En ________ a ________
Acuerdo de Confidencialidad para Trabajadores
Que celebran, por una parte ________ a quien en lo sucesivo se le denominará el "Trabajador" y por la otra ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Patrón". Al conjunto de el Trabajador y el Patrón se les denominará "Las Partes", quienes realizan las siguientes:
Declaraciones
I.- Declara el Trabajador:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Que ocupará el puesto de ________ dentro de la empresa del Patrón.
f) Estar consciente de que tendrá acceso a información confidencial propiedad del Patrón, en virtud de su relación laboral.
II.- Declara el Patrón:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Desear compartir la información confidencial con el Trabajador para los efectos que se detallarán en el presente acuerdo.
III.- Declaran Las Partes de manera conjunta:
a) Que se reconocen mutuamente con capacidad jurídica suficiente para obligarse recíprocamente, en virtud de lo anterior se someten a lo establecido en las siguientes:
Cláusulas
PRIMERA.- Objeto: En virtud de la relación laboral que sostendrán, el Patrón compartirá información de carácter confidencial con el Trabajador, quien a su vez se obliga a no divulgarla y a tener la debida diligencia y el cuidados necesarios para evitar que la misma sea del conocimiento de terceros no autorizados para obtenerla.
SEGUNDA.- Información Confidencial: Se considerará información confidencial toda información de aplicación industrial o comercial, que signifique la obtención o el mantenimiento de una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas relacionadas con giro comercial del Patrón.
No se considerará "Información Confidencial" aquella información que sea del dominio público, la que resulte generalmente conocida o de fácil acceso para personas con un conocimiento promedio en la materia, o aquella información que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial.
La información confidencial podrá consistir de manera enunciativa más no limitativa en: los productos y servicios, incluidos, sin limitación, tecnologías, metodologías, planes comerciales, registros comerciales, solicitudes de propuestas, solicitudes de información, respuestas a solicitudes de propuestas y/o solicitudes de información, ofertas, precios y negociaciones relativos a posibles negocios futuros entre las partes, los valores de datos del Patrón almacenados en o procesados por equipos informáticos, información identificable individualmente, datos personales, registros/listas de clientes, registros financieros/de cuentas, registros de empleados, registros médicos/sanitarios, planes comerciales, precios, software en formato legible por personas, modelos de datos, herramientas de diagnóstico y cualquier otra información que, debido a su naturaleza o que, a primera vista, la parte Trabajadora podría entender razonablemente como confidencial, esté o no marcada como "información confidencial".
En ese sentido las Partes establecen que toda la información que el Patrón comparta con el Trabajador será considerada confidencial y por lo tanto la misma deberá ser resguardada y no podrá ser divulgada de ninguna manera por el Trabajador.
Sin perjuicio de lo que anteriormente se enlista de manera general, el Patrón compartirá con el Trabajador en particular la información que se enlista a continuación, la cual deberá ser resguardada con la mayor diligencia posible:
________
TERCERA.- 52852228 525582585828 2 82225885828: 58 5558525525 82 288825 5 255255 85 82225258822 822285228858 8222 52852228 525582585828, 5 85 852 52 82 28258828852 225 85 222 2252558 52 2522288822 5 85 252282555 5255825858, 22 28 222225852 52 852 85 2255855 52 85 8222852288588555 2 858 288255882228 52 82225258822 822285228858, 252282555 528 252522, 225585 82288855 85 2255855 52 588528 52852228 525582585828 2 82225885828, 852 5 85 822 225585 2555588582 22 22558558 2822228858.
85222 225 85 8558 28 5558525525 82 288825 5288855 858 2258558 2888858, 228228228858 2 255858858 2282855858 2555 5282555555 58855 82225258822 2 588 25222225 85 82852885, 5588225282 52822285882 225 858 8228285228858 852 858 58882228 5 228882228 252552 822882855.
CUARTA.- Obligación de Confidencialidad: El Trabajador se obliga por medio del presente acuerdo a no divulgar por acción u omisión, la información confidencial propiedad del Patrón, para lo cual también se obliga a tener la debida diligencia e implementar las medidas de seguridad necesarias para proteger dicha información confidencial y evitar que la misma sea divulgada, copiada, extraída, modificada u obtenida por cualquier medio por terceras personas no autorizadas para tener acceso a dicha información confidencial.
QUINTA.- Vigencia: Las Partes establecen que el presente acuerdo estará vigente durante toda la relación laboral y por un plazo ulterior de 1 año. El plazo antes mencionado únicamente podrá modificarse mediante un convenio modificatorio celebrado por escrito y firmado por las Partes, donde expresamente acepten la modificación del plazo anteriormente establecido.
SEXTA.- Casos de Excepción: El Trabajador estará facultado para divulgar la información confidencial sin responsabilidad alguna, cuando sea requerido por una autoridad judicial o administrativa en el ejercicio de sus facultades, en cuyo caso deberá dar aviso al Patrón a la brevedad posible sobre dicho requerimiento por parte de la autoridad.
SÉPTIMA.- Rescisión por Competencia Desleal: Las Partes establecen que se considerará un acto de competencia desleal y por ende una causa de rescisión de la relación laboral, que el Trabajador incurra en alguna de las siguientes conductas durante la relación laboral:
OCTAVA.- Pena Convencional: El Trabajador se obliga, en caso de incumplir el presente acuerdo, a pagar por concepto de pena convencional, la cantidad de $________ (________) en favor del Patrón. Dicha cantidad se establece con el propósito de desincentivar el incumplimiento por parte del Trabajador, a manera de castigo.
Lo anterior en el entendido de que en caso de que el Trabajador por su acción o inacción divulgue la información confidencial que le es compartida al amparo del presente acuerdo, el Patrón estará facultado para exigirle el pago de la cantidad antes mencionada o bien podrá optar por demandar vía judicial el pago de los daños y perjuicios que la divulgación o filtración de información confidencial le genere.
Los anterior, sin perjuicio de que el incumplimiento al presente acuerdo será causal de terminación de la relación laboral, sin responsabilidad alguna para el patrón, de conformidad a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, vigente al momento de firma del presente acuerdo.
NOVENA.- Legislación y Jurisdicción: Las Partes establecen que para la interpretación del presente acuerdo se someten a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Así mismo se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en ________, renunciando así al fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES Y ALCANCE, LO FIRMAN Y SE COMPROMETEN A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.
__________________________________
________
Trabajador
___________________________________
________
Patrón
En ________ a ________
Acuerdo de Confidencialidad para Trabajadores
Que celebran, por una parte ________ a quien en lo sucesivo se le denominará el "Trabajador" y por la otra ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Patrón". Al conjunto de el Trabajador y el Patrón se les denominará "Las Partes", quienes realizan las siguientes:
Declaraciones
I.- Declara el Trabajador:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Que ocupará el puesto de ________ dentro de la empresa del Patrón.
f) Estar consciente de que tendrá acceso a información confidencial propiedad del Patrón, en virtud de su relación laboral.
II.- Declara el Patrón:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con capacidad legal plena para obligarse a nombre y por cuenta propios a lo establecido en el presente contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro Poblacional (CURP): ________.
d) Tener su domicilio ubicado en: ________.
e) Desear compartir la información confidencial con el Trabajador para los efectos que se detallarán en el presente acuerdo.
III.- Declaran Las Partes de manera conjunta:
a) Que se reconocen mutuamente con capacidad jurídica suficiente para obligarse recíprocamente, en virtud de lo anterior se someten a lo establecido en las siguientes:
Cláusulas
PRIMERA.- Objeto: En virtud de la relación laboral que sostendrán, el Patrón compartirá información de carácter confidencial con el Trabajador, quien a su vez se obliga a no divulgarla y a tener la debida diligencia y el cuidados necesarios para evitar que la misma sea del conocimiento de terceros no autorizados para obtenerla.
SEGUNDA.- Información Confidencial: Se considerará información confidencial toda información de aplicación industrial o comercial, que signifique la obtención o el mantenimiento de una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas relacionadas con giro comercial del Patrón.
No se considerará "Información Confidencial" aquella información que sea del dominio público, la que resulte generalmente conocida o de fácil acceso para personas con un conocimiento promedio en la materia, o aquella información que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial.
La información confidencial podrá consistir de manera enunciativa más no limitativa en: los productos y servicios, incluidos, sin limitación, tecnologías, metodologías, planes comerciales, registros comerciales, solicitudes de propuestas, solicitudes de información, respuestas a solicitudes de propuestas y/o solicitudes de información, ofertas, precios y negociaciones relativos a posibles negocios futuros entre las partes, los valores de datos del Patrón almacenados en o procesados por equipos informáticos, información identificable individualmente, datos personales, registros/listas de clientes, registros financieros/de cuentas, registros de empleados, registros médicos/sanitarios, planes comerciales, precios, software en formato legible por personas, modelos de datos, herramientas de diagnóstico y cualquier otra información que, debido a su naturaleza o que, a primera vista, la parte Trabajadora podría entender razonablemente como confidencial, esté o no marcada como "información confidencial".
En ese sentido las Partes establecen que toda la información que el Patrón comparta con el Trabajador será considerada confidencial y por lo tanto la misma deberá ser resguardada y no podrá ser divulgada de ninguna manera por el Trabajador.
Sin perjuicio de lo que anteriormente se enlista de manera general, el Patrón compartirá con el Trabajador en particular la información que se enlista a continuación, la cual deberá ser resguardada con la mayor diligencia posible:
________
TERCERA.- 52852228 525582585828 2 82225885828: 58 5558525525 82 288825 5 255255 85 82225258822 822285228858 8222 52852228 525582585828, 5 85 852 52 82 28258828852 225 85 222 2252558 52 2522288822 5 85 252282555 5255825858, 22 28 222225852 52 852 85 2255855 52 85 8222852288588555 2 858 288255882228 52 82225258822 822285228858, 252282555 528 252522, 225585 82288855 85 2255855 52 588528 52852228 525582585828 2 82225885828, 852 5 85 822 225585 2555588582 22 22558558 2822228858.
85222 225 85 8558 28 5558525525 82 288825 5288855 858 2258558 2888858, 228228228858 2 255858858 2282855858 2555 5282555555 58855 82225258822 2 588 25222225 85 82852885, 5588225282 52822285882 225 858 8228285228858 852 858 58882228 5 228882228 252552 822882855.
CUARTA.- Obligación de Confidencialidad: El Trabajador se obliga por medio del presente acuerdo a no divulgar por acción u omisión, la información confidencial propiedad del Patrón, para lo cual también se obliga a tener la debida diligencia e implementar las medidas de seguridad necesarias para proteger dicha información confidencial y evitar que la misma sea divulgada, copiada, extraída, modificada u obtenida por cualquier medio por terceras personas no autorizadas para tener acceso a dicha información confidencial.
QUINTA.- Vigencia: Las Partes establecen que el presente acuerdo estará vigente durante toda la relación laboral y por un plazo ulterior de 1 año. El plazo antes mencionado únicamente podrá modificarse mediante un convenio modificatorio celebrado por escrito y firmado por las Partes, donde expresamente acepten la modificación del plazo anteriormente establecido.
SEXTA.- Casos de Excepción: El Trabajador estará facultado para divulgar la información confidencial sin responsabilidad alguna, cuando sea requerido por una autoridad judicial o administrativa en el ejercicio de sus facultades, en cuyo caso deberá dar aviso al Patrón a la brevedad posible sobre dicho requerimiento por parte de la autoridad.
SÉPTIMA.- Rescisión por Competencia Desleal: Las Partes establecen que se considerará un acto de competencia desleal y por ende una causa de rescisión de la relación laboral, que el Trabajador incurra en alguna de las siguientes conductas durante la relación laboral:
OCTAVA.- Pena Convencional: El Trabajador se obliga, en caso de incumplir el presente acuerdo, a pagar por concepto de pena convencional, la cantidad de $________ (________) en favor del Patrón. Dicha cantidad se establece con el propósito de desincentivar el incumplimiento por parte del Trabajador, a manera de castigo.
Lo anterior en el entendido de que en caso de que el Trabajador por su acción o inacción divulgue la información confidencial que le es compartida al amparo del presente acuerdo, el Patrón estará facultado para exigirle el pago de la cantidad antes mencionada o bien podrá optar por demandar vía judicial el pago de los daños y perjuicios que la divulgación o filtración de información confidencial le genere.
Los anterior, sin perjuicio de que el incumplimiento al presente acuerdo será causal de terminación de la relación laboral, sin responsabilidad alguna para el patrón, de conformidad a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, vigente al momento de firma del presente acuerdo.
NOVENA.- Legislación y Jurisdicción: Las Partes establecen que para la interpretación del presente acuerdo se someten a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Así mismo se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en ________, renunciando así al fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES Y ALCANCE, LO FIRMAN Y SE COMPROMETEN A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.
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Trabajador
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Patrón
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