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Estatutos de sociedad civil

Última revisión Última revisión 25/08/2024
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El Contrato de Sociedad Civil, también conocido como Estatutos de Sociedad Civil es el documento que contiene las normas y reglas que regirán las actividades que lleve a cabo precisamente una Sociedad Civil.

A través de este contrato se crea una persona moral (o persona jurídica) mediante la cual, los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos y/o sus esfuerzos para llevar a cabo un fin común de carácter preponderantemente económico, pero sin que este se llegue a considerar como una especulación comercial.

Ahora bien, si las personas que desean crear la sociedad, tienen como finalidad realizar una actividad comercial (por ejemplo, dedicarse a la venta de herramientas) entonces lo procedente es crear una sociedad mercantil, por ejemplo, a través de los siguientes contratos:


¿Cómo utilizar este documento?

Para realizar la constitución de una Sociedad Civil a través del Contrato de Sociedad Civil, se deben definir al menos los siguientes aspectos:

1. Los nombres y apellidos de los socios.

2. La razón social. Esto es la forma en la que se identificará a la Sociedad Civil.

3. El objeto de la Sociedad Civil. Esto es, el fin común que los socios se han propuesto realizar.

4. El Capital Social. El cual estará constituido con las aportaciones que realizan cada uno de los socios, dichas aportaciones pueden ser en dinero, en bienes materiales o en trabajo y debe definirse claramente el valor de la aportación que realiza cada socio (en este caso en pesos mexicanos).

5. La forma en la que se llevará a cabo la administración de la sociedad, y en su caso, la forma en la que las operaciones serán supervisadas a través de un órgano de vigilancia.

Para cumplir con las obligaciones fiscales establecidas en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, usualmente en los propios estatutos se indica el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cada uno de los socios, para que al momento de inscribir y dar de alta a la sociedad ante SAT no exista ningún inconveniente, sin embargo, esto se puede hacer de manera posterior. En caso de que se incluya el RFC de cada uno de los socios, es posible adjuntar al Contrato de Sociedad Civil la Cédula de Identificación Fiscal de cada uno de ellos.

También es importante solicitar la autorización de la Secretaría de Economía para hacer uso de la razón social. Dicho trámite puede realizarse a través de la página de internet de la Secretaría mencionada. En caso de que este trámite no se haya realizado, no resulta en ningún inconveniente para que el contrato se lleve a cabo, pero si ya ha sido realizado se puede adjuntar al contrato copia del documento en el que se otorga la autorización.

Finalmente, los socios deberán hacer constar, el Contrato de Sociedad Civil en escritura pública otorgada ante notario público e inscribirse en el Registro Público de Personas Morales para que produzca efectos contra terceros y pueda operar a través de sus representantes.


Legislación Aplicable

Legislación civil (Código Civil Federal y Códigos Civiles Estatales).

En el caso específico del Código Civil Federal, artículos 2688 al 2735.


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