Acuerdo de Confidencialidad Unilateral

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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

Por el presente documento, ________ identificado(a) con DNI________, con domicilio en ________, en adelante, "EL DIVULGADOR"; y, ________ identificado(a) con DNI________, con domicilio en ________, en adelante, "EL RECEPTOR".

Bajo los términos y condiciones que a continuación se describen:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Las partes del presente Acuerdo están conformadas por:

  • EL DIVULGADOR es una persona natural, cuya principal actividad económica es dedicarse a:

________

  • EL RECEPTOR es una persona natural, cuya principal actividad económica es dedicarse a:

________

CLÁUSULA SEGUNDA: DEFINICIONES

DIVULGADOR: La parte que en el marco del presente acuerdo transmite o comparte información clasificada como confidencial.

RECEPTOR: La parte que en el marco del presente acuerdo recibe o toma conocimiento de información clasificada como confidencial.

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: Es toda aquella información que EL DIVULGADOR comparte con EL RECEPTOR y éste último la recibe con pleno conocimiento de que la misma no debe ser replicada ni difundida con terceros, pues ello podría generar daños a su contraparte.

Cabe mencionar que, se excluye aquella información respecto de la cual cualquiera de las partes pueda demostrar fehacientemente la existencia de alguna de las siguientes circunstancias, con anterioridad a la celebración del presente acuerdo o que devengan con posterioridad:

  • Que la información forma parte del dominio público, antes de la entrada en vigor del presente acuerdo, lo que se demuestra mediante documentos de fecha cierta.
  • Que la información le fue brindada por un tercero, o que por cualquier otro medio ya era de conocimiento de cualquiera de las partes antes de la celebración del presente Acuerdo.
  • Que la información sea publicada o comunicada al público a través de cualquier medio, por su titular o una persona autorizada por este, o por un tercero que desarrolló de manera independiente la información.
  • Que la información sea objeto de una solicitud de registro de patente o derecho de obtentor, y que esta sea publicada por la autoridad correspondiente, dentro del trámite regular de registro.

CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL ACUERDO

El presente documento tiene por objeto establecer las obligaciones relativas a la confidencialidad y no divulgación que EL RECEPTOR asume respecto de la información confidencial compartida por EL DIVULGADOR conforme se describe en la cláusula precedente, dicha información deberá ser empleada únicamente para llevar a cabo las actividades previstas por las partes durante la vigencia de este acuerdo.

En este sentido, las partes reconocen que la información compartida tendrá naturaleza confidencial, por lo que EL RECEPTOR se compromete a tratarla según las provisiones del presente acuerdo, a efectos de resguardar su confidencialidad y evitar su divulgación.

EL RECEPTOR reconoce que la divulgación de la información confidencial, así como el incumplimiento de su destrucción o devolución, podría ocasionar daños y perjuicios al DIVULGADOR, por lo que se obliga a actuar con la debida diligencia y conforme a lo establecido en el presente acuerdo.

CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DEL ACUERDO

Las partes convienen que el presente acuerdo tendrá una duración determinada, desde el ________ hasta el ________. En ese sentido, ambas partes se comprometen de manera irrevocable a cumplir con su deber de confidencialidad hasta la fecha de fin.

CLÁUSULA QUINTA: TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

EL RECEPTOR reconoce que EL DIVULGADOR es el propietario de toda la información que sea proporcionada por el mismo en el marco del presente acuerdo.

EL RECEPTOR conservará, mantendrá y almacenará la información de manera confidencial, teniendo el mismo cuidado que tiene para proteger su propia información privada o confidencial y utilizará la información confidencial sólo para los fines que a continuación se describen:

________

EL RECEPTOR se compromete a guardar confidencialidad y estricta reserva de la información que le sea proporcionada o que obtenga en el desarrollo de las coordinaciones pertinentes, en ese sentido, se compromete a no divulgar, en privado o en público, ni utilizar en beneficio propio o de un tercero, la información obtenida de la parte que revela la información.

EL RECEPTOR acepta y reconoce que esta obligación de confidencialidad y reserva comprende y abarca toda información y documentación adquirida con ocasión directa o indirecta en el marco del presente acuerdo, sin excepción alguna.

EL RECEPTOR se compromete a utilizar la información referida en el presente punto solamente en las actividades autorizadas que se contemplan en el presente acuerdo. Asimismo, de corresponder, se compromete a adoptar las medidas necesarias para limitar el acceso a ella a aquellos trabajadores que la requieran debido a las labores que realizan.

En el caso que EL RECEPTOR incumpliera con la obligación contenida en la presenta cláusula, ello será considerado como un incumplimiento del acuerdo y la penalidad estipulada será activada de manera automática.

EL RECEPTOR también se compromete a no sustraer o utilizar sin autorización expresa y por escrito, cualquier documento del DIVULGADOR, a no entregarle información falsa, causándole perjuicio y obteniendo ventaja de ello, y a no competir deslealmente empleando la información a la que tuvo acceso.

En caso de incumplimiento de su deber de confidencialidad, adicional a la penalidad estipulada, EL DIVULGADOR podrá exigir al RECEPTOR el pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados.

CLÁUSULA SEXTA: DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Toda la información confidencial divulgada o revelada bajo el presente acuerdo de confidencialidad por EL DIVULGADOR, excepto por los documentos preparados por la receptora de la información, continuará siendo de propiedad del DIVULGADOR. En ese sentido, a requerimiento del DIVULGADOR (el cual podrá ser efectuado en cualquier momento), EL RECEPTOR deberá devolver y/o eliminar la información confidencial del DIVULGADOR, de la siguiente forma:

________

A requerimiento del DIVULGADOR, EL RECEPTOR deberá confirmarle por escrito, dentro de los ________ (________) días naturales siguientes de recibida dicha solicitud, que luego de haber realizado todas las gestiones necesarias, la información confidencial ha sido devuelta a la parte que revela la información o destruida y/o borrada permanentemente, habiendo EL RECEPTOR cumplido con todas y cada una de las obligaciones asumidas. Sin perjuicio de lo antes señalado, aquella parte de la información confidencial que se encuentre en, o sirva de base a, los documentos (incluyendo archivos electrónicos y cualquier otro medio de almacenamiento o reproducción de información) preparados por la receptora, deberá ser mantenida por ésta y guardada bajo los términos y condiciones del presente acuerdo de confidencialidad.

CLÁUSULA SÉPTIMA: 528528588 82 85858 85 8882585885825888

52 8582 52 855885825 2528258282222 2 5285258282222 82258 525882552 8522 85 82288858822 528885882 5 255828 52 828 855828 82 2855 2 5225252 5282855, 58858255 2 252822255 5285222228 852 822222252 52225258822 822285228858, 52 85852588 528255 82225255 58855 882558822 225 2885822 2 82225852522222 58 8555228888, 5 282 52 852 2825 582822 285852 858 2258558 52 2522288822 852 822885252 822822822228 2/2 8882555 5 85 25522 852 528882 85 82225258822 528 852288282222 52 828 22528228 2 82258882228 528 25282222 5852552 52 8222852288588555.

EL RECEPTOR deberá, a solicitud del DIVULGADOR, cooperar con ésta última en contestar dicha petición o demanda de información. Si, en caso de ausencia de una medida de protección o de liberación por parte del DIVULGADOR, EL RECEPTOR es requerido a revelar cierta información confidencial por mandato final e inimpugnable de la autoridad competente o ser pasible de sanción, EL RECEPTOR podrá revelar dicha información estrictamente de acuerdo con lo requerido sin incurrir en responsabilidad alguna, siempre y cuando EL RECEPTOR:

  • Avise por escrito al DIVULGADOR con anticipación a la revelación de la información;
  • Proporcione única y exclusivamente la parte de la información confidencial que le ha sido requerida; y,
  • Realice sus mejores esfuerzos para obtener u ordenar o asegurarse que se le brinde la confidencialidad debida a la información confidencial que proporcione.

CLÁUSULA OCTAVA: PENALIDAD

Las partes acuerdan que en caso EL RECEPTOR revele la información confidencial divulgada en el marco del presente acuerdo, directa o indirectamente, de forma dolosa o por negligencia, deberá pagar al DIVULGADOR una penalidad ascendente a S/ ________ (________ soles), sin perjuicio de las acciones civiles o penales que puedan corresponder a este última.

CLÁUSULA NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Todas las controversias que se susciten entre las partes, como consecuencia de la interpretación, ejecución y demás actos que se deriven del presente acuerdo, que no se solucionen de mutuo acuerdo, quedan sometidas a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de la ciudad de la parte que sea demandada.

En señal de conformidad, las partes suscriben este documento en la ciudad de ________, el ________.






________________________________________

EL DIVULGADOR

________






________________________________________

EL RECEPTOR

________

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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

Por el presente documento, ________ identificado(a) con DNI________, con domicilio en ________, en adelante, "EL DIVULGADOR"; y, ________ identificado(a) con DNI________, con domicilio en ________, en adelante, "EL RECEPTOR".

Bajo los términos y condiciones que a continuación se describen:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Las partes del presente Acuerdo están conformadas por:

  • EL DIVULGADOR es una persona natural, cuya principal actividad económica es dedicarse a:

________

  • EL RECEPTOR es una persona natural, cuya principal actividad económica es dedicarse a:

________

CLÁUSULA SEGUNDA: DEFINICIONES

DIVULGADOR: La parte que en el marco del presente acuerdo transmite o comparte información clasificada como confidencial.

RECEPTOR: La parte que en el marco del presente acuerdo recibe o toma conocimiento de información clasificada como confidencial.

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: Es toda aquella información que EL DIVULGADOR comparte con EL RECEPTOR y éste último la recibe con pleno conocimiento de que la misma no debe ser replicada ni difundida con terceros, pues ello podría generar daños a su contraparte.

Cabe mencionar que, se excluye aquella información respecto de la cual cualquiera de las partes pueda demostrar fehacientemente la existencia de alguna de las siguientes circunstancias, con anterioridad a la celebración del presente acuerdo o que devengan con posterioridad:

  • Que la información forma parte del dominio público, antes de la entrada en vigor del presente acuerdo, lo que se demuestra mediante documentos de fecha cierta.
  • Que la información le fue brindada por un tercero, o que por cualquier otro medio ya era de conocimiento de cualquiera de las partes antes de la celebración del presente Acuerdo.
  • Que la información sea publicada o comunicada al público a través de cualquier medio, por su titular o una persona autorizada por este, o por un tercero que desarrolló de manera independiente la información.
  • Que la información sea objeto de una solicitud de registro de patente o derecho de obtentor, y que esta sea publicada por la autoridad correspondiente, dentro del trámite regular de registro.

CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL ACUERDO

El presente documento tiene por objeto establecer las obligaciones relativas a la confidencialidad y no divulgación que EL RECEPTOR asume respecto de la información confidencial compartida por EL DIVULGADOR conforme se describe en la cláusula precedente, dicha información deberá ser empleada únicamente para llevar a cabo las actividades previstas por las partes durante la vigencia de este acuerdo.

En este sentido, las partes reconocen que la información compartida tendrá naturaleza confidencial, por lo que EL RECEPTOR se compromete a tratarla según las provisiones del presente acuerdo, a efectos de resguardar su confidencialidad y evitar su divulgación.

EL RECEPTOR reconoce que la divulgación de la información confidencial, así como el incumplimiento de su destrucción o devolución, podría ocasionar daños y perjuicios al DIVULGADOR, por lo que se obliga a actuar con la debida diligencia y conforme a lo establecido en el presente acuerdo.

CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DEL ACUERDO

Las partes convienen que el presente acuerdo tendrá una duración determinada, desde el ________ hasta el ________. En ese sentido, ambas partes se comprometen de manera irrevocable a cumplir con su deber de confidencialidad hasta la fecha de fin.

CLÁUSULA QUINTA: TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

EL RECEPTOR reconoce que EL DIVULGADOR es el propietario de toda la información que sea proporcionada por el mismo en el marco del presente acuerdo.

EL RECEPTOR conservará, mantendrá y almacenará la información de manera confidencial, teniendo el mismo cuidado que tiene para proteger su propia información privada o confidencial y utilizará la información confidencial sólo para los fines que a continuación se describen:

________

EL RECEPTOR se compromete a guardar confidencialidad y estricta reserva de la información que le sea proporcionada o que obtenga en el desarrollo de las coordinaciones pertinentes, en ese sentido, se compromete a no divulgar, en privado o en público, ni utilizar en beneficio propio o de un tercero, la información obtenida de la parte que revela la información.

EL RECEPTOR acepta y reconoce que esta obligación de confidencialidad y reserva comprende y abarca toda información y documentación adquirida con ocasión directa o indirecta en el marco del presente acuerdo, sin excepción alguna.

EL RECEPTOR se compromete a utilizar la información referida en el presente punto solamente en las actividades autorizadas que se contemplan en el presente acuerdo. Asimismo, de corresponder, se compromete a adoptar las medidas necesarias para limitar el acceso a ella a aquellos trabajadores que la requieran debido a las labores que realizan.

En el caso que EL RECEPTOR incumpliera con la obligación contenida en la presenta cláusula, ello será considerado como un incumplimiento del acuerdo y la penalidad estipulada será activada de manera automática.

EL RECEPTOR también se compromete a no sustraer o utilizar sin autorización expresa y por escrito, cualquier documento del DIVULGADOR, a no entregarle información falsa, causándole perjuicio y obteniendo ventaja de ello, y a no competir deslealmente empleando la información a la que tuvo acceso.

En caso de incumplimiento de su deber de confidencialidad, adicional a la penalidad estipulada, EL DIVULGADOR podrá exigir al RECEPTOR el pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados.

CLÁUSULA SEXTA: DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Toda la información confidencial divulgada o revelada bajo el presente acuerdo de confidencialidad por EL DIVULGADOR, excepto por los documentos preparados por la receptora de la información, continuará siendo de propiedad del DIVULGADOR. En ese sentido, a requerimiento del DIVULGADOR (el cual podrá ser efectuado en cualquier momento), EL RECEPTOR deberá devolver y/o eliminar la información confidencial del DIVULGADOR, de la siguiente forma:

________

A requerimiento del DIVULGADOR, EL RECEPTOR deberá confirmarle por escrito, dentro de los ________ (________) días naturales siguientes de recibida dicha solicitud, que luego de haber realizado todas las gestiones necesarias, la información confidencial ha sido devuelta a la parte que revela la información o destruida y/o borrada permanentemente, habiendo EL RECEPTOR cumplido con todas y cada una de las obligaciones asumidas. Sin perjuicio de lo antes señalado, aquella parte de la información confidencial que se encuentre en, o sirva de base a, los documentos (incluyendo archivos electrónicos y cualquier otro medio de almacenamiento o reproducción de información) preparados por la receptora, deberá ser mantenida por ésta y guardada bajo los términos y condiciones del presente acuerdo de confidencialidad.

CLÁUSULA SÉPTIMA: 528528588 82 85858 85 8882585885825888

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EL RECEPTOR deberá, a solicitud del DIVULGADOR, cooperar con ésta última en contestar dicha petición o demanda de información. Si, en caso de ausencia de una medida de protección o de liberación por parte del DIVULGADOR, EL RECEPTOR es requerido a revelar cierta información confidencial por mandato final e inimpugnable de la autoridad competente o ser pasible de sanción, EL RECEPTOR podrá revelar dicha información estrictamente de acuerdo con lo requerido sin incurrir en responsabilidad alguna, siempre y cuando EL RECEPTOR:

  • Avise por escrito al DIVULGADOR con anticipación a la revelación de la información;
  • Proporcione única y exclusivamente la parte de la información confidencial que le ha sido requerida; y,
  • Realice sus mejores esfuerzos para obtener u ordenar o asegurarse que se le brinde la confidencialidad debida a la información confidencial que proporcione.

CLÁUSULA OCTAVA: PENALIDAD

Las partes acuerdan que en caso EL RECEPTOR revele la información confidencial divulgada en el marco del presente acuerdo, directa o indirectamente, de forma dolosa o por negligencia, deberá pagar al DIVULGADOR una penalidad ascendente a S/ ________ (________ soles), sin perjuicio de las acciones civiles o penales que puedan corresponder a este última.

CLÁUSULA NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Todas las controversias que se susciten entre las partes, como consecuencia de la interpretación, ejecución y demás actos que se deriven del presente acuerdo, que no se solucionen de mutuo acuerdo, quedan sometidas a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de la ciudad de la parte que sea demandada.

En señal de conformidad, las partes suscriben este documento en la ciudad de ________, el ________.






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EL DIVULGADOR

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EL RECEPTOR

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