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La Carta de Rechazo a la Solicitud de Cesión de Arrendamiento tiene como propósito que el arrendador o propietario de una vivienda o local comercial pueda manifestar su rechazo u oposición por escrito a la solicitud de autorización para ceder los derechos sobre el inmueble alquilado por parte del arrendatario o inquilino.
Se puede utilizar para responder rechazando una solicitud de autorización enviada por el arrendatario, quien tiene la intención de ceder el inmueble alquilado para uso residencial o comercial. También puede ser enviada por el arrendador que tiene conocimiento por otras vías de la intención de cesión del inmueble por su inquilino, o de la existencia de una cesión no autorizada que se encuentre en curso.
Si el arrendador acepta dicha solicitud, deberá diligenciar una Carta de Autorización a la Cesión de Arrendamiento Por otro lado, si lo que quiere el arrendador es resolver el contrato por la existencia de una cesión no autorizada, se deberá optar por enviar una Carta de Resolución de Arrendamiento.
No es obligatorio formalizar el rechazo por escrito, pero es importante para tener una evidencia clara de la decisión tomada.
La Cesión de Posición Contractual en un contrato de arrendamiento de una vivienda o local comercial (también conocido como traspaso de local) es un contrato mediante el cual el arrendatario de un inmueble (cedente) transmite a un tercero (cesionario) el conjunto de los derechos y obligaciones que le corresponden en virtud del contrato de arrendamiento, por lo que el arrendatario "sale" del contrato de arrendamiento y el tercero "entra" en su lugar.
El Subarrendamiento es un contrato mediante el cual el arrendatario otorga a un tercero (subarrendatario) el uso del inmueble alquilado de manera total o parcial. Mientras que en la cesión de posición contractual el arrendatario de un inmueble (cedente) transfiere a un tercero (cesionario) el conjunto de los derechos y obligaciones que le corresponden en virtud del contrato de arrendamiento, por lo que el arrendatario "sale" del contrato de arrendamiento y el tercero "entra" en su lugar.
Así, mientras que el subarrendamiento el vínculo entre el arrendador y arrendatario se mantiene, la cesión supone el cambio en la identidad del arrendatario.
Ejemplo: Luis arrienda un edificio de CONSTRUCTORES SA, el cual consta de 5 consultorios para instalar un centro médico. Debido a razones personales, desiste de su emprendimiento y desea ceder su posición como arrendatario de todo el edificio al CENTRO MÉDICO SALUTIS SAC.
Es un requisito indispensable la existencia de un Contrato de Arrendamiento de Inmueble (residencial o comercial).
Las personas o entidades que firmaron el Contrato de Arrendamiento en calidad de arrendadores.
Cuando el firmante es una persona jurídica puede adjuntar un Certificado de Vigencia de Poder obtenido de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) donde conste que el firmante tiene facultades para firmar contratos en nombre de la empresa o entidad que represente.
Esta carta deberá ser firmada por el arrendador y enviada de manera física a la dirección del arrendatario, de manera virtual al correo electrónico del arrendador, o incluso podrían haber establecido que se deba enviar vía notarial.
Cuando una de las partes es una persona jurídica, puede acompañar a la Carta de Rechazo a la Solicitud de Cesión de Arrendamiento un Certificado de Vigencia de Poder obtenido de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) donde conste que el firmante tiene facultades para firmar contratos en nombre de la empresa o entidad que represente.
No es necesario legalizar las firmas notarialmente para que una Carta de Rechazo a la Cesión de Arrendamiento sea válida.
Los costos involucrados son los costos notariales (cuando se decida enviar la carta notarialmente) los cuales dependerán de la Notaría que hayan elegido para la legalización.
Para elaborar adecuadamente una Carta de rechazo del arrendador a la solicitud de cesión del arrendatario, se requiere la siguiente información:
Las normas aplicables a los Contratos de Arrendamiento en general son el Código Civil, en específico los artículos 1666 al 1712, el Código Procesal Civil y la Ley N° 30933.
En el supuesto de modificar un Contrato de Arrendamiento Residencial, se debe observar también el Decreto Legislativo N° 1177.
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
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País: Perú