Contrato de Préstamo de Dinero Completar el modelo

¿Cómo funciona?

1. Elegir este modelo

Empieza haciendo clic en "Completar el modelo"

1 / Elegir este modelo

2. Completar el documento

Contesta a algunas preguntas y tu documento se creará automáticamente.

2 / Completar el documento

3. Guardar - Imprimir

¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.

3 / Guardar - Imprimir

Contrato de Préstamo de Dinero

Última revisión Última revisión 30/09/2024
Formatos FormatosWord y PDF
Tamaño Tamaño2 páginas
Completar el modelo

Última revisiónÚltima revisión: 30/09/2024

FormatosFormatos disponibles: Word y PDF

TamañoTamaño: 2 páginas

Completar el modelo

¿Qué es un Contrato de Préstamo de Dinero?

Un contrato de mutuo o contrato de préstamo de dinero es un acuerdo entre dos partes, sean personas naturales (personas) o personas jurídicas (entidades), donde una presta una cantidad de dinero (el mutuante) a la otra y acuerdan que la persona que recibió el dinero (el mutuario) devolverá la cantidad de dinero que le fue prestada en el plazo establecido, e incluso se puede fijar un interés el cual deberá añadirse a la cantidad de dinero por devolver.

Puede tratarse de un préstamo entre amigos, familiares e incluso desconocidos, pero con un acuerdo escrito y formal, que incluye detalles como la suma prestada (capital adeudado), el interés y la forma y fecha o fechas de pago. De esta forma, se busca proteger los derechos de ambas partes y a asegurar que el dinero prestado sea devuelto de manera oportuna y justa.


¿Cuáles son los diferentes tipos de Contrato de Préstamo de Dinero?

Podemos diferenciar los contratos de préstamo de dinero de la siguiente forma:

  • Contrato de Préstamo de Dinero con y sin intereses: Significa que algunos contratos establecen o no un interés sea compensatorio y/o moratorio, es decir, una suma adicional de dinero que deberá añadirse al monto prestado.
  • Contratos de Préstamo de Dinero con y sin garantía: Significa que algunos contratos establecen o no un mecanismo adicional que les permitirá cobrar con mayor rapidez el monto prestado.


¿Cuál es el tipo de Contrato de Préstamo de Dinero más común?

Es común celebrar un contrato de préstamo de dinero con interés compensatorio, es decir, con una suma de dinero adicional que compensa el uso del dinero en el tiempo.


¿Cuál es la diferencia entre Contrato de Préstamo de Dinero y un Contrato de Comodato?

La principal diferencia es que normalmente el contrato de préstamo de dinero involucra onerosidad, mientras que el contrato de comodato es uno a título gratuito.

Cuando se da una cantidad de dinero en préstamo, el mutuario se convierte en el titular del dinero prestado y puede hacer actos de disposición con dicho dinero siempre y cuando devuelva la suma prestada con los intereses cuando correspondan. Mientras que, el contrato de comodato posee una naturaleza distinta, consiste en el préstamo de uso pero no otorga propiedad, por ello, en el caso de un comodato que involucre dinero, usualmente tiene por finalidad que se utilice para un propósito establecido o que se devuelva exactamente el mismo dinero que fue prestado y que puede distinguirse con número de serie o marcas distintivas de las monedas y/o billetes.

Ejemplo: En un contrato de préstamo de S/ 1,000.00 es indiferente se debe cumplir con el plazo y la forma de pago sea en efectivo o por transferencia bancaria o la forma en la que lo hayan establecido. Mientras que, en el contrato de comodato, al ser un contrato de uso únicamente es esperable que el comodante requiera que se le devuelva el dinero en exactamente la misma forma en la que lo otorgó pues puede que se haya prestado el dinero únicamente para que sea exhibido como muestra de una colección, sea porque son billetes o monedas de colección, difíciles de conseguir, o lo que fuese.


¿Es obligatorio celebrar un Contrato de Préstamo de Dinero?

Aunque no es obligatorio celebrar un contrato para que un préstamo sea válido, es necesario e importante para asegurar que el mutuante pueda cobrarle al mutuario de forma efectiva el préstamo y los intereses cuando los hubiere.


¿Qué significa el interés en un Contrato de Préstamo de Dinero?

Al realizar un préstamo entre particulares se puede acordar o no el pago de los intereses que a continuación se detallan:

  • Interés moratorio: Tiene por finalidad indemnizar por la tardanza en cumplir con el pago del préstamo, por ello, se empieza a contar y cobrar a partir de la fecha en que el mutuario incurre en mora (retraso del pago en la fecha(s) acordada(s)), sin perjuicio del cobro del interés convencional compensatorio pactado. Las tasas de interés moratorio serán las mismas que el Banco Central de Reserva establece para las operaciones ajenas al sistema financiero.

Ejemplo: Si en el contrato se acordó como fecha única de pago el 20 de noviembre de 2022, y siendo el 21 de noviembre de 2022 el mutuario no ha pagado la totalidad de la deuda, se puede empezar a cobrar el interés moratorio.

  • Interés compensatorio: Constituye la contraprestación por el uso del dinero, es decir, la retribución que se le dará al mutuante por el uso de su dinero en el tiempo.
    La autoridad encargada de fijar las tasas máximas de interés moratorio e interés compensatorio es el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), quien cada 6 meses puede actualizarlas.


¿Qué significa una penalidad en un Contrato de Préstamo de Dinero?

Cuando se acuerda efectuar un préstamo con intereses compensatorios, el mutuante espera no solo que se le devuelva el dinero prestado sino también una contraprestación por el uso del dinero en el tiempo, es decir, el monto que corresponde a los intereses compensatorios. Por ello, si el mutuario efectúa el pago antes de la(s) fecha(s) pactada(s) puede que no se hayan generado todos los intereses esperados y el mutuante se vea perjudicado. En este escenario, se puede pactar como penalidad, el pago de la totalidad de intereses convenidos faltantes o el pago de una penalidad que debe ser un monto menor al total de intereses compensatorios restantes.

Asimismo, cuando existe retraso en el pago, el mutuante puede establecer que:

  • En el caso del pago en una sola cuota: Se puede pactar el pago de una penalidad por el retraso en el pago también conocida como penalidad por mora.
  • En el caso del pago en más de una cuota: Se puede pactar el pago de una penalidad por el retraso en el pago también conocido como penalidad por mora, o incluso, se puede establecer que se darán por vencidas todas las cuotas restantes, es decir, que el mutuario deberá pagar la totalidad de la deuda.

Ejemplo: En el contrato se acordó que el mutuario realizará el pago de la deuda en 3 cuotas de S/1,000.00 el primer día de cada mes, y que si no efectúa el pago oportuno se le podrá exigir el pago de todas las cuotas, es decir, se darán por vencidas las cuotas restantes. La primera cuota venció el 1 de marzo de 2023 y siendo ya 7 de marzo de 2023 el mutuario aún no ha cancelado la cuota 1 a pesar de que se le ha recordado y se le ha pedido el dinero en la fecha. En consecuencia, el mutuante podrá exigir el pago de todas las cuotas, es decir, exigir el pago íntegro de los S/3,000.00 pues el mutuario no le genera confianza y han establecido en el contrato esta penalidad.


¿Qué significa una garantía en un Contrato de Préstamo de Dinero?

Para garantizar o asegurar el pago integral del préstamo, el mutuario puede elegir otorgar o no al mutuante una de las siguientes opciones, u otra que considere apropiada:

  • No otorgar garantía alguna: Es decir, no constituir ninguna garantía a favor del mutuante, más que el firme compromiso de pago del mutuario que se establece en este documento.
  • Garantía mobiliaria: Esta modalidad garantiza el pago del préstamo con determinados bienes muebles del mutuario en caso este no cumpla con el pago de la deuda.

Ejemplo: La ejecución de laptops, impresoras, televisores, maquinaria y, en general, activos que posea el mutuario. Es importante inscribir la garantía mobiliaria en el registro mobiliario de contratos de registros públicos, la inscripción no es constitutiva de la garantía, pero si no se realiza, el mutuante no podrá oponer su derecho frente a terceros.

  • Fianza solidaria: Implica que un tercero asuma la obligación de pago del préstamo en caso el mutuario no lo haga. Aquí es importante considerar que en el contrato se indique que la fianza es expresamente solidaria y que se renuncia al beneficio de excusión, algo que le permitirá al mutuante cobrarles, tanto al mutuario como al fiador de manera indistinta.
  • Pagaré: Es un título valor que contiene la promesa de pago a favor de un tercero. Se utiliza en los préstamos por su naturaleza de título ejecutivo, es decir, que puede ejecutarse más rápido que en la vía judicial. Además, si se cumplen con determinados requisitos y características, podrá también firmarse un pagaré en blanco que debe ser completado por el mutuante en caso se generen los eventos pactados para tal ello, algo que facilita la carga administrativa del mutuante.
  • Hipoteca: Implica garantizar el pago del préstamo con la ejecución de un bien inmueble, algo que es más común en operaciones que involucren a una empresa y una entidad financiera. Sin perjuicio de ello y en caso las partes lo acuerden, puede darse entre personas naturales cuando el monto de dinero es significativo. Es importante considerar que la hipoteca no limita la transferencia del inmueble, pero garantiza que un tercero de buena fe no adquiera el inmueble hipotecado y que, además, en caso esto sí suceda, el mutuante pueda dar por vencidos todos los plazos involucrados en el préstamo.

En el caso de la constitución de una hipoteca como garantía, se deberá adjuntar la Constitución de Hipoteca como documento adjunto al Contrato de Mutuo Dinerario en calidad de Anexo. Ello, debido a que es una forma de garantía más compleja y que tiene requisitos específicos para su validez.


¿Qué no está permitido en un Contrato de Préstamo de Dinero?

No está permitido acordar intereses más altos que las tasas máximas fijadas por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).


¿Cuáles son los requisitos previos de un Contrato de Préstamo de Dinero?

Para celebrar un Contrato de Préstamo de Dinero, el acreedor debe contar con el capital de préstamo y ambos (acreedor y deudor) deben haber definido las condiciones del contrato, es decir, si se acordarán intereses, garantías y/o penalidades.


¿Quién puede celebrar un Contrato de Préstamo de Dinero?

Cualquier mayor de edad, es decir, un adulto de 18 o más años cuya capacidad de firmar contratos no haya sido restringida.

Cuando el firmante es mayor de 75 años usualmente requiere acompañar a los contratos que firma un Certificado Médico Psiquiátrico, este no es un requisito legal pero sí una práctica común para evitar que surja una controversia sobre si el adulto mayor puede comprender o no el documento que ha firmado.


¿Cuál puede ser la duración de un Contrato de Préstamo de Dinero?

No existe un límite de duración de un Contrato de Préstamo de Dinero, su duración puede ser fijada por voluntad de las partes.


¿Qué se debe hacer cuando el Contrato de Préstamo de Dinero está listo?

Este documento debe ser firmado en 2 juegos originales por ambas partes, cada una deberá quedarse con un contrato original debidamente firmado. En caso se requiera mayor seguridad, según la cuantía del préstamo, se pueden legalizar las firmas y/o formalizar en Escritura Pública ante una Notaría para evitar posibles controversias en el futuro.

Asimismo, en caso de que se otorgue alguna garantía mobiliaria o hipoteca, deberá registrarse ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).


¿Qué documentos se deben adjuntar a Contrato de Préstamo de Dinero?

Cuando el deudor o acreedor sea una persona jurídica, se deberá adjuntar el certificado de vigencia de poder del representante que firmará el Contrato de Préstamo de Dinero, este certificado se puede obtener de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).

Cuando se otorgue alguna garantía que requiera acompañamiento de un documento adicional, se deberá adjuntar y formará parte integral del contrato. Asimismo, cuando se decida anexar un cronograma de pago en documento aparte.


¿Es necesario legalizar las firmas ante notario un Contrato de Préstamo de Dinero para que sea válido?

No es necesario legalizar las firmas de los participantes para que el Contrato de Préstamo de Dinero tenga validez; sin embargo, cuando la suma objeto de préstamo es una cantidad considerable o alta, se sugiere que se firme ante Notario (legalización de firmas) para así tener mayor certeza de que los firmantes son quienes afirman ser. Ello, pues si surgiera alguna controversia, la parte demandada no podría negar la celebración del contrato pues existiría una prueba sólida de su identidad al momento de la firma.


¿Es necesario registrar el Contrato de Préstamo de Dinero?

Sólo es necesario cuando se otorga alguna garantía mobiliaria o hipoteca para asegurar el pago del préstamo, en esos casos deberá registrarse el contrato ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) para que sea válido.


¿Cuáles son los costos involucrados en la finalización de Contrato de Préstamo de Dinero?

Los costos involucrados son únicamente los costos notariales (cuando se decida legalizar las firmas) los cuales dependerán de la Notaría que hayan elegido para la legalización y los costos registrales (cuando se otorguen garantías).


¿Qué debe contener un Contrato de Préstamo de Dinero?

Para poder elaborar un un Contrato de Préstamo de Dinero de forma adecuada, es necesario contar con la siguiente información:

  • Datos de identificación del mutuante: DNI o Carné de Extranjería o Pasaporte de la persona o personas o entidad que realizará el préstamo de dinero.
  • Datos de identificación del mutuario: DNI o Carné de Extranjería o Pasaporte de la persona o personas o entidad que recibirán el dinero.
  • Capital del préstamo: La cantidad exacta de dinero que será brindada en préstamo.
  • Interés compensatorio del préstamo: Cuando corresponda, el monto total por concepto de interés compensatorio, es decir, interés por el uso del dinero en el tiempo que deberá pagarse.
  • Interés moratorio del préstamo: Cuando corresponda, la tasa por concepto de interés moratorio que deberá pagarse.
  • Garantía del préstamo: Cuando corresponda, el tipo de garantía que otorgará el mutuario al mutuante para asegurar el pago de la deuda.
  • Penalidades por incumplimiento del contrato de préstamo: Cuando corresponda, las sanciones monetarias que deberá pagar el mutuario en caso de incumplimiento del contrato. Comúnmente, cuando se realiza el pago anticipado de un préstamo que contemplaba intereses compensatorios, se exige el pago de los mismos en su totalidad así el pago se realice antes de la fecha establecida. Por otro lado, cuando existe un retraso en el pago de la deuda puede establecerse una penalidad diaria para que el deudor no incurra en retraso, esta penalidad debe ser lo suficientemente alta como para que el retraso no sea excesivo pero no demasiado para que pueda declararse nula por irrazonable (Ej.: 5% por día de retraso).


¿Qué leyes se aplican a Contrato de Préstamo de Dinero?

Las normas aplicables son el Código Civil Peruano, en específico los artículos del 1648 al 1665. Asimismo, las circulares del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) que fijan los topes máximos de intereses y el artículo 214 del Código Penal que estipula las condiciones para la configuración del delito de usura.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

Completar el modelo