y número de documento de identidad. Si pertenece a una sociedad conyugal, los datos de ambos cónyuges. Si pertenece a una persona jurídica, los datos de la entidad y de su representante.
- Datos del comprador: Nombre, tipo y número de documento de identidad. Si pertenece a una sociedad conyugal, los datos de ambos cónyuges. Si pertenece a una persona jurídica, los datos de la entidad y de su representante.
- Datos del vehículo: Información de la tarjeta de identificación vehicular (marca, modelo, año de fabricación, número de placa, motor, chasis) y estado del vehículo (nuevo o usado, funcionamiento, conservación).
- Condiciones de la compraventa: Precio y forma de pago del vehículo.
- Precio y forma de pago: Cantidad a pagar a cambio de vehículo y forma de pago (efectivo o transferencia bancaria, en un pago o en cuotas, etc.).
- Garantías y saneamiento: Compromiso de entregar el vehículo libre de cargas o deudas.
- Condiciones específicas: Fecha de entrega, gastos, otros acuerdos.
- Firmas de ambas partes.
¿Qué leyes se aplican al Contrato de Compraventa de Vehículos con más de 15 años?
Las normas aplicables son el Código Civil, el Código Procesal Civil, el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, Reglamento Nacional de Vehículos y el Reglamento Nacional de Tránsito. Estas normas regulan las obligaciones del comprador y vendedor, los requisitos para la transferencia vehicular, y las formalidades para la inscripción de los cambios de titularidad de un vehículo en el Perú.
¿Cómo modificar el modelo?
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.