Solicitud de Copias Expediente Judicial Completar el modelo

¿Cómo funciona?

1. Elegir este modelo

Empieza haciendo clic en "Completar el modelo"

1 / Elegir este modelo

2. Completar el documento

Contesta a algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.

2 / Completar el documento

3. Guardar - Imprimir

¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.

3 / Guardar - Imprimir

Solicitud de Copias Expediente Judicial

Última revisión Última revisión 06/08/2024
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño1 página
Completar el modelo

Última revisiónÚltima revisión: 06/08/2024

FormatosFormatos disponibles: Word y PDF

TamañoTamaño: 1 página

Completar el modelo

El presente documento servirá a las Partes, para solicitar al juez la emisión de copias simples o certificadas (revisadas y firmadas por el juez), ya sea de una parte específica del expediente o bien de la totalidad del mismo.

En México los juicios civiles, mercantiles y familiares, son documentados por escrito formando un "expediente judicial" para cada juicio. Cada Expediente Judicial inicia con una Demanda (Escrito Inicial de Demanda) presentado por una de las partes denominada "Parte Actora", quien reclama de la otra parte denominada "Parte Demandada" el cumplimiento de cierta conducta, la cual el Juez determinará mediante una "Sentencia" si se debe o no cumplir dicha conducta.

En ese sentido, todas las interacciones entre la Parte Actora, la Parte Demandada y el Juez relacionadas con el juicio quedarán registradas por escrito dentro del expediente. El expediente original estará en todo momento en posesión del personal del Poder Judicial y las Partes (Actora y Demandada) podrán consultar el expediente dentro del juzgado, pero nunca podrán extraerlo del tribunal. Razón por la cual es muy común que las Partes soliciten autorización por escrito para obtener copias de los documentos contenidos en el expediente original.


Copias Simples y Copias Certificadas

Existen dos tipos de copias de un expediente judicial; Copias simples y copias certificadas. Las copias simples son documentos privados sin un valor probatorio, mientras que las copias certificadas son documentos públicos con un valor probatorio superior, toda vez que las mismas tienen la rúbrica y firma del juez y el secretario de acuerdos, quien da fe sobre que las copias son idénticas al expediente original.

El "valor probatorio" se refiere a la capacidad o fiabilidad que tiene un documento para servir como prueba o evidencia de un hecho. En ese sentido las copias simples tienen un valor probatorio inferior, toda vez que las mismas pueden ser modificadas por su poseedor, al incluir o excluir deliberadamente algunas partes al expediente, mientras que las copias certificadas brindan mayor certidumbre de los documentos contenidos en el expediente, por contar con el respaldo de que personal del poder judicial certifica que esas copias son idénticas al expediente original.

Es por ello que las copias simples suelen ser utilizadas por las Partes con fines privados para contar con una copia sin valor del expediente original, lo cual suele ser de mucha utilidad para los abogados involucrados en el procedimiento. Por otro lado las copias certificadas son solicitadas y utilizadas por las Partes cuando necesitan comprobar la existencia del expediente, toda vez que el expediente original no puede salir del recinto judicial.


¿Cómo utilizar el documento?

Para poder llenar correctamente el presente documento, deberá contar con la siguiente información:

  • Datos de identificación de ambas Partes (Nombre o Razón Social).
  • Número de Expediente.
  • Vía Judicial en la que se lleva el juicio (Ordinaria, Ejecutiva, Sumaria).
  • Número de Juzgado ante el cual se lleva el procedimiento judicial. (Primero, Cuarto, Séptimo)
  • Materia ante la cual se desahoga el procedimiento judicial (Civil, Mercantil, Familiar)

Una vez llenado el documento con los datos de identificación de las Partes, el número de expediente, la vía judicial en la que se tramita el juicio y el juez al que va dirigido, el mismo deberá ser impreso por duplicado y firmado por la parte quien solicita las copias.

Ambas impresiones deberán ser presentadas en "Oficialía de Partes" (la ventanilla que recibe los escritos dirigidos al Juez), la primera de ellas será anexada al expediente original y la segunda será sellada y servirá como comprobante de la fecha y hora en la que fue presentada la promoción.

Una vez presentada la promoción, deberá esperar hasta que el juez autorice la emisión de las copias mediante una publicación en el expediente, dentro de la cuál el juez manifestará su conformidad con la emisión de copias. Existen muy pocas probabilidades de que el juez niegue una petición de esta naturaleza, toda vez que la misma no tiene ninguna repercusión en el juicio.


Legislación Aplicable

Código Civil Federal

Codigo Federal de Procedimientos Civiles

Código de Comercio

Codigos Civiles de las Entidades Federativas

Cosdigos de Procedimientos Civiles de las Entidades Federativas.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

Completar el modelo