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Última revisión: 31/08/2024
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Rellenar el modeloEste documento permite a cualquier trabajador solicitar una reducción de su jornada de trabajo para dedicarse al cuidado de su hijo de hasta 12 años (o de hasta 18 años si se encuentra bajo un tratamiento médico), o de un familiar cercano (madre, padre, hermana, etc.), independientemente de la edad, que así lo necesite. La reducción de la jornada por cuidado de familiares tiene por efecto la suspensión parcial del contrato de trabajo, lo cual implica que el trabajador puede reducir su jornada con una reducción proporcional de su salario.
En relación con este documento, debe tenerse en cuenta que:
Esta solicitud puede ser utilizada por cualquier tipo de trabajador por cuenta ajena, independientemente de su tipo de empleador (ya sea una empresa, un trabajador autónomo, etc.).
A la hora de solicitar una reducción de jornada, se debe distinguir entre los distintos motivos por los que se puede justificar su solicitud:
Reducción de jornada por cuidado de un hijo o hija
Todos los trabajadores, hombres y mujeres, tienen derecho a disfrutar de una reducción de jornada por cuidado de un hijo o hija de hasta 12 años de edad. Este derecho se podrá solicitar tanto para el cuidado de hijos sujetos naturales o biológicos como para el cuidado de hijos adoptivos o sujetos a cualquier otro tipo de guarda legal.
No es necesario solicitar la reducción de jornada al momento del nacimiento, adopción o concesión de la guarda del hijo o hija; se puede solicitar en cualquier momento siempre que el hijo sea menor de 12 años.
En el caso de que el menor necesite cuidados por encontrarse bajo un tratamiento contra el cáncer o de cualquier otra enfermedad grave, se podrá solicitar esta reducción de jornada siempre que el menor tenga menos de 18 años.
Al tratarse de un derecho individual, constituye una obligación del empresario concederla siempre que se cumplan estos requisitos, e independientemente de la situación laboral del otro progenitor (es decir, incluso aunque uno de los padres no trabaje, el otro puede solicitar esta reducción de jornada).
Reducción de jornada por cuidado de un familiar
Todos los trabajadores, hombres y mujeres, tienen derecho a disfrutar de una reducción de jornada por cuidado de familiares para dedicarse al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, conviva o no con el trabajador, o cualquier otro familiar siempre que resida junto al trabajador en su mismo domicilio.
Este permiso se puede solicitar siempre que el familiar no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida por su edad avanzada, por haber sufrido un accidente, o sufrir una enfermedad o discapacidad.
Se consideran incluidos dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad la madre, el padre, los abuelos y abuelas, los hijos e hijas, los nietos y nietas, y los familiares del cónyuge o de la pareja de hecho con el mismo parentesco (suegra, suegro, etc.).
Esta reducción de jornada se podrá disfrutar de forma indefinida, mientras se mantenga la situación de necesidad por la que se solicitó.
Reducción de jornada por cuidado de persona sujeta a guarda del trabajador
También se podrá solicitar esta reducción de jornada cuando el trabajador tenga la guarda legal de una persona con discapacidad física o psíquica (p. ej. es su tutor, su padre/madre, etc.). Para solicitar esta reducción, lo relevante es que esta persona no realice actividad retribuida alguna.
Requisitos y efectos comunes
La solicitud de una reducción de jornada por cuidado de familiares no exige ninguna antigüedad mínima en la empresa.
Tampoco se fija una duración mínima de la reducción de jornada, siendo posible solicitarla por un plazo de un mes, si esto es lo que se necesita para atender al cuidado del hijo, hija u otro familiar. Es posible solicitar una o varias prórrogas, por lo que no es necesario fijar desde su inicio el período por el que se desea disfrutar.
El trabajador puede solicitar una reducción de jornada de entre un octavo y la mitad de la jornada de trabajo dentro de su jornada ordinaria de trabajo fijada en su contrato (p. ej. si el trabajador presta sus servicios por 40 horas semanales, podría reducir su jornada entre 5 y 20 horas a la semana). Su sueldo se reducirá en la misma proporción que se reduce la jornada de trabajo.
Si se cumplen sus requisitos, el empleador debe conceder la reducción de jornada. Este solo puede limitar su ejercicio si dos o más personas que trabajan en la misma empresa quieren solicitar una reducción de jornada para cuidar de la misma persona, siempre que esto perjudica el funcionamiento de la empresa.
Por otro lado, esta reducción de jornada se podrá disfrutar mientras persista la situación de necesidad o dificultad por la que se solicita. Ahora bien, en el caso de cuidado de menores, esta reducción se podrá mantener hasta que el menor cumpla los 12 años (hasta los 18 años si se trata de cuidado de menores bajo tratamiento médico).
Una vez terminada la situación de necesidad por la que se solicitó la reducción, el trabajador tendrá derecho a volver a su horario de trabajo habitual. Este derecho de reincorporación a su horario habitual es automático e incondicionado, por lo que la empresa no puede negarse a la vuelta a su horario habitual.
Aunque la normativa no establece una exigencia al respecto, es conveniente solicitar al empleador la reducción de jornada por cuidado de familiares por escrito, redactando una carta formal. Antes de redactar esta solicitud, se debe consultar el convenio colectivo aplicable para saber si este impone requisitos adicionales.
Contenido de esta solicitud
En esta carta deberán constar los siguientes datos:
Formalización de esta solicitud
Una vez completada y descargada, el trabajador debe firmar esta solicitud al final de esta carta.
Esta solicitud se deberá acompañar de un documento que acredite la relación de parentesco entre el trabajador y su hijo o familiar (libro de familia, certificado de nacimiento, copia del documento de identidad), así como, en su caso, de un documento que acredite la situación del familiar (ej. certificado médico).
Esta solicitud debe hacerse llegar al empleador con una antelación mínima de 15 días, de manera que la empresa pueda organizarse para cubrir el puesto de trabajo del trabajador. El convenio colectivo aplicable puede recoger un período de preaviso superior.
La solicitud puede ser entregada en mano, con la firma del recibí del empleador (o de un responsable habilitado para firmar), o bien mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido o vía semejante. Posteriormente, la empresa deberá responder esta solicitud de forma expresa (por escrito u otro medio). Si la empresa deniega la solicitud de reducción de jornada por cuidado de familiares, el trabajador puede solicitarla judicialmente.
Contar con una prueba escrita de la concesión de la reducción de jornada por cuidado de familiares previene que la empresa pueda sancionar al trabajador por acudir a su puesto menos horas de las que debería inicialmente.
La reducción de jornada por cuidado de familiares está regulada en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.6 y siguientes).
Asimismo, los convenios colectivos pueden regular y precisar ciertos aspectos de la reducción de jornada.
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