Contrato de Aparcería

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Señale el número de personas que son propietarias o usufructuarias de la(s) finca(s) rústica(s) (o parcelas), y que deben otorgar su autorización y firmar el contrato, para poder dar en aparcería la(s) finca(s). Se pueden incluir hasta tres personas.

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CONTRATO DE APARCERÍA RURAL


CONTRATO DE APARCERÍA RURAL QUE CELEBRAN EN CALIDAD DE PROPIETARIO:

I. ________, persona física con domicilio ubicado en:

________


Y EN CALIDAD DE APARCERO:

I. ________, persona física con domicilio ubicado en:

________


QUIENES SE RECONOCEN EXPRESA Y RECÍPROCAMENTE CON CAPACIDAD PLENA PARA OBLIGARSE Y CUMPLIR LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO, Y PARA TAL EFECTO, LA PRIMERA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA "PARTE PROPIETARIA" Y LA SEGUNDA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO EL "APARCERO"; ADEMÁS SE HARÁ REFERENCIA A ELLAS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES"; EN ESTE SENTIDO, LAS PARTES MANIFIESTAN EN PRIMER LUGAR LAS SIGUIENTES:


DECLARACIONES

I. Declaran LAS PARTES que LA FINCA objeto del presente contrato se encuentra ubicada en el municipio de ________, perteneciente al estado de _____________________, además cuenta con una superficie de ________ hectáreas.

II. Declara LA PARTE PROPIETARIA, tener el legítimo derecho para dar en aparcería LA FINCA objeto del presente contrato, lo que acredita a través de la Escritura pública número ________ de fecha ________, pasada ante la fe del Notario Público No. ________ de ________, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad del estado de: ____________, bajo el folio real número ________ de fecha ________.

III. Así mismo, declara LA PARTE PROPIETARIA que no tiene impedimento legal ni contractual alguno para otorgar en aparcería LA FINCA objeto del presente contrato.

IV. Declara EL APARCERO que conoce la superficie, las características, el estado actual, y las actividades agrícolas que se pueden desarrollar en LA FINCA objeto de este contrato.

V. Finalmente, declara expresamente EL APARCERO que está interesado en cultivar LA FINCA descrita para su aprovechamiento agrícola.


Estando LAS PARTES de acuerdo en lo anteriormente descrito, así como conociendo el contenido de las declaraciones vertidas con anterioridad, las cuales ratifican por contener la verdad, y sin existir error, dolo, violencia, mala fe o vicio alguno en el consentimiento que pudieran invalidar al mismo, sirven en someterse a las siguientes:


CLÁUSULAS


PRIMERA. OBJETO Y MATERIA DEL CONTRATO.

A través del presente contrato LA PARTE PROPIETARIA concede AL APARCERO el uso de LA FINCA que se describe en las declaraciones de este contrato, para que esta sean cultivadas con los siguientes productos:

________

Por su parte, EL APARCERO asume la obligación de cultivar dicha finca adquiriendo con ello el derecho a recibir el ________% (________ por ciento) de las cosechas que se lleguen a levantar.

Cualquier cambio en el uso de LA FINCA deberá ser autorizado previamente y por escrito por LA PARTE PROPIETARIA.


SEGUNDA. DURACIÓN DEL CONTRATO.

LAS PARTES acuerdan que la duración del presente contrato será de ______________________________ años e iniciará a partir del día ________.

En caso de expirar la vigencia fijada en este contrato y LAS PARTES estuvieran de acuerdo, podrá celebrarse uno nuevo en los términos que estas acuerden, o bien, prorrogarse o modificarse este instrumento, lo cual deberá hacerse por escrito.

Si durante el término del contrato fallece LA PARTE PROPIETARIA, o llega a ser sustituida por otra persona cualquiera que sea su motivación, la aparcería subsistirá. Si es EL APARCERO el que muere, su esposa e hijos continuarán disfrutando de los derechos y cumpliendo con las obligaciones del presente contrato de aparcería.


TERCERA. RECEPCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA FINCA.

A partir del día ________ EL APARCERO podrá comenzar las labores preparatorias o de cultivo de LA FINCA.

Una vez terminado el contrato EL APARCERO deberá dejar a disposición de LA PARTE PROPIETARIA LA FINCA sin ningún tipo de daños o modificaciones que impidan su uso normal.

Durante la última cosecha que se realice previo a finalizar el contrato de aparcería, EL APARCERO permitirá utilizar las tierras que tenga desocupadas y que no sean necesarias para el desarrollo de las actividades de cultivo, a efecto de que LA PARTE PROPIETARIA pueda preparar LA FINCA de acuerdo a sus fines e intereses.


CUARTA. CONSERVACIÓN DE LA FINCA.

EL APARCERO no podrá, salvo consentimiento previo y expreso de LA PARTE PROPIETARIA, hacer desaparecer las paredes, vallas, setos vivos o muertos, zanjas y otras formas de cerramiento o cercado de LA FINCA dada en aparcería.


QUINTA. GASTOS DE PRODUCCIÓN DE LA COSECHA.

Los gastos que se generen y sean necesarios para la producción de la cosecha serán asumidos por LA PARTE PROPIETARIA.


SEXTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

Constituyen obligaciones de LA PARTE PROPIETARIA:

a) Permitir AL APARCERO el uso de LA FINCA, de manera que pueda llevar a cabo el objeto establecido en este contrato.

b) Garantizar AL APARCERO en el uso pacífico de LA FINCA durante toda la duración del Contrato.

c) Atender fielmente el conjunto de obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.

Constituirán obligaciones DEL APARCERO:

a) Realizar el cultivo de LA FINCA en los términos convenidos en el presente Contrato.

b) Poner en conocimiento de LA PARTE PROPIETARIA, en el plazo más breve posible, toda situación relevante relacionada con LA FINCA durante el período de aparcería.

c) Dar aviso a LA PARTE PROPIETARIA, o a su representante legal, para levantar la cosecha en su presencia y realizar la división acordada.

d) Devolver al terminar el Contrato LA FINCA en el estado en que se recibió, salvo su desgaste normal.

e) Finalmente, respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


SÉPTIMA. LEVANTAMIENTO DE COSECHA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

Como ya ha sido mencionado en las cláusulas anteriores, EL APARCERO realizará el cultivo de LA FINCA y tendrá derecho al ________% (________ por ciento) de las cosechas, teniendo la obligación de levantar las cosechas en presencia de LA PARTE PROPIETARIA o su representante. Sin embargo, cuando no sea posible dar este aviso, o no se pueda contar con la presencia de LA PARTE PROPIETARIA o su representante, EL APARCERO podrá levantar la cosecha en presencia de dos peritos nombrados por la autoridad política del lugar.

Una vez terminado el contrato EL APARCERO no estará obligado a realizar ningún pago adicional a LA PARTE PROPIETARIA por concepto de restauración o recuperación de LA FINCA o de su capacidad de cultivo.

LA PARTE PROPIETARIA no podrá levantar la cosecha salvo que EL APARCERO abandone la siembra, tampoco podrá retener todos o parte de los frutos que correspondan al aparcero, para garantizar lo que éste le deba por razón del contrato de aparcería, incluidos los gastos de producción de la cosecha.

El presente Contrato podrá darse por concluido por mutuo acuerdo de LAS PARTES, con los efectos que estas determinen, sin embargo, cuando LA PARTE PROPIETARIA solicite la terminación y EL APARCERO haya llevado a cabo algún trabajo como la poda de los árboles, o cualquiera otra obra necesaria para el cultivo, incluso el barbecho de LA FINCA, LA PARTE PROPIETARIA tendrá la obligación de pagar AL APARCERO el importe de los trabajos.


OCTAVA. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

LAS PARTES estipulan, que si llegada la fecha de finalización del Contrato o de la correspondiente prórroga o prórrogas en los términos del mismo, EL APARCERO deberá realizar la devolución de LA FINCA, de lo contrario dará motivo al pago de los daños y perjuicios generados durante el tiempo que tarde en realizarse la devolución.

Aunado a lo anterior, en caso de que LA PARTE PROPIETARIA demande judicialmente AL APARCERO la desocupación y entrega de LA FINCA, y en caso de que resulte condenada, pagará los honorarios y gastos que origine el juicio correspondiente, constituyéndose deudor solidario de esta obligación y renunciando a los beneficios de orden y excusión.


NOVENA. PERDIDA DE LA COSECHA.

En caso de que por alguna circunstancia ajena a LAS PARTES la cosecha llegará a perderse en todo o en parte, EL APARCERO no tendrá la obligación de pagar los los gastos realizados por LA PARTE PROPIETARIA para la producción de la cosecha.


DÉCIMA. MEJORAS A LA FINCA.

Todas las mejoras que EL APARCERO realice a LA FINCA o a las construcciones que se encuentren en esta quedarán en beneficio de LA FINCA, no obstante, previo a realizar cualquier labor o trabajo, EL APARCERO deberá solicitar la autorización correspondiente a LA PARTE PROPIETARIA.

LAS PARTES podrán establecer un precio por las mejoras que el aparcero realice. Sin embargo, en caso de que el aparcero realice mejoras a LA FINCA sin solicitar la autorización correspondiente, o cuando LA PARTE PROPIETARIA no esté de acuerdo en pagar los trabajos a realizar, las mejoras se entenderán realizadas a título gratuito.


DECIMOPRIMERA. VIVIENDA DEL APARCERO.

EL APARCERO podrá establecer su vivienda en LA FINCA a cultivar, pudiendo habitar la casa que se encuentra en la misma, y tendrá derecho a realizarle las mejoras que considere pertinentes. Además LA PARTE PROPIETARIA deberá permitir que tome el agua potable y en su caso, la leña que necesite para satisfacer sus necesidades y las de su familia.


DECIMOSEGUNDA. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO.

LAS PARTES convienen que el presente contrato podrá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad a solicitud de cualquiera de ellas. Los gastos de la inscripción correrán por cuenta de la parte que solicite la inscripción, y la otra parte se compromete a acudir a las reuniones, así como a firmar los documentos que se requieran para realizar la inscripción.


DECIMOTERCERA. MODIFICACIONES AL CONTRATO.

El presente contrato sólo podrá ser modificado mediante convenio escrito firmado por LAS PARTES.


DECIMOCUARTA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.

Todo aviso, notificación, requerimiento o comunicación entre LAS PARTES respecto al objeto del presente contrato deberá realizarse por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas.

En caso de que alguna de LAS PARTES cambie su domicilio deberá comunicarlo a la otra, a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos.


DECIMOQUINTA. 8888288588 85 88558885 8855858855.

285 288555 528222822 2 5822252 852 2822 82225522, 858 522528 2 858 558882228 82282825222 28 5852552 22258 22252 28858, 225 82 852 52852 28 2222222 52 85 28525 52252 882 222822 855885825 5852552 2 22228858822 252885, 2528582882252 82 588252822 22 2822 82825522222 52822822 52 855885825 2252.


DECIMOSEXTA. 858558588588.

2555 2252 82 52852882 5 85 82225252258822 2 852288282222 52 858 288825882228 525885558 528 25282222 82225522, 858 255228 58525552 822222582 5 85 255885888822 2 82222222885 52 828 85225528 2 5588525828 852 82222522 5 5252852 52852 8222825 28 585222 22 55222 528 85255 22 28 852 82 228522255 5888555 28 25888 282222 52 2822 82225522, 822 52252885 5 85 252282 25252 22 8582 852 2822 828 5288852 2 825 2528252222 225 55222 52 522888882, 82882555, 2 225 855885825 2255 2525558225.


Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes del contenido y alcance legal, lo firman de común acuerdo en ____________________ a ________.



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CONTRATO DE APARCERÍA RURAL


CONTRATO DE APARCERÍA RURAL QUE CELEBRAN EN CALIDAD DE PROPIETARIO:

I. ________, persona física con domicilio ubicado en:

________


Y EN CALIDAD DE APARCERO:

I. ________, persona física con domicilio ubicado en:

________


QUIENES SE RECONOCEN EXPRESA Y RECÍPROCAMENTE CON CAPACIDAD PLENA PARA OBLIGARSE Y CUMPLIR LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO, Y PARA TAL EFECTO, LA PRIMERA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO LA "PARTE PROPIETARIA" Y LA SEGUNDA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO EL "APARCERO"; ADEMÁS SE HARÁ REFERENCIA A ELLAS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES"; EN ESTE SENTIDO, LAS PARTES MANIFIESTAN EN PRIMER LUGAR LAS SIGUIENTES:


DECLARACIONES

I. Declaran LAS PARTES que LA FINCA objeto del presente contrato se encuentra ubicada en el municipio de ________, perteneciente al estado de _____________________, además cuenta con una superficie de ________ hectáreas.

II. Declara LA PARTE PROPIETARIA, tener el legítimo derecho para dar en aparcería LA FINCA objeto del presente contrato, lo que acredita a través de la Escritura pública número ________ de fecha ________, pasada ante la fe del Notario Público No. ________ de ________, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad del estado de: ____________, bajo el folio real número ________ de fecha ________.

III. Así mismo, declara LA PARTE PROPIETARIA que no tiene impedimento legal ni contractual alguno para otorgar en aparcería LA FINCA objeto del presente contrato.

IV. Declara EL APARCERO que conoce la superficie, las características, el estado actual, y las actividades agrícolas que se pueden desarrollar en LA FINCA objeto de este contrato.

V. Finalmente, declara expresamente EL APARCERO que está interesado en cultivar LA FINCA descrita para su aprovechamiento agrícola.


Estando LAS PARTES de acuerdo en lo anteriormente descrito, así como conociendo el contenido de las declaraciones vertidas con anterioridad, las cuales ratifican por contener la verdad, y sin existir error, dolo, violencia, mala fe o vicio alguno en el consentimiento que pudieran invalidar al mismo, sirven en someterse a las siguientes:


CLÁUSULAS


PRIMERA. OBJETO Y MATERIA DEL CONTRATO.

A través del presente contrato LA PARTE PROPIETARIA concede AL APARCERO el uso de LA FINCA que se describe en las declaraciones de este contrato, para que esta sean cultivadas con los siguientes productos:

________

Por su parte, EL APARCERO asume la obligación de cultivar dicha finca adquiriendo con ello el derecho a recibir el ________% (________ por ciento) de las cosechas que se lleguen a levantar.

Cualquier cambio en el uso de LA FINCA deberá ser autorizado previamente y por escrito por LA PARTE PROPIETARIA.


SEGUNDA. DURACIÓN DEL CONTRATO.

LAS PARTES acuerdan que la duración del presente contrato será de ______________________________ años e iniciará a partir del día ________.

En caso de expirar la vigencia fijada en este contrato y LAS PARTES estuvieran de acuerdo, podrá celebrarse uno nuevo en los términos que estas acuerden, o bien, prorrogarse o modificarse este instrumento, lo cual deberá hacerse por escrito.

Si durante el término del contrato fallece LA PARTE PROPIETARIA, o llega a ser sustituida por otra persona cualquiera que sea su motivación, la aparcería subsistirá. Si es EL APARCERO el que muere, su esposa e hijos continuarán disfrutando de los derechos y cumpliendo con las obligaciones del presente contrato de aparcería.


TERCERA. RECEPCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA FINCA.

A partir del día ________ EL APARCERO podrá comenzar las labores preparatorias o de cultivo de LA FINCA.

Una vez terminado el contrato EL APARCERO deberá dejar a disposición de LA PARTE PROPIETARIA LA FINCA sin ningún tipo de daños o modificaciones que impidan su uso normal.

Durante la última cosecha que se realice previo a finalizar el contrato de aparcería, EL APARCERO permitirá utilizar las tierras que tenga desocupadas y que no sean necesarias para el desarrollo de las actividades de cultivo, a efecto de que LA PARTE PROPIETARIA pueda preparar LA FINCA de acuerdo a sus fines e intereses.


CUARTA. CONSERVACIÓN DE LA FINCA.

EL APARCERO no podrá, salvo consentimiento previo y expreso de LA PARTE PROPIETARIA, hacer desaparecer las paredes, vallas, setos vivos o muertos, zanjas y otras formas de cerramiento o cercado de LA FINCA dada en aparcería.


QUINTA. GASTOS DE PRODUCCIÓN DE LA COSECHA.

Los gastos que se generen y sean necesarios para la producción de la cosecha serán asumidos por LA PARTE PROPIETARIA.


SEXTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

Constituyen obligaciones de LA PARTE PROPIETARIA:

a) Permitir AL APARCERO el uso de LA FINCA, de manera que pueda llevar a cabo el objeto establecido en este contrato.

b) Garantizar AL APARCERO en el uso pacífico de LA FINCA durante toda la duración del Contrato.

c) Atender fielmente el conjunto de obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.

Constituirán obligaciones DEL APARCERO:

a) Realizar el cultivo de LA FINCA en los términos convenidos en el presente Contrato.

b) Poner en conocimiento de LA PARTE PROPIETARIA, en el plazo más breve posible, toda situación relevante relacionada con LA FINCA durante el período de aparcería.

c) Dar aviso a LA PARTE PROPIETARIA, o a su representante legal, para levantar la cosecha en su presencia y realizar la división acordada.

d) Devolver al terminar el Contrato LA FINCA en el estado en que se recibió, salvo su desgaste normal.

e) Finalmente, respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.


SÉPTIMA. LEVANTAMIENTO DE COSECHA Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

Como ya ha sido mencionado en las cláusulas anteriores, EL APARCERO realizará el cultivo de LA FINCA y tendrá derecho al ________% (________ por ciento) de las cosechas, teniendo la obligación de levantar las cosechas en presencia de LA PARTE PROPIETARIA o su representante. Sin embargo, cuando no sea posible dar este aviso, o no se pueda contar con la presencia de LA PARTE PROPIETARIA o su representante, EL APARCERO podrá levantar la cosecha en presencia de dos peritos nombrados por la autoridad política del lugar.

Una vez terminado el contrato EL APARCERO no estará obligado a realizar ningún pago adicional a LA PARTE PROPIETARIA por concepto de restauración o recuperación de LA FINCA o de su capacidad de cultivo.

LA PARTE PROPIETARIA no podrá levantar la cosecha salvo que EL APARCERO abandone la siembra, tampoco podrá retener todos o parte de los frutos que correspondan al aparcero, para garantizar lo que éste le deba por razón del contrato de aparcería, incluidos los gastos de producción de la cosecha.

El presente Contrato podrá darse por concluido por mutuo acuerdo de LAS PARTES, con los efectos que estas determinen, sin embargo, cuando LA PARTE PROPIETARIA solicite la terminación y EL APARCERO haya llevado a cabo algún trabajo como la poda de los árboles, o cualquiera otra obra necesaria para el cultivo, incluso el barbecho de LA FINCA, LA PARTE PROPIETARIA tendrá la obligación de pagar AL APARCERO el importe de los trabajos.


OCTAVA. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

LAS PARTES estipulan, que si llegada la fecha de finalización del Contrato o de la correspondiente prórroga o prórrogas en los términos del mismo, EL APARCERO deberá realizar la devolución de LA FINCA, de lo contrario dará motivo al pago de los daños y perjuicios generados durante el tiempo que tarde en realizarse la devolución.

Aunado a lo anterior, en caso de que LA PARTE PROPIETARIA demande judicialmente AL APARCERO la desocupación y entrega de LA FINCA, y en caso de que resulte condenada, pagará los honorarios y gastos que origine el juicio correspondiente, constituyéndose deudor solidario de esta obligación y renunciando a los beneficios de orden y excusión.


NOVENA. PERDIDA DE LA COSECHA.

En caso de que por alguna circunstancia ajena a LAS PARTES la cosecha llegará a perderse en todo o en parte, EL APARCERO no tendrá la obligación de pagar los los gastos realizados por LA PARTE PROPIETARIA para la producción de la cosecha.


DÉCIMA. MEJORAS A LA FINCA.

Todas las mejoras que EL APARCERO realice a LA FINCA o a las construcciones que se encuentren en esta quedarán en beneficio de LA FINCA, no obstante, previo a realizar cualquier labor o trabajo, EL APARCERO deberá solicitar la autorización correspondiente a LA PARTE PROPIETARIA.

LAS PARTES podrán establecer un precio por las mejoras que el aparcero realice. Sin embargo, en caso de que el aparcero realice mejoras a LA FINCA sin solicitar la autorización correspondiente, o cuando LA PARTE PROPIETARIA no esté de acuerdo en pagar los trabajos a realizar, las mejoras se entenderán realizadas a título gratuito.


DECIMOPRIMERA. VIVIENDA DEL APARCERO.

EL APARCERO podrá establecer su vivienda en LA FINCA a cultivar, pudiendo habitar la casa que se encuentra en la misma, y tendrá derecho a realizarle las mejoras que considere pertinentes. Además LA PARTE PROPIETARIA deberá permitir que tome el agua potable y en su caso, la leña que necesite para satisfacer sus necesidades y las de su familia.


DECIMOSEGUNDA. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO.

LAS PARTES convienen que el presente contrato podrá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad a solicitud de cualquiera de ellas. Los gastos de la inscripción correrán por cuenta de la parte que solicite la inscripción, y la otra parte se compromete a acudir a las reuniones, así como a firmar los documentos que se requieran para realizar la inscripción.


DECIMOTERCERA. MODIFICACIONES AL CONTRATO.

El presente contrato sólo podrá ser modificado mediante convenio escrito firmado por LAS PARTES.


DECIMOCUARTA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.

Todo aviso, notificación, requerimiento o comunicación entre LAS PARTES respecto al objeto del presente contrato deberá realizarse por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas.

En caso de que alguna de LAS PARTES cambie su domicilio deberá comunicarlo a la otra, a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos.


DECIMOQUINTA. 8888288588 85 88558885 8855858855.

285 288555 528222822 2 5822252 852 2822 82225522, 858 522528 2 858 558882228 82282825222 28 5852552 22258 22252 28858, 225 82 852 52852 28 2222222 52 85 28525 52252 882 222822 855885825 5852552 2 22228858822 252885, 2528582882252 82 588252822 22 2822 82825522222 52822822 52 855885825 2252.


DECIMOSEXTA. 858558588588.

2555 2252 82 52852882 5 85 82225252258822 2 852288282222 52 858 288825882228 525885558 528 25282222 82225522, 858 255228 58525552 822222582 5 85 255885888822 2 82222222885 52 828 85225528 2 5588525828 852 82222522 5 5252852 52852 8222825 28 585222 22 55222 528 85255 22 28 852 82 228522255 5888555 28 25888 282222 52 2822 82225522, 822 52252885 5 85 252282 25252 22 8582 852 2822 828 5288852 2 825 2528252222 225 55222 52 522888882, 82882555, 2 225 855885825 2255 2525558225.


Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes del contenido y alcance legal, lo firman de común acuerdo en ____________________ a ________.



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