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Reclamación de indemnización por clientela

Última revisión Última revisión 18/09/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 18/09/2024

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Este documento permite que un agente comercial o distribuidor se dirija a la empresa/empresario con quien tenía una relación contractual para reclamar la indemnización por clientela (una compensación para agentes y distribuidores por traer nuevos clientes a la empresa) que considera que le corresponde. Es importante que la relación contractual haya finalizado por decisión de la empresa/empresario. Por lo general, este tipo de indemnización se prevé únicamente para el agente comercial; no obstante, diversas sentencias del Tribunal Supremo consideran que un distribuidor que haya trabajado en exclusiva para el empresario también podrá reclamar esta indemnización si se demuestra que cumple con los requisitos.

La indemnización por clientela se podrá solicitar si se dan los siguientes requisitos:

  • Que el agente comercial o distribuidor haya aumentado la cartera de clientes; es decir, haya conseguido nuevos clientes para la empresa;
  • Que por la aportación de esos clientes se haya producido un incremento de las ventas;
  • Que tras la finalización del contrato de agencia o distribución, el empresario pueda seguir beneficiándose de la actividad del agente o distribuidor. Es decir, que a pesar de que el agente ya no siga trabajando, el empresario seguirá beneficiándose de su trabajo.


¿Cómo se calcula la indemnización?

No existe un criterio claro para cuantificar el importe de la indemnización por clientela. Se tendrá que analizar si la empresa tiene una marca bien posicionada, si parte de las ventas no se deben a la actividad del agente comercial o distribuidor, si la zona tenía o no clientes previos, etc.

Respecto al contrato de agencia, la Ley establece una indemnización máxima: el importe medio anual de las remuneraciones percibidas por el agente durante los últimos cinco años o, durante todo el período de duración del contrato, si éste fuese inferior. A efectos de calcular la indemnización, se tendrá en cuenta los ingresos brutos por comisiones, sin el IVA, y no se tendrá en cuenta los gastos adicionales que pueda haber satisfecho al agente (dietas, alquiler de un vehículo etc.).

Por ejemplo, Laura lleva seis años trabajando como agente comercial para INDUSTRIAS WEB SL, consiguiendo clientes para la venta de programas informáticos a cambio de una comisión del 20% sobre cada venta. Gracias a la labor de Laura, la empresa ha pasado de vender 300 programas al año, a vender 1.000. El importe medo anual que ha recibido Laura en los últimos cinco años asciende a 25.000 euros. Esta es la cantidad que va a reclamar en concepto de indemnización por clientes.

Respecto al contrato de distribución, el cálculo de la indemnización se hace diferente ya que el distribuidor no recibe comisiones como las que recibe el agente, sino márgenes comerciales. Por ello, se tendrá que realizar sobre el beneficio neto, es decir, el porcentaje de beneficio que le queda al distribuidor una vez se hayan descontados los gastos e impuestos (sentencia 317/2017, del Tribunal Supremo, de fecha 19 de mayo de 2017).


¿Cómo utilizar este documento?

Este documento permite que un agente comercial o distribuidor reclame a la empresa con quien tenía una relación contractual una indemnización por clientela siempre que la relación haya finalizado por decisión de la empresa.

El presente documento incluye los siguientes elementos:

  • la identificación personal (nombre, apellidos, NIF, domicilio) del agente comercial o del distribuidor;
  • la identificación personal (nombre, apellidos, NIF, domicilio) de la empresa o empresario;
  • el tipo de contrato firmado, y la duración del mismo;
  • el importe de la indemnización por clientela solicitada, y los criterios utilizados para su cálculo;

El plazo para reclamar la indemnización por cliente es de un año desde la finalización del contrato de agencia o de distribución. Este plazo se interrumpe si el agente, o su representante legal, envía este Burofax, indicando el importe que solicita y los motivos, así como dándole un plazo máximo para que efectúe la transferencia bancaria.

Una vez redactado el documento, se debe firmar, y hacer llegar a la empresa/empresario. A efectos de su prueba posterior, es conveniente que la reclamación se envíe por un medio que permita acreditar su envío y recepción (burofax con acuse de recibo y certificación de texto, carta certificada).


Legislación aplicable

La reclamación de indemnización por cliente se rige por la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia.


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