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Una Autorización Notarial de Viaje de Menor es un documento certificado notarialmente por el cual los padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad dentro o fuera del territorio peruano, para que viaje solo, acompañado por uno de sus padres o por otro adulto.
Podemos dividir este tipo de autorización en 2 tipos según el destino del viaje:
Ejemplo: Un viaje de excursión desde la ciudad de Lima hacia la ciudad de Ica.
Ejemplo: Un viaje de promoción de secundaria desde la ciudad de Lima, Perú hacia la ciudad de Punta Cana, República Dominicana.
Asimismo, podemos dividir este tipo de autorización en 3 tipos según la forma de otorgamiento:
El tipo de autorización de viaje de menor más común es la autorización notarial, esto debido a que su otorgamiento es bastante rápido y sencillo.
La autorización judicial o consular se dan principalmente en situaciones excepcionales cuando uno o ambos padres se encuentran fuera del territorio nacional (autorización consular) o el menor se encuentra a cargo de una persona distinta a sus padres (autorización judicial).
Sí, cuando el menor viaja solo o acompañado únicamente por uno de sus padres o acompañado por un tercero es necesario contar con la autorización de viaje de menor firmada por al menos uno de los padres (para viajes nacionales) o ambos padres (para viajes internacionales). Ello es imprescindible para poder ingresar al medio de transporte que corresponda pues es usual que hagan un control antes de ingresar al bus, embarcación o avión.
En el Perú, se considera como menor de edad a todo niño o adolescente que tiene menos de 18 años.
No está permitido utilizar la autorización de viaje de menor para un viaje distinto al autorizado sea a otro destino o en otras fechas.
Para poder otorgar una Autorización de Viaje de Menor, es necesario contar con las fechas exactas del viaje al que se quiere autorizar, asimismo, la Notaría puede solicitar una copia del documento de identidad del padre y/o la madre firmante.
Adicionalmente, cuando el menor viaje con un tercero es necesario contar con el nombre completo, tipo y número de documento de identificación del adulto que viajará con el menor y una copia de su documento de identidad.
Esto dependerá del tipo de viaje a realizar, según los siguientes parámetros:
Excepción: Cabe precisar que, ante el fallecimiento de ambos padres, o en el supuesto de que el menor se encuentre bajo la custodia de un tutor, no podrá utilizar este modelo debido a que no podrá otorgarse una autorización notarial. En ese sentido, la persona responsable deberá presentar los documentos que justifiquen la petición de viaje ante el Juzgado Especializado competente, para gestionar una autorización judicial.
Por otro lado, en el supuesto de que ambos padres se encuentren fuera del país, deberán tramitar una autorización de viaje consular. Mientras que, si solo uno de los padres se encuentra en el extranjero, solo el padre que se encuentre en el extranjero deberá tramitar la autorización de viaje consular, mientras que el padre que se encuentre en territorio peruano podrá emitir la autorización notarial.
No puede firmar esta autorización una persona distinta a los padres del menor.
Únicamente los padres del menor pueden otorgar esta autorización de viaje, si el menor se encontrase bajo la tutela de otro adulto, deberá tramitarse una autorización judicial de viaje de menor.
Esta autorización tiene una vigencia de validez de 90 días.
Una vez que se ha completado el documento, debe ser firmado por uno o ambos padres según corresponda y se debe acudir a una Notaría para la certificación notarial.
Deben adjuntarse los siguientes documentos:
Sí, es un requisito de validez que además de la firma de uno o ambos padres del menor según corresponda, se cuente con la certificación notarial respectiva.
Los costos involucrados son únicamente los costos notariales, los cuales dependerán de la Notaría que hayan elegido para la certificación.
La Autorización de Viaje de Menor debe contener los datos de identificación del padre y/o la madre firmante, así como los datos de identificación del menor al cual se autoriza a viajar y las fechas y destinos exactos del viaje al que se quiere autorizar.
Adicionalmente, cuando el menor viaje con un tercero es necesario contar con el nombre completo, tipo y número de documento de identificación del adulto que viajará con el menor como su acompañante.
Las normas aplicables se encuentran en el Código de los niños y adolescentes, en específico el artículo 111, y de forma supletoria el Código Civil.
Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.
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Una guía para ayudarte: ¿Cuándo y cómo legalizar o elevar a Escritura Pública ante Notario un documento?
Autorización Notarial de Viaje de Menor - modelo
País: Perú