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Declaración bajo protesta

Última revisión Última revisión 18/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 18/09/2024

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¿Qué es una Declaración Bajo Protesta?

Es el documento por medio del cual una persona realiza una declaración personal en la que asegura que lo manifestado en su declaración es verídico, asumiendo las posibles consecuencias civiles y penales en caso de realizar una declaración falsa. Es por ello que lo manifestado por quien realiza la declaración bajo protesta se presumirá como algo verídico.

Por ejemplo: Al solicitar la reposición de una identificación oficial, la autoridad que emitirá esa identificación, podrá solicitarle al ciudadano que presente una declaración bajo protesta de decir verdad sobre que su documento original ha sido robado o perdido, para poder emitir el nuevo documento.


¿Quién debe firmar una Declaración Bajo Protesta?

La Declaración Bajo Protesta deberá ser firmada por el Declarante, es decir por quien realiza las declaraciones manifestando que las mismas son verídicas.


¿Qué hacer al concluir la Declaración Bajo Protesta?

La Declaración Bajo Protesta deberá ser impresa y firmada por el Declarante, para posteriormente ser entregada o enviada a la persona o institución ante la cual se realizan las declaraciones.

El Declarante podrá imprimir un ejemplar adicional y solicitar que quien reciba la Declaración Bajo Protesta, firme y acuse de recibido, indicando la fecha en la que se entregó el documento.


¿La Declaración Bajo Protesta tiene Anexos que tengan que adjuntarse?

El Declarante podrá adjuntar a la Declaración Bajo Protesta copia simple de su identificación para corroborar que la firma del declarante coincida con la del documento.

Ahora bien, es importante que quien realizará la Declaración Bajo Protesta, verifique previamente con la autoridad ante la cual se presentará la Declaración, la lista de documentos o información que deberá anexar a la Declaración. En virtud de que los documentos que deberán adjuntarse a la Declaración Bajo Protesta, pueden cambiar dependiendo de la autoridad ante la cual se presente la Declaración.


¿Es necesario protocolizar ante Notario Público la Declaración Bajo Protesta?

No será necesario protocolizar ante Notario Público la Declaración Bajo Protesta.

Los Notarios Públicos, en virtud de la fe pública que tienen, podrán emitir una constancia denominada "Fe de Hechos", mediante la cual el Notario manifiesta que presenció algún hecho y garantiza que es verídico. En ese sentido, la "Fe de Hechos" emitida por un Notario Público tendrá mayor validez que una Declaración Bajo Protesta. Sin embargo se trata de actos y documentos distintos.


¿Es necesaria la presencia de Testigos en la Declaración Bajo Protesta?

No, la Declaración Bajo Protesta es una manifestación personal, por lo que los testigos no son necesarios.


¿Qué elementos son indispensables para la Declaración Bajo Protesta?

La Declaración Bajo Protesta deberá establecer:

  • El nombre de la persona quien realiza la declaración bajo protesta.
  • Ante que persona o autoridad el Declarante manifiesta las declaraciones bajo protesta.
  • Cuál es el asunto o motivo por el cual se realizan las declaraciones.


¿Cuál es la legislación aplicable a la Declaración Bajo Protesta?

Será aplicable a la Declaración Bajo Protesta lo establecido en el Código Penal Federal y el Código Civil Federal.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

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