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Última revisión: 23/09/2024
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Completar el modeloEl Contrato de Cesión de Derechos de Cobro es el documento por medio del cual una parte denominada Acreedor Cedente transmite la facultad de exigir el pago de una deuda a cargo del Deudor, en favor de un tercero denominado Acreedor Cesionario.
Comúnmente el Acreedor Cesionario pagará al Acreedor Cedente una cantidad de dinero inferior a la del adeudo original, con lo cual el Acreedor Cedente recibe menos dinero del que le debía el Deudor originalmente, pero lo recibe antes de lo que lo hubiera recibido si hubiera esperado el pago del Deudor. Mientras que el Acreedor Cesionario obtendrá una ganancia al momento de que el Deudor pague el total de la deuda en favor del Acreedor Cesionario.
Por ejemplo: Juan (Deudor) le debe a Pedro (Acreedor Cedente) $100,000, los cuales le pagará en Diciembre.
José (Acreedor Cesionario) ofrece a Pedro pagarle en Junio $70,000 a cambio de la Cesión de Derechos de Cobro.
Por lo que Pedro obtendrá $70,000, pero no tendrá que esperar hasta Diciembre y José obtendrá una ganancia de $30,000 cuando Juan pague los $100,000 en Diciembre.
El tipo de Contrato de Cesión de Derechos de Cobro dependerá del origen de la deuda, entre el Acreedor Cedente y el Deudor. Algunos de los Contratos que pueden dar origen a una deuda son:
En caso de que el Contrato que dio origen a la deuda, prohíba expresamente la Sustitución de Acreedores o la Cesión de Derechos de Cobro el Contrato de Cesión de Derechos de Cobro será nulo, por contradecir lo que expresamente se estableció en el Contrato que dio origen a la deuda.
El Contrato de Cesión de Derechos de Cobro deberá ser firmado por:
El Contrato de Cesión de Derechos de Cobro deberá ser impreso y firmado por duplicado, para que el Acreedor Cedente y el Acreedor Cesionario obtengan un ejemplar original.
El Contrato podrá ser firmado por personas físicas o personas morales, en caso de personas morales el contrato deberá ser firmado por sus representantes con facultades de representación vigentes.
El Acreedor Cedente tendrá la obligación de notificar por escrito al Deudor que ha cedido los derechos de cobro, para que el Deudor sepa que deberá pagar la deuda en favor del Acreedor Cesionario a partir de la notificación.
Podrá adjuntarse al Contrato de Cesión de Derechos de Cobro copia simple del Contrato que dio origen a la deuda cuyos derechos de cobro están siendo cedidos.
En caso de que los derechos de cobro que sean cedidos mediante el contrato, se relacionen con un Contrato de Préstamo con Garantía Hipotecaria, el Contrato de Cesión de Derechos de Cobro deberá protocolizarse ante Notario Público para que posteriormente se realice la inscripción del cambio de Acreedor ante el Registro Público de la Propiedad.
El Contrato de Cesión de Derechos de Cobro deberá establecer:
Será aplicable al Contrato de Cesión de Derechos de Cobro lo establecido por el Código Civil Federal y el Código de Comercio
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.
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Una guía para ayudarle: ¿Qué hacer después de llenar el Contrato?
Contrato de cesión de derecho de cobro - Modelo
País: México