En ________ a ________
Contrato de Consultoría
Que celebran, por una parte ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Consultor" y por la otra ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Cliente". Al conjunto de la Consultor y El Cliente se les denominará "Las Partes", quienes realizan las siguientes:
Declaraciones
I.- Declara el Consultor:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________
d) Tener su domicilio ubicado en: ________
e) Contar con los conocimientos técnicos y experiencia necesaria para prestar los servicios contratados en favor del Cliente.
f) Desear prestar en favor del Cliente, los servicios que se describirán dentro del clausulado del presente contrato.
II.- Declara el Cliente:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________
d) Tener su domicilio ubicado en: ________
e) Desear recibir los servicios que el Consultor realizará en virtud del presente contrato.
III.- Declaran Las Partes de manera conjunta:
a) Que se reconocen mutuamente con capacidad jurídica suficiente para obligarse recíprocamente, en virtud de lo anterior se someten a lo establecido en las siguientes:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: Las Partes establecen que el objeto del presente contrato será la prestación de servicios de consultoría que brindará el Consultor en favor del Cliente, de conformidad a lo que se establece a continuación:
________
CLÁUSULA SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato estará vigente desde su firma hasta el ________.
CLÁUSULA TERCERA.- LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA: El Consultor brindará los servicios de consultoría al Cliente en el domicilio ubicado en: ________.
CLÁUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES DE "LAS PARTES": El Consultor se obliga a aplicar su capacidad y conocimientos especializados para cumplir satisfactoriamente con las actividades que le encomiende el Cliente, así como responder a la calidad de la consultoría y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren al Cliente. Asimismo se obliga a rendir los informes de las actividades desarrolladas, en los términos y condiciones que se lo requiera el Cliente.
CLÁUSULA QUINTA.- INFORMES: Las Partes establecen que el Cliente podrá solicitar al Consultor que rinda informes relativos a la Consultoría, para lo cual el Cliente deberá solicitar por escrito los informes, precisando la información que requiere del Consultor, quien tendrá un plazo de 10 días hábiles para rendir los informes correspondientes.
CLÁUSULA SEXTA.- CONTRAPRESTACIÓN: El Cliente se obliga a pagar en favor del Consultor, por concepto de honorarios, la cantidad total de $________ (________). Dicha cantidad será pagada mediante transferencia interbancaria a la cuenta que se describe a continuación:
La cantidad antes mencionada será pagada por anticipado, al momento de la firma del presente acuerdo, sirviendo el mismo como el recibo de pago más amplio que en derecho corresponda.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- 85288588 88 2888882: 258 255228 52885552 852 22 552 52858822 8582558 582525 22252 28858, 225 82 852 22 82 852555 8582558258822 52 2822525 2822882 822 85 25522 2252825. 885282252 85 528222858888555 82258 822 52858822 5 22582528 852 822255222, 225 82 852 22 282252 85252822 2225555 85 282555 25585885 52 252522, 252522 828855582 2 858282522, 52882252 85 25522 852 82225522 58 2558525525 52 852 82 25522, 8882555 52 2255 528222858888555 5 85 2255 22 8582 52 8222888228 858255828 2528285528 225 22582258 52 85 2582255.
58 8882222 22 55858252 28 52822282 2888258822 582525 52 85558225 8582558, 5 25825 52 28 822858225 22 885255 52 22 825 5288858828 5 85 52858822 82225582558 852 822825 22 2822 82825522222, 828 552885828 2 2 2 52 85 222 2252558 528 5558522, 225 82 852 28 822858225 22 8255 82288525555 8222 2558525525 2555 282252 222822 82258.
CLÁUSULA OCTAVA.- 8222588588 852 88858858: 58 58 2252822 52 85 88222885 528 82225522 28 8882222 52858252 52 85 25225282 52 28 822858225, 82 2582555 85 82828558822 52 52 25282 82225522, 822 858 225258855528 8255282225822228.
CLÁUSULA NOVENA.- RESPONSABILIDAD JURÍDICA: Las Partes acuerdan que si derivado de cualquier acción o consecuencia generada por el incumplimiento o el mal acutar de cualquiera de Las Partes la parte afectada podrá demandar el pago de daños y perjuicios, además de las compensaciones legales a las que pudiera ser susceptible.
CLÁUSULA DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD: Las Partes estipulan en el presente contrato de consultoría que, a partir de la fecha de celebración del presente contrato, cualquier "información confidencial" generada por el cumplimiento del presente contrato no podrá ser enajenada, arrendada, prestada, grabada, negociada, revelada, publicada, enseñada, dada a conocer, transmitida o de alguna forma divulgada o proporcionada a cualquier persona física o jurídica por cualquier medio, aun cuando se trate de incluirla o entregarla en otros documentos como estudios, reportes, propuestas, ofertas, ni todo ni en parte, por ningún motivo a terceras personas, al no contar con la autorización de Las Partes en referencia para realizar dicha acción.
Así mismo, Las Partes convienen expresamente en que no podrán aprovechar o utilizar, en ningún caso, la "información confidencial", para si mismo o para fines que no son propios. De igual manera, asumen la obligación de no revelar la "información confidencial" por el plazo de 5 años contado a partir de la celebración del presente contrato de consultoría.
Si cualquiera de Las Partes se encuentra obligada en un procedimiento administrativo o judicial a entregar "información confidencial", este deberá de dar aviso a la contraparte para que estos protejan sus intereses.
Para efectos de este contrato, la "información confidencial" es definida como:
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA.- NO COMPETENCIA DESLEAL: Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, Las Partes establecen que durante el plazo de 2 años desde la finalización del contrato, se abstendrán de realizar cualquier tipo de actividad, ya sea por cuenta propia o ajena que sea concurrente, de forma directa o indirecta con cualquiera de los socios comerciales de Las Partes.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA.- NO CAPTACIÓN: Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, Las Partes establecen que durante el plazo de 2 años desde la finalización del contrato, se abstenga de realizar cualquier tipo de contacto con fin de realizar actividad comercial con cualquier trabajador, proveedor o cliente de cualquiera de Las Partes.
Si cualquiera de Las Partes incumple con lo establecido en la presente clausula, la parte afectada podrá solicitar una compensación hasta por un monto igual a la cantidad de dinero que se estime se deje de percibir por dicho incumplimiento.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA.- EROGACIONES FISCALES: Las Partes se obligan cada una a cubrir cualquier contribución o erogación fiscal que estuviere a su cargo con motivo del presente contrato de conformidad con la legislación fiscal aplicable.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO: El Cliente podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de juicio, por cualquiera de las siguientes causas, imputables al Consultor:
a) Por prestar la consultoría, de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato;
b) Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso, como consecuencia de la consultoría encomendada;
c) Por suspender injustificadamente la consultoría o por negarse a corregir lo rechazado por el Cliente;
d) Por negarse a informar al Cliente sobre la prestación y/o el resultado de la consultoría;
e) Cuando exista imposibilidad física o mental de parte del Consultor para prestar consultoría; y
g) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato.
Para los efectos a que se refiere esta cláusula, el Cliente comunicará por escrito al Consultor, el incumplimiento en que este haya incurrido, para que en un término de diez días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas correspondientes.
Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior el Cliente, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por el Consultor, determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato, y comunicará por escrito al Consultor dicha determinación.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y JURISDICCIÓN: Las Partes acuerdan que en caso de presentarse diferencias o disputas por virtud de la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, tratarán razonablemente de resolverlas en forma amistosa, a través de un proceso de mediación y/o conciliación que será voluntario y tendrá un carácter previo a cualquier otro. De continuar la controversia, Las Partes se someten voluntaria y expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales competentes de ________, renunciando así a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente por razón de domicilio, vecindad, o por cualquier otra naturaleza.
LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES Y ALCANCE, LO FIRMAN Y SE COMPROMETEN A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.
__________________________________
________
Consultor
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________
Cliente
En ________ a ________
Contrato de Consultoría
Que celebran, por una parte ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Consultor" y por la otra ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Cliente". Al conjunto de la Consultor y El Cliente se les denominará "Las Partes", quienes realizan las siguientes:
Declaraciones
I.- Declara el Consultor:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________
d) Tener su domicilio ubicado en: ________
e) Contar con los conocimientos técnicos y experiencia necesaria para prestar los servicios contratados en favor del Cliente.
f) Desear prestar en favor del Cliente, los servicios que se describirán dentro del clausulado del presente contrato.
II.- Declara el Cliente:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________
d) Tener su domicilio ubicado en: ________
e) Desear recibir los servicios que el Consultor realizará en virtud del presente contrato.
III.- Declaran Las Partes de manera conjunta:
a) Que se reconocen mutuamente con capacidad jurídica suficiente para obligarse recíprocamente, en virtud de lo anterior se someten a lo establecido en las siguientes:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: Las Partes establecen que el objeto del presente contrato será la prestación de servicios de consultoría que brindará el Consultor en favor del Cliente, de conformidad a lo que se establece a continuación:
________
CLÁUSULA SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato estará vigente desde su firma hasta el ________.
CLÁUSULA TERCERA.- LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA: El Consultor brindará los servicios de consultoría al Cliente en el domicilio ubicado en: ________.
CLÁUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES DE "LAS PARTES": El Consultor se obliga a aplicar su capacidad y conocimientos especializados para cumplir satisfactoriamente con las actividades que le encomiende el Cliente, así como responder a la calidad de la consultoría y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren al Cliente. Asimismo se obliga a rendir los informes de las actividades desarrolladas, en los términos y condiciones que se lo requiera el Cliente.
CLÁUSULA QUINTA.- INFORMES: Las Partes establecen que el Cliente podrá solicitar al Consultor que rinda informes relativos a la Consultoría, para lo cual el Cliente deberá solicitar por escrito los informes, precisando la información que requiere del Consultor, quien tendrá un plazo de 10 días hábiles para rendir los informes correspondientes.
CLÁUSULA SEXTA.- CONTRAPRESTACIÓN: El Cliente se obliga a pagar en favor del Consultor, por concepto de honorarios, la cantidad total de $________ (________). Dicha cantidad será pagada mediante transferencia interbancaria a la cuenta que se describe a continuación:
La cantidad antes mencionada será pagada por anticipado, al momento de la firma del presente acuerdo, sirviendo el mismo como el recibo de pago más amplio que en derecho corresponda.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- 85288588 88 2888882: 258 255228 52885552 852 22 552 52858822 8582558 582525 22252 28858, 225 82 852 22 82 852555 8582558258822 52 2822525 2822882 822 85 25522 2252825. 885282252 85 528222858888555 82258 822 52858822 5 22582528 852 822255222, 225 82 852 22 282252 85252822 2225555 85 282555 25585885 52 252522, 252522 828855582 2 858282522, 52882252 85 25522 852 82225522 58 2558525525 52 852 82 25522, 8882555 52 2255 528222858888555 5 85 2255 22 8582 52 8222888228 858255828 2528285528 225 22582258 52 85 2582255.
58 8882222 22 55858252 28 52822282 2888258822 582525 52 85558225 8582558, 5 25825 52 28 822858225 22 885255 52 22 825 5288858828 5 85 52858822 82225582558 852 822825 22 2822 82825522222, 828 552885828 2 2 2 52 85 222 2252558 528 5558522, 225 82 852 28 822858225 22 8255 82288525555 8222 2558525525 2555 282252 222822 82258.
CLÁUSULA OCTAVA.- 8222588588 852 88858858: 58 58 2252822 52 85 88222885 528 82225522 28 8882222 52858252 52 85 25225282 52 28 822858225, 82 2582555 85 82828558822 52 52 25282 82225522, 822 858 225258855528 8255282225822228.
CLÁUSULA NOVENA.- RESPONSABILIDAD JURÍDICA: Las Partes acuerdan que si derivado de cualquier acción o consecuencia generada por el incumplimiento o el mal acutar de cualquiera de Las Partes la parte afectada podrá demandar el pago de daños y perjuicios, además de las compensaciones legales a las que pudiera ser susceptible.
CLÁUSULA DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD: Las Partes estipulan en el presente contrato de consultoría que, a partir de la fecha de celebración del presente contrato, cualquier "información confidencial" generada por el cumplimiento del presente contrato no podrá ser enajenada, arrendada, prestada, grabada, negociada, revelada, publicada, enseñada, dada a conocer, transmitida o de alguna forma divulgada o proporcionada a cualquier persona física o jurídica por cualquier medio, aun cuando se trate de incluirla o entregarla en otros documentos como estudios, reportes, propuestas, ofertas, ni todo ni en parte, por ningún motivo a terceras personas, al no contar con la autorización de Las Partes en referencia para realizar dicha acción.
Así mismo, Las Partes convienen expresamente en que no podrán aprovechar o utilizar, en ningún caso, la "información confidencial", para si mismo o para fines que no son propios. De igual manera, asumen la obligación de no revelar la "información confidencial" por el plazo de 5 años contado a partir de la celebración del presente contrato de consultoría.
Si cualquiera de Las Partes se encuentra obligada en un procedimiento administrativo o judicial a entregar "información confidencial", este deberá de dar aviso a la contraparte para que estos protejan sus intereses.
Para efectos de este contrato, la "información confidencial" es definida como:
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA.- NO COMPETENCIA DESLEAL: Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, Las Partes establecen que durante el plazo de 2 años desde la finalización del contrato, se abstendrán de realizar cualquier tipo de actividad, ya sea por cuenta propia o ajena que sea concurrente, de forma directa o indirecta con cualquiera de los socios comerciales de Las Partes.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA.- NO CAPTACIÓN: Durante la vigencia de este contrato y una vez rescindido este contrato por cualquiera de sus causas, Las Partes establecen que durante el plazo de 2 años desde la finalización del contrato, se abstenga de realizar cualquier tipo de contacto con fin de realizar actividad comercial con cualquier trabajador, proveedor o cliente de cualquiera de Las Partes.
Si cualquiera de Las Partes incumple con lo establecido en la presente clausula, la parte afectada podrá solicitar una compensación hasta por un monto igual a la cantidad de dinero que se estime se deje de percibir por dicho incumplimiento.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA.- EROGACIONES FISCALES: Las Partes se obligan cada una a cubrir cualquier contribución o erogación fiscal que estuviere a su cargo con motivo del presente contrato de conformidad con la legislación fiscal aplicable.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO: El Cliente podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de juicio, por cualquiera de las siguientes causas, imputables al Consultor:
a) Por prestar la consultoría, de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato;
b) Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso, como consecuencia de la consultoría encomendada;
c) Por suspender injustificadamente la consultoría o por negarse a corregir lo rechazado por el Cliente;
d) Por negarse a informar al Cliente sobre la prestación y/o el resultado de la consultoría;
e) Cuando exista imposibilidad física o mental de parte del Consultor para prestar consultoría; y
g) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato.
Para los efectos a que se refiere esta cláusula, el Cliente comunicará por escrito al Consultor, el incumplimiento en que este haya incurrido, para que en un término de diez días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas correspondientes.
Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior el Cliente, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por el Consultor, determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato, y comunicará por escrito al Consultor dicha determinación.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y JURISDICCIÓN: Las Partes acuerdan que en caso de presentarse diferencias o disputas por virtud de la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, tratarán razonablemente de resolverlas en forma amistosa, a través de un proceso de mediación y/o conciliación que será voluntario y tendrá un carácter previo a cualquier otro. De continuar la controversia, Las Partes se someten voluntaria y expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales competentes de ________, renunciando así a su propio fuero en caso que este les aplique y sea procedente por razón de domicilio, vecindad, o por cualquier otra naturaleza.
LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES Y ALCANCE, LO FIRMAN Y SE COMPROMETEN A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.
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________
Consultor
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________
Cliente
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